REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
San Timoteo, 27 de Noviembre de 2.015
205° y 156°
Sol.: 129-2015
SOLICITANTES: MARIA SENAIDA ARAUJO TORREALBA, MAXIMO ENRIQUE ARAUJO TORREALBA, MARIA LUCIA ARAUJO TORREALBA, NANCY JOSEFINA ARAUJO TORREALBA, MARIBEL DEL CARMEN ARAUJO TORREALBA, YEAN CARLOS ARAUJO FAJARDO, FERNANDO RAMON ARAUJO TORREALBA, ALEXANDER ANTONIO ARAUJO TORREALBA, NELSON ATILIO FAJARDO, RUMALDA ANTONIA FAJARDO, EMILIA COROMOTO FAJARDO y MARIA OMAIRA FAJARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 11.898.259, V- 11.253.683, V- 11.253.662, 9.746.271, 8.701.231, V- 16.831.614, V- 16.560.849, V- 15.320.679, V- 15.320.584, V- 14.698.367, V- 10.212.258, V15.158.137, respectivamente, domiciliados en el Sector San Joaquín, Jurisdicción del Municipio Baralt del Estado Zulia.
APODERADO JUDICIAL: LUIS VICENTE REINOSO BRACAMONTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.242.118.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
SENTENCIA N° 116.

En fecha 27 de Julio de 2015, el Apoderado Judicial LUIS VICENTE REINOSO BRACAMONTE, suficientemente identificado, de los ciudadanos MARIA SENAIDA ARAUJO TORREALBA, MAXIMO ENRIQUE ARAUJO TORREALBA, MARIA LUCIA ARAUJO TORREALBA, NANCY JOSEFINA ARAUJO TORREALBA, MARIBEL DEL CARMEN ARAUJO TORREALBA, YEAN CARLOS ARAUJO FAJARDO, FERNANDO RAMON ARAUJO TORREALBA, ALEXANDER ANTONIO ARAUJO TORREALBA, NELSON ATILIO FAJARDO, RUMALDA ANTONIA FAJARDO, EMILIA COROMOTO FAJARDO y MARIA OMAIRA FAJARDO, igualmente identificados, solicita se le declaren las anteriores diligencias Título Suficiente que acrediten los derechos de propiedad y posesión que tienen su representados, sobre unas mejoras y bienhechurías constituidas por una casa de bahareque para habitación familiar, construida con paredes de Barro, techo de zinc, Dos (02) puertas una de madera y la otra de lata, al igual que tienen fomentados árboles frutales, pastos de Bracaria, Brisanta y Hodropogon, totalmente cercados con alambres de púas y estantillos de madera, la cual han invertido, mejoras edificadas sobre una parcela de terreno propiedad de la Municipalidad del Municipio Baralt del Estado Zulia, ubicado en el Sector San Joaquín Vía de Penetración la Cierra, Parroquia Libertador, Municipio Baralt del Estado Zulia, cuya superficie es de Ciento Veintisiete Mil Novecientos Cuarenta Metros con Veinticinco centímetros Cuadrados (127.940,25 Mts. 2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Propiedad que es o fue de Mauricio Segundo Villalobos Boscan, con una longitud de Cien Metros (100 Mts); Sur: Propiedad que es o fue de Javier González Crespo, Con Cuatrocientos Treinta y siete Metros (437 Mts); Este: Con propiedad que es o fue de Javier González Crespo, Con setecientos Sesenta y siete Metros (767 Mts); y Oeste: Con carretera el Silencio, con Ciento Ochenta y Seis Metros (186 Mts).- Por cuanto las anteriores actuaciones están acreditadas con las declaraciones juradas rendidas por los ciudadanos José Manuel Villegas y Maria Onelia Duran de Olivares, por ante éste Juzgado en fecha 02 de Noviembre de 2015, de Plano Topográfico, así como también se ofició al Instituto Nacional de Tierras y al Procurador General de la República, quienes no emitieron observación alguna sobre el particular.- En consecuencia, este Juzgado con la facultad que le confiere el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores diligencias Título suficiente para asegurar los derechos de Propiedad que tienen los ciudadanos MARIA SENAIDA ARAUJO TORREALBA, MAXIMO ENRIQUE ARAUJO TORREALBA, MARIA LUCIA ARAUJO TORREALBA, NANCY JOSEFINA ARAUJO TORREALBA, MARIBEL DEL CARMEN ARAUJO TORREALBA, YEAN CARLOS ARAUJO FAJARDO, FERNANDO RAMON ARAUJO TORREALBA, ALEXANDER ANTONIO ARAUJO TORREALBA, NELSON ATILIO FAJARDO, RUMALDA ANTONIA FAJARDO, EMILIA COROMOTO FAJARDO y MARIA OMAIRA FAJARDO, representados por el abogado LUIS VICENTE REINOSO BRACAMONTE, sobre las mejoras antes expresadas, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros.- Devuélvanse estas actuaciones en original, dejándose copia certificada para su archivo.-

El Juez Provisorio:

Abog. Carlos A. Lucena G.

La Secretaria Temporal:

Abog. Norelys V. Olivera M.

En la misma fecha se devuelve constante de ______________(____) folios útiles y se dejó copia certificada.-
La Secretaria Temporal:

Abog. Norelys V. Olivera M.