ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2014-000924
PARTE ACTORA: JESUS RAMON RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de N° 4.794.347.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado, IVANOVA MENESES, Inpreabogado N° 25.746
PARTE DEMANDADA: DELTA SERVICES & SUPPLIES, C.A..-
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado, MEYCKERD ABAD Inpreabogado N° 993.963.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
En el día de hoy 18 de Marzo de 2015, siendo fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, compareció el ciudadano JESUS RAMON RUIZ, asistido abogado IVANOVA MENESES, apoderado judicial del accionante, comparecieron la abogada LILA AVILEZ, en su carácter apoderada judicial de la demandada. Por una parte, la parte accionante solicita que le cancelen la cantidad de Bs. 204.746,82, por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos, por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y habiendo realizado los cálculos en la presente audiencia, conviene en ofrecer la cantidad de 100.000,00, pagaderos para el día 11 de mayo de 2015. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados. Ambas partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de diferencia de prestaciones sociales. Las cantidades de dinero objeto de este acuerdo deben ser consignadas por ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación Laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA
Abog. MARILEUDIS GALLARDO
LAS PARTES COMPARECIENTES,
EL SECRETARIO (A),
MG/mg
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