REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL



Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintisiete de marzo de dos mil quince
204º y 156º



ASUNTO: VP01-L-2015-000375



Recibida en el día de hoy, revisada como ha sido la transacción., presentada por ante la Unidad De Recepción De Documentos, del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, donde los ciudadanos ROBERTO MENDEZ HENRY LOPEZ Y JUAN QUIROZ debidamente asistidos por el ciudadano abogado en ejercicio Carlos Buitrago. Por una parte y por la otra el ciudadano Ricardo Gordones actuando en su carácter de apoderado de la co-demandada URDANETA VILLAREAL (URVICA) C.A. Y la ciudadana abogada en ejercicio Ana Ferrer actuando en su carácter de apoderada de la co-demandada CORPORACIÓN TELEMIC C.A. Todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada presente transacción, a través de la cual los ciudadanos extrabajadores arriba mencionados reciben la cantidad de: Ciento noventa mil Bolívares (Bs. 190.000,00) Doscientos noventa mil Bolívares (Bs. 290.000,00) Doscientos noventa mil (Bs.290.000, 00) respectivamente. Por concepto de prestaciones




sociales. se observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la ley y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Séptimo de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente, debido a que consta de manera expresa e inequívoca el cumplimiento de lo acordado en el texto de la misma. Así se Decide.




El Juez El Secretario
Abg. Ober Rivas
Abg. Frank Guanipa . .