REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
En su nombre:
El Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, veintisiete de noviembre de dos mil quince (27/11/2015).
205º y 156º
ASUNTO: VP01-L-2014-000161.-
En el día de hoy, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), día y hora fijados para la celebración de la Audiencia de Juicio, Oral y Pública, en la causa signada con el Nº VP01-L-2014-000161, contentiva del juicio seguido por el ciudadano LUIS ÁNGEL BERMÚDEZ LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.405.414, y domiciliado en el municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA MULTINDUSTRIAL, S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 09/11/2.009, bajo el N°18, Tomo 75A-RM1; con motivo de demanda por cobro de cobro de Prestación de Antigüedad y Otros conceptos laborales, estando presente en esta Sala de Audiencia el Dr. NEUDO FERRER GONZÁLEZ, quien preside este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, en su condición de Juez, en compañía de la ciudadana Abogada ANGÉLICA FERNÁNDEZ, en su condición de Secretaria, y de la ciudadana ANGÉLICA CALDERÓN, en su condición de Alguacil, se procede a dar inicio a la presente Audiencia de Juicio, Oral y Publica. Previo anuncio de Ley dado a viva voz a las puertas de esta Sala por parte del Alguacil correspondiente, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante y demandada, ni por sí ni por medio de apoderado judicial o legal alguno. En este estado, en vista de la incomparecencia de las partes intervinientes, la norma adjetiva del trabajo prevé como sanción objetiva la extinción de la causa, ello de conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece. En consecuencia, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDO EL PROCESO, en el juicio por cobro de Prestación de Antigüedad y Otros conceptos laborales, incoado por el ciudadano LUIS ÁNGEL BERMÚDEZ LEÓN, en contra de la entidad de trabajo CONSTRUCTORA MULTINDUSTRIAL, S.A., todos plenamente identificados en las actas procesales. Así se decide.-
El Juez Titular,
Neudo Ferrer González.
La Secretaria,
Angélica Fernández
En la misma fecha y estando presente en el lugar destinado para Despachar el Ciudadano Juez, se dictó y publicó el fallo que antecede quedando registrado bajo el Nº PJ068-2015-000115.-
La Secretaria,
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