REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, cuatro de mayo de dos mil quince

205º y 156º

ASUNTO: VP01-L-2015-000710

Vista y revisadas como ha sido las transacciones presentadas en fecha veintisiete (27) de Abril de 2015 por la abogada en ejercicio Marines Viera, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 126.491, asistiendo a los ciudadanos David José Teran Fuenmayor y Gerardo Alberto Teran Fuenmayor en su carácter de Presidente y Vicepresidente respectivamente de la parte demandada MANTENIMIENTO INGENIERIA Y SUMINISTRO, C.A. (MAINSUCA), representación que se evidencian del Acta Constitutiva que se encuentra agregada a las actas y el abogado Manuel Delgado, inpreabogado N° 148.726 asistiendo a los ciudadanos EMILIO JOSE DELGADO BRAVO, ANGEL EDUARDO CAMPOS LARREAL, THOMAS DE AQUINO MELEAN FERRER, JUAN YSIDRO CASTILLO, GERALDO JOSE MARQUEZ DAVILA, TORIBIO SEGUNDO GONZALEZ y JUAN BAUTISTA ALZATE en su condición de parte actora, plenamente identificados en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a los demandantes la cantidad total de sesenta mil setecientos setenta y nueve bolívares (Bs. 70.779,00) desglosados así: al ciudadano EMILIO JOSE DELGADO BRAVO la cantidad de Bs. 14.307,61, al ciudadano ANGEL EDUARDO CAMPOS LARREAL la cantidad de Bs. 12.815,48, al ciudadano THOMAS DE AQUINO MELEAN FERRER la cantidad de Bs. 12.815,48, al ciudadano JUAN YSIDRO CASTILLO la cantidad de Bs. 12.544,35, al ciudadano GERALDO JOSE MARQUEZ DAVILA la cantidad de Bs. 6.124,43, al ciudadano TORIBIO SEGUNDO GONZALEZ la cantidad de 6.029,26, al ciudadano JUAN BATISTA ALZATE la cantidad de Bs. 6.142,39, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 19 de la LEY ORGANICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADOES Y LAS TRABAJADORAS y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del mismo.
EL JUEZ,


ABOG. ANTONIO BARROSO LA SECRETARIA,