ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-001722
PARTE ACTORA: RAFAEL GONZALEZ y RAMON SEGOVIA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: LEONARDO VILLALOBOS TABORDA
PARTE DEMANDADA: ADMINISTRADORA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS C.A.
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: Leonela González y Andrea Rincón.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,6 de Marzo de 2015, siendo las 11:19 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos RAFAEL GONZALEZ, RAMON SEGOVIA y ADMINISTRADORA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de cuarenta y cinco mil Bolívares (Bs. 45.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados a los ciudadanos extrabajadores de la siguiente manera: para el ciudadano Rafael González la cantidad de veinticinco mil Bolívares (Bs.25.000,00) y para el ciudadano Ramón Segovia la cantidad de veinte mil Bolívares (Bs. 20.000,00) por ante el tribunal a las 11:00 a.m. el día miércoles 11 de Marzo de 2015; para completar lo ofrecido y aceptado. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada: Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes