ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-000067
PARTE ACTORA: YENFRI JOSE HERNANDEZ CAMARGO
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: MARIA CRISTINA GONZALEZ RIOS, MARIANYELIS PORRAS
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS TECNICOS LA FORTALEZA, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Humberto Pórteles
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,12 de Mayo de 2015, siendo las 9:53 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos YENFRI JOSE HERNANDEZ CAMARGO y SERVICIOS TECNICOS LA FORTALEZA, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de trece mil Bolívares (Bs. 13.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera BANCO DE VENEZUELA signado bajo el numero: S92-18003166 del cual se deja copia simple el cual se ordena agregar al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.

El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes