REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNALTERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSA¬DA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Sent.-192-2015.
Conoció por distribución este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA del presente Juicio que por COBRO DE BOLIVARES, interpuso la Sociedad Mercantil BANESCO, C.A, BANCO UNIVERSAL, , inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el día 05 de Agosto de 2010, bajo el Nro.15, tomo 153-A, contra el ciudadano DANILO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.525.675, y de este domicilio.
Admitida la demanda y cumplidas todas las formalidades de Ley, en fecha tres (03) de Noviembre de 2015, presente en la sala del Tribunal el abogado GUSTAVO DE LOS REYES RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 26.075, actuando como apoderado judicial de la parte actora expuso: “…comparezco ante este Juzgado, con el fin de DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO, incoado por mi representada BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A debidamente identificada en actas, en contra del ciudadano GONZALEZ DANILO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-4.525.675, juicio signado bajo el expediente No 2330, de conformidad con lo establecido en el articulo 265 del Código De Procedimiento Civil y a tal fin consigno con esta diligencia, autorización emitida por la ciudadana LEYDA GRIMALDO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.9.140.261 y de este domicilio en su carácter de vice-presidente de cobranzas y recuperaciones de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman…”.
Ahora bien, establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente:
“…En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.
El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aun antes de la homologación del Tribunal…”
El Tribunal, visto el anterior desistimiento, le imparte su aprobación, homologándolo, dándole el carácter de cosa juzgada y en consecuencia se ordena el archivo del presente expediente. Archívese.
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO, presentado en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES, fue intentado por la Sociedad Mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL, en contra del ciudadano DANILO GONZALEZ, todos identifica¬dos en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el desistimiento, dándole el carácter de cosa Juzgada.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con él Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 1.384 del Código Civil y el artículo 72, Ordinales 3ro, y 9no. de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los cuatro (04) días del mes de Noviembre de 2.015. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
La Juez,
Abog: MARIA IDELMA GUTIERREZ VILLARREAL.
El Secretario
Abog: GASTON GONZALEZ URDANETA
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Asimismo, se archivó el expediente, conforme a lo ordenado.
El Secretario
Abog: GASTON GONZALEZ URDANETA
Exp.2330-2012.
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