ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-000662
PARTE ACTORA: MELQUISEDEC FURNIELES JIMENEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CARLOS DEL PINO
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA LUISA CACERES DE ARISMENDI 0328 R.S.
ABOGADA DE LA PARTE DEMANDADA: Olys García.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,18 de Mayo de 2015, siendo las 11:43 AM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos MELQUISEDEC FURNIELES JIMENEZ y la COOPERATIVA LUISA CACERES DE ARISMENDI 0328 R.S. representada en este acto por la ciudadana olys García en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece la cantidad de catorce mil Bolívares (Bs.14.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados al ciudadano extrabajador en efectivo y a su entera satisfacción. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito contentivo de cinco (5) folios útiles el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes