ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001107
PARTE ACTORA: RAFAEL SEGUNDO CARRASQUERO PAZ
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: YADIRA SOTO DE TOLEDO
PARTE DEMANDADA: AUTOMOTRÍZ DISTRIBUCIONES S.A., MANUFACTURAS MÚLTIPLES S.A. (MAMUSA) y SUPLIFRENOS ZULIA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AUTOMOTRÍZ DISTRIBUCIONES S.A., RAFAEL SEGUNDO CARRASQUERO PAZ, MANUFACTURAS MÚLTIPLES S.A. (MAMUSA) y SUPLIFRENOS ZULIA C.A.
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy,6 de Noviembre de 2015, siendo las 9:25 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen AUTOMOTRÍZ DISTRIBUCIONES S.A.,MANUFACTURAS MÚLTIPLES S.A. (MAMUSA) SUPLIFRENOS ZULIA C.A. y RAFAEL CARRASQUERO en su carácter de parte co-demandada y actora respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de sesenta mil Bolívares (Bs.60.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregado al ciudadano extrabajador en este acto, a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera BANESCO signado bajo el numero:18225893 del cual se deja copa simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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