REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES Y PENÍNSULA DE MACANAO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, VILLALBA, TUBORES Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
Porlamar, 03 de junio de 2015
204º y 156º
Vistas las testimoniales rendidas por los ciudadanos, WILFREDO JOSE RAMOS OLIVEROS y RONAL JOSE AGUILARTE, quienes fueron contestes en señalar que conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace varios años a la solicitante, la ciudadana JESUS TERESA ORTEGA ACOSTA y a sus hermanos; que por ese conocimiento, saben y les consta que JESUS ENRIQUE ORTEGA MARCANO, ALBERTO JOSE ORTEGA MARCANO, ANDRES RAFAEL ORTEGA MARCANO, FELICIA MERCEDES ORTEGA DE UZCATEGUÍ, MARIA TERESA ORTEGA MARCANO, MARITZA DEL VALLE ORTEGA MARCANO, ELEIDA JOSEFINA ORTEGA MARCANO (fallecida) y JESUS TERESA ORTEGA ACOSTA, son hijos del fallecido, HUMBERTO CARMEN ORTEGA QUILARTE; que saben y les consta que falleció ab-intestato el ciudadano: HUMBERTO CARMEN ORTEGA QUILARTE el día 17 de diciembre de 2008; que pueden dar fe, que los Únicos y Universales Herederos del difunto son su esposa y sus hijos e hijas JESUS ENRIQUE ORTEGA MARCANO, ALBERTO JOSE ORTEGA MARCANO, ANDRES RAFAEL ORTEGA MARCANO, FELICIA MERCEDES ORTEGA DE UZCATEGUÍ, MARIA TERESA ORTEGA MARCANO, MARITZA DEL VALLE ORTEGA MARCANO, ELEIDA JOSEFINA ORTEGA MARCANO (fallecida), JESUS TERESA ORTEGA ACOSTA y FLOR MARIA MARCANO DE ORTEGA. En consecuencia, este Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, vistas las anteriores actuaciones, declara a los ciudadanos JESUS ENRIQUE ORTEGA MARCANO, ALBERTO JOSE ORTEGA MARCANO, ANDRES RAFAEL ORTEGA MARCANO, FELICIA MERCEDES ORTEGA DE UZCATEGUÍ, MARIA TERESA ORTEGA MARCANO, MARITZA DEL VALLE ORTEGA MARCANO, ELEIDA JOSEFINA ORTEGA MARCANO (fallecida), JESUS TERESA ORTEGA ACOSTA y FLOR MARIA MARCANO DE ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros. V-4.853.025, V-4.847.598, V-3.225.737, V-3.157.182, V-6.436.521, V-4.885.387, V-3.824.740, V-3.870.643 y V-2.099.149 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante, el ciudadano HUMBERTO CARMEN ORTEGA QUILARTE.
De conformidad con los previsto del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se dejan a salvo los derechos de terceros y se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fe y de los recaudos consignados como anexos, en ningún caso causará efecto de cosa juzgada y que perderá toda eficacia o valor jurídico para el caso de que se demuestre la inexactitud de los hechos afirmados por los solicitantes.-
Déjese constancia de este Decreto en el Libro Diario llevado al efecto por este Tribunal, y devuélvanse los originales de las presentes actuaciones a las partes solicitantes dejándose en su lugar copias certificadas, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZA TITULAR.
Abg. MINERVA DOMINGUEZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. JOANA BARON
Solicitud Nº 78/15
MD/JB/gpr.-