TRIBUNAL DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 19 de marzo de 2015
204° y 156°

Vista la diligencia de fecha trece (13) del presente mes y año, mediante la cual el ciudadano JOSE ANTONIO HERNANDEZ CORZO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 7.804.729, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido por el abogado en ejercicio ABRAHAN SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.070, consigna copia certificada del Acta de Defunción de la ciudadana LUCRECIA DEL CARMEN CORZO DE HERNANDEZ, dando cumplimiento a lo requerido por este Tribunal el día nueve (09) del mes y año en curso.
El Tribunal para pronunciarse sobre lo solicitado, hace previas las siguientes observaciones:
El ciudadano JOSE ANTONIO HERNANDEZ CORZO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 7.804.729, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio KASSIEL MONTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 221.925, solicita se le declare a su persona y al ciudadano LORENZO ANTONIO HERNANDEZ CORZO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 5.820.005, del mismo domicilio, como Únicos y Universales Herederos del de cujus ciudadano LORENZO HERNANDEZ HERRERA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 20.277 y del mismo domicilio. El solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Justificativo de Testigos evacuado ante la Notaría Pública Séptima de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 27 de febrero de 2015, en el cual declararon las ciudadanas MARIA RAMONA OLIVERO y MONICA DEL CARMEN GOMEZ CRESPO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad números 3.278.191 y 11.280.896 respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia. 2) Copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano LORENZO HERNANDEZ HERRERA, signada con el N° 2590 de fecha 09 de diciembre de 2014, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, con fecha 12 de diciembre de 2014. 3) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano JOSE ANTONIO HERNANDEZ CORZO, signada con el N° 3990, expedida por la Prefectura del Municipio Coquivacoa, hoy Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 10 de mayo de 1999. 4) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano LORENZO ANTONIO HERNANDEZ CORZO, signada con el N° 1466, expedida por la Prefectura del Municipio Coquivacoa, hoy Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 18 de abril de 1979. 5) Copia fotostática de la cédula de identidad del ciudadano JOSE ANTONIO HERNANDEZ CORZO. Ahora bien, de la revisión efectuada a los instrumentos aportados, observa este Tribunal que los mismos están conforme con lo expresado por el ciudadano JOSE ANTONIO HERNANDEZ CORZO, en su solicitud, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos JOSE ANTONIO HERNANDEZ CORZO y LORENZO ANTONIO HERNANDEZ CORZO, hijos del causante, como Únicos y Universales Herederos del ciudadano LORENZO HERNANDEZ HERRERA, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se declara. Devuélvanse estas actuaciones en original y déjese una copia certificada para el archivo del Tribunal e igualmente se ordena expedir las copias certificadas que solicite la parte interesada.
EL JUEZ,
(fdo)
Abog. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO
EL SECRETARIO,
(fdo)
Abog. JUAN CARLOS MORENO
En la misma fecha se devuelve constante de diecinueve (19) folios útiles y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL SECRETARIO,
(fdo)
Abog. JUAN CARLOS MORENO
SOLICITUD 0229-15