REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 25 de Marzo de 2015
204º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2014-004923
ASUNTO : NP01-S-2014-004923


Corresponde a este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en función de de Control, Audiencia y Medidas de esta Circunscripción Judicial decidir la solicitud de entrega de vehículo realizada por el ciudadano RONALD HOWELL DURÁN SOLÓRZANO, al respecto hace las siguientes consideraciones:
Cursa en actas, inserto al folio cinco (05) de la fase investigativa del presente asunto, acta de investigación penal suscrita en fecha 05/12/2014, de donde se desprender que se retuvo el vehículo MARCA: BERA; MODELO: R1; COLOR: AZUL; CLASE: MOTO; TIPO: PASEO; PLACAS: AG9N35G; SERIAL DE CARROCERÍA: 8215RFEBYEd001176; SERIAL DEL MOTOR: 165fML8C800121, en el procedimiento donde resultó aprehendido el ciudadano Rodolfo Schortborgh.
Posteriormente, al folio ciento trece (13) de referida fase investigativa, cursa experticia de reconocimiento técnico N° 9700-0074-28 realizada al vehículo que nos ocupa, practicada en fecha 06/12/2014 por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Maturín, constando también las respectivas improntas al folio catorce (14), de la cual se desprende lo siguiente: “
(…) CONCLUSIONES:
01.- El serial de carrocería donde se lee la cifra alfanumérica: 8215RFEB4ED001176, se encuentra ORIGINAL.-
02.- La unidad en estudio presenta un serial de motor donde se lee la cifra alfanumérica: 165FML8C800121, se encuentra ORIGINAL.-
03.- El vehículo en estudio, al ser verificado ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), se constató que no presenta solicitud alguna. Registra ante el sistema de enlace INTT.- (…).

Fue consignado por el ciudadano RONALD HOWELL DURÁN SOLÓRZANO certificado de Origen N° CC.038721, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, a nombre del referido ciudadano, el cual cursa en original.
Del mismo modo fue consignada por el ciudadano RONALD HOWELL DURÁN SOLÓRZANO factura original N° 00004406 y constancia de compra, la prmera de fecha 13/06/2014 y la última de fecha 24/03/2015, emitidas por la empresa “Multimarcas El Panita, C.A.”, de donde se desprende la compra del vehículo en referencia, por parte del antes mencionado ciudadano, cuyo contenido fue verificado a través del número telefónico 0291-645.09.18, con la ciudadana Georgette Hadid, titular de la cédula de identidad N° V- 20.597.046, quien se identificó como asistente de esa empresa.
De todos los elementos transcritos anteriormente, se observa que, el vehículo retenido en la presente causa corresponde a un vehículo, MARCA: BERA; MODELO: R1; COLOR: AZUL; CLASE: MOTO; TIPO: PASEO; PLACAS: AG9N35G; SERIAL DE CARROCERÍA: 8215RFEBYED001176; SERIAL DEL MOTOR: 165FML8C800121; y que pudo comprobarse con la experticia realizada en autos que, tanto el serial de motor como el serial de carrocería se encuentran en estado ORIGINAL, y le corresponde al vehículo reclamado por la solicitante; en consecuencia, ha de establecerse, sin lugar a dudas que, en el caso que nos ocupa, pudo determinarse con claridad la identificación real del vehículo, y como quiera que, el mismo le pertenece al solicitante, aunado a que no se encuentra solicitado; a criterio de quien decide, lo procedente y ajustado a derecho es acordar la ENTREGA al ciudadano RONALD HOWELL DURÁN SOLÓRZANO, del vehículo que nos ocupa, por haberse demostrado con la experticia practicada, la identificación real del vehículo y haber acreditado el referido solicitante -con la documentación necesaria- la propiedad del mismo. Y así se declara.
Por todos los razonamientos, precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en función de Control, Audiencias y Medidas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA ENTREGA del vehículo MARCA: BERA; MODELO: R1; COLOR: AZUL; CLASE: MOTO; TIPO: PASEO; PLACAS: AG9N35G; SERIAL DE CARROCERÍA: 8215RFEBYED001176; SERIAL DEL MOTOR: 165FML8C800121; al ciudadano RONALD HOWELL DURÁN SOLÓRZANO, titular de la Cédula de Identidad número V- 18.444.864, el cual se encuentra aparcado en el estacionamiento “KATAR” ubicado en esta Localidad, para lo cual se ordena librar oficio al encargado de dicho establecimiento, a los fines consiguientes. Notifíquese le presente decisión. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,


ABGA. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ




Secretaria,

ABGA. ANA GABRIEL ROJAS GUZMÁN