REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veintiséis (26) de mayo de dos mil quince (2015).-
Año: 205º y 156º
ACTA DE AUDIENCIA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2015-000026
PARTE ACTORA: LUCIANO ALVARO CORONADO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ENNEKER EFRAIN TIAPA MOROCOIMA
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES E INVERSIONES NG, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ALFREDO LÓPEZ DELGADO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, veintiséis (26) de mayo de dos mil quince (2015), siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en la causa distinguida bajo el N° OP02-L-2015-000026, se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Jueza ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ, con la asistencia de la secretaria Abogada ZAIDA CAMEJO Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana NORLYS DEL VALLE GONZÁLEZ TINEO, titular de la cédula de identidad N° V- 16.711.019, en su carácter de Vice-Presidenta de la empresa demandada CONSTRUCCIONES E INVERSIONES NG, C.A., cualidad que se desprende de Acta de Asamblea de fecha 30-07-2010, el cual corre inserto en autos, debidamente asistida por el Abogado ALFREDO LÓPEZ DELGADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 121.422; asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano LUCIANO ALVARO CORONADO, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
LA JUEZA,
Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.-
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
Abg. ZAIDA CAMEJO.
ESV/ZC/mm.-
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