REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Lunes Veintitrés (23) de Marzo de Dos Mil Quince
204º y 155º
ASUNTO : VP01-L-2014-000105
Vista la diligencia presentada por la Abogada TRINA SARMIENTO actuando en su carácter de APODERADA JUDICIAL de la parte actora, debidamente identificada en dicha diligencia; y en la que en nombre de sus representados ambos debidamente identificados en dicha diligencia, DESISTE DEL PROCEDIMIENTO que tienen intentado en contra de la demandada SOCIEDAD MERCANTIL CAFETINES UNIVERSITARIOS, C.A. Y SOLIDARIMENTE Y A TITULO PERSONAL en contra de los Ciudadanos MIGUEL DURAN URDANETA Y GERARDO BARALT LUZARDO, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la manifestación libre de volunta, sin apremio y coacción y previo la verificación de las facultades otorgadas a la diligenciante entre ellas las de convenir, desistir y transigir, conforme a los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO solicitado; impartiéndole su aprobación y pasándolo en autoridad de cosa juzgado, y declarando terminado el presente procedimiento con relación a los demandados antes mencionados.
El Juez.
Abog: Alfredo García López El Secretario.
Abog. Jean Pault Andrade
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