REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL



Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, trece de marzo de dos mil quince
204º y 156º


ASUNTO: VP01-L-2015-0367


Recibida en el día de hoy, revisada como ha sido la transacción., presentada por ante la Unidad De Recepción De Documentos, del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, donde los ciudadanos LUZ BARRIOS, RICARDO EPINAYU Y FRANCISCO GUANIPA extrabajadores debidamente asistidos por la ciudadana abogada en ejercicio Rosmiri González por una parte y por la otra el ciudadano abogado Manuel Silva actuando en su carácter de apoderado de la Entidad de Trabajo ILLUSION´S COMERCIALIZACIÓN Y VENTA C.A. Todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada presente transacción, a través de la cual los ciudadanos extrabajadores arriba mencionados reciben la cantidades de: Sesenta mil ciento treinta y ocho Bolívares con ochenta céntimos (Bs. 60.138,80) cincuenta y cinco mil ochocientos seis Bolívares con dos céntimos (Bs. 55.806,02) y ochenta y ocho mil setecientos sesenta y ocho Bolívares con sesenta y siete céntimos (Bs.88.768,67) respectivamente por concepto de PRESTACIONES SOCIALES. se observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la ley y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Séptimo de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente, debido a que consta de manera expresa e inequívoca el cumplimiento de lo acordado en el texto de la misma. Así se Decide.



El Juez
El Secretario
Abg. Frank Guanipa Abg. Ober Rivas