ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-000259
PARTE ACTORA: OTONIEL SALCEDO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JAIRO OLIVERA, ANGEL SEGOVIA CORONADO
PARTE DEMANDADA: MANUFACTURAS DON JOSE I, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Hiroito Nava
MOTIVO: Enfermedad Ocupacional

En el día hábil de hoy,4 de Marzo de 2015, siendo las 9:32 AM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos OTONIEL SALCEDO y MANUFACTURAS DON JOSE I, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de ciento ochenta mil Bolívares ( Bs. 180.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados en este acto al ciudadano extrabajador en dinero efectivo a su entera satisfacción. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes