REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO.


TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 19 de mayo de 2.015
205° y 156°
Recibido. Désele entrada. Fórmese pieza y numérese. En aplicación a la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, mediante el cual atribuye a los Juzgados de Municipios el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescente, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza; este Tribunal la admite en cuanto a lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley.
Comparece la ciudadana ARCELIS JOSEFINA VELAZQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.319.214, de este domicilio, asistida por la abogada NORA BRACHO MONZANT inscrita en el inpreabogado bajo el No. 26.643 domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, solicitando se declaren suficientes los derechos que tiene ella y los ciudadanos ANDRI JOSE DELGADO VELAZQUEZ, ADRIAN JAVIER DELGADO VELAZQUEZ y ALBIS JOEL DELGADO VELAZQUEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-15.808.109, V-15.808.116 y V-16.831.925 como Herederos Universales del causante AMERICO ANTONIO DELGADO LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.908.998 y falleció en Jurisdicción de la Parroquia Libertad del Municipio Lagunillas del estado Zulia, en fecha 04 de junio de 2014; observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1) Copia certificada del acta de defunción del ciudadano AMERICO ANTIONIO DELGADO LUGO, signada con el No. 141, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Libertad; 2) Copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos AMERICO ANTONIO DELGADO LUGO y ARCELIS JOSEFINA VELAZQUEZ, expedida por la Oficina Municipal de Registro Civil Municipio Valmore Rodríguez Estado Zulia, signada con el No. 207, en fecha 11 de junio de 2014; 3) Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano ANDRI JOSE DELGADO VELAZQUEZ, signada con el No. 500, expedida por la Oficina Municipal de Registro Civil Municipio Valmore Rodríguez Estado Zulia Unidad, de fecha 12 de febrero de 2015; 4) Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano ADRIAN JAVIER DELGADO VELAZQUEZ, signada con el No. 384, expedida por la Oficina Municipal de Registro Civil Municipio Valmore Rodríguez Estado Zulia , de fecha 12 de febrero de 2015; 5) Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano ALBIS JOEL DELGADO VELAZQUEZ, signada con el No. 614, expedida por la Oficina Municipal de Registro Civil Municipio Valmore Rodríguez Estado Zulia, de fecha 12 de febrero de 2015; 6) Copia simple de la cédula de identidad de los ciudadanos AMERICO ANTONIO DELGADO LUGO, ARCELIS JOSEFINA VELAZQUEZ, ANDRI JOSE DELGADO VELASQUEZ, ADRIAN JAVIER DELGADO VELAZQUEZ y ALBIS JOEL DELGADO VELAZQUEZ; 7) Original del justificativo de testigos evacuando por ante la Notaria Pública Primera de Maracaibo, en fecha 06 de marzo de 2015. Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos ARCELIS JOSEFINA VELAZQUEZ, ANDRI JOSE DELGADO VELASQUEZ, ADRIAN JAVIER DELGADO VELAZQUEZ y ALBIS JOEL DELGADO VELAZQUEZ como Herederos Universales del causante AMERICO ANTONIO DELGADO LUGO.
Devuélvanse estas actuaciones en originales, expídanse las copias certificadas solicitadas y déjese copia certificada para formar expediente.
LA JUEZ TITULAR.

Abg. GLENY HIDALGO ESTREDO.
EL SECRETARIO.

Abg. JUAN CARLOS CROES.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. EL SECRETARIO.
GHE/edy.