ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-000390
PARTE ACTORA: EDGAR ENRIQUE ALVAREZ DIAZ
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Joselyn González
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA NIVAR, C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Roque Arispe
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,16 de Marzo de 2015, siendo las 3:03 PM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos EDGAR ENRIQUE ALVAREZ DIAZ y AGROPECUARIA NIVAR, C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de ciento veintiséis mil trescientos treinta Bolívares con catorce céntimos (Bs. 126.330,14) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera MERCANTIL Banco Universal signado bajo el numero; 04196145 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada: Se deja expresa constancia que las partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes