REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 26 de marzo de 2015
204° y 156°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos presentada por la ciudadana ADA DEL CARMEN PINTO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 4.534.237, comerciante, domiciliada en esta ciudad de Maracaibo del estado Zulia, asistida por la profesional del derecho, ciudadana RITA ELENA GONZALEZ, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el N° 200.974. En consecuencia, este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho, en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009, se tramitará por este Órgano jurisdiccional. Ahora bien solicitó la ciudadana ADA DEL CARMEN PINTO, antes identificada, que sea declarada como única y universal heredera en su condición de hermana del causante ALBERTO JOSE PINTO, quién era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 4.443.207 y domiciliado en el Municipio San Francisco del estado Zulia, fallecido en fecha 14 de julio de 2014, en jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del estado Zulia. La solicitante acompañó junto a su solicitud los siguientes documentos: 1) Justificativo de testigos evacuado por ante la Notaría Pública Cuarta de Maracaibo del estado Zulia, de fecha 12 de septiembre de 2014; 2) Copia fotostática del documento poder otorgado por la ciudadana ADA DEL CARMEN PINTO a la profesional del derecho, ciudadana RITA ELENA GONZALEZ, ante la Notaría Pública Sexta de Maracaibo del estado Zulia, de fecha 25 de agosto de 2014, anotado bajo el N° 33, Tomo 46 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría; 3) Copia certificada del acta de defunción del causante ALBERTO JOSÉ PINTO, signada con el N° 723, libro 03, año 2014, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 29 de septiembre de 2014; 4) Copia fotostática de la partida de nacimiento del causante ALBERTO JOSÉ PINTO, signada con el N° 251, año 1948, expedida por el Registro Principal del estado Zulia, en fecha 21 de agosto de 2008; 5) Copia fotostática del Registro Único de Información Fiscal (RIF) de la Sucesión Alberto José Pinto; 6) Copia fotostática de la cédula de identidad del difunto ALBERTO JOSE PINTO; 7) Datos filiatorios de la ciudadana ADA DEL CARMEN PINTO, expedidos por la Dirección de Dactiloscopia y archivo central, Departamento de Datos Filiatorios, Saime, Oficina Maracaibo II, de fecha 03 de junio de 2010; 8) Copia fotostática de la cédula de identidad de la ciudadana ADA DEL CARMEN PINTO; 9) Copia fotostática del Registro Único de Información Fiscal (RIF) de la ciudadana ADA DEL CARMEN PINTO; 10) Documento poder original otorgado por la ciudadana ADA DEL CARMEN PINTO a la profesional del derecho, ciudadana RITA ELENA GONZALEZ, ante la Notaría Pública Sexta de Maracaibo del estado Zulia, de fecha 25 de agosto de 2014, anotado bajo el N° 33, Tomo 46 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría; 11) Constancia de inexistencia de acta de defunción de la finada MARIA EFIGENIA PINTO, expedida por el Registro Civil Municipal, Alcaldía del Municipio Baralt del estado Zulia de fecha 22 de octubre de 2014; 12) Copia certificada de la partida de nacimiento del causante ALBERTO JOSÉ PINTO, signada con el N° 251, año 1948, expedida por el Registro Principal del estado Zulia, en fecha 16 de octubre de 2014; 13) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana ADA DEL CARMEN PINTO, signada con el N° 85, año 1945, expedida por la Unidad de Registro Civil Municipal del estado Zulia, en fecha 26 de noviembre de 2014; 14) Datos filiatorios de la finada MARIA EFIGENIA PINTO, expedido por la Dirección de Dactiloscopia y archivo central, Departamento de Datos Filiatorios, Saime, Oficina Mene Grande, de fecha 16 de marzo de 2015; 15) Copia certificada del acta de defunción de la finada MARIA EFIGENIA PINTO, signada con el N° 62, año 1966, expedida por el Registro Principal del estado Zulia, en fecha 07 de enero de 2015. Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante, este Juzgado dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud y en consecuencia, DECLARA como ÚNICA Y UNIVERSALES HEREDERA del causante ALBERTO JOSE PINTO, a la ciudadana ADA DEL CARMEN PINTO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 4.534.237, comerciante, domiciliada en la ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia, según lo planteado en la solicitud. ASI SE DECIDE. Devuélvase estas actuaciones en original al solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TITULAR

XIOMARA REYES LA SECRETARIA ACCIDENTAL

MARIA ALEJANDRA CARDENAS MENDEZ



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