Asunto: VP21-L-2014-448
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Demandante: GUSTAVO ADOLFO ROSILLON RAMIREZ, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V.- 17.006.525, domiciliado en el municipio Miranda del estado Zulia, bebidamente asistido por el profesional del derecho EDILIO LUGO BELLOSO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo matricula 198.257, domiciliado en el Municipio Miranda del Estado Zulia.
Demandada: CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, no tuvo representación judicial debidamente constituida en el expediente.
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, veinticuatro (24) de marzo de dos mil quince (2015), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), día y hora fijadas por este Tribunal para que tenga lugar la celebración de la audiencia de juicio oral público y contradictorio, por motivo de COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuso el ciudadano GUSTAVO ADOLFO ROSILLON RAMIREZ contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, se anunció dicho acto a las puertas del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia por el Alguacil del mismo y no comparecieron el ciudadano GUSTAVO ADOLFO ROSILLON RAMIREZ ni el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, por sí ni por medio de representantes judiciales alguno, trayendo como consecuencia, que esa incomparecencia demuestra la falta de interés para intentar y sostener la demanda incoada ante esta jurisdicción laboral, por lo que en aplicación a lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los diferentes fallos proferidos por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, entre ellas, en sentencias número 1532, expediente 04-1564, de fecha 10 de noviembre de 2005, caso: LUÍS ECHEVERRÍA MAÚRTUA contra ENCO, CA; ratificadas en sentencia número 013, expediente 10-714, de fecha 25 de enero de 2012, caso: SARAÍ ROSALIS MARÍA GONZÁLEZ AGUACHE contra ALIMENTOS VDV, CA; y en sentencia número 529, expediente 11-1204, de fecha 10 de julio de 2013, caso: MIGUEL ÁNGEL GUZMÁN TIAPA contra DISTRIBUIDORA PROVEAUTO DE VENEZUELA, SA, se declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY declara EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguió el ciudadano GUSTAVO ADOLFO ROSILLON RAMIREZ contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA.
No hay condenatoria en costas procesales al ciudadano GUSTAVO ADOLFO ROSILLON RAMIREZ ni al CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, dada la naturaleza del fallo.
Se ordena la notificación al SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, del presente fallo, con oficio y copia certificada de esta decisión, a tenor de lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez,
ARMANDO J. SÁNCHEZ RINCÓN
La Secretaria,
DORIS ARAMBULET
En la misma fecha y previo el anuncio de ley dado por el Alguacil adscrito a este Circuito Judicial
Laboral del Estado Zulia con sede en Cabimas a las puertas del Despacho, se dictó y publicó el fallo que antecede, quedando registrado bajo el número 1018-2015.
La Secretaria,
DORIS ARAMBULET
|