REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 10 de Junio de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2015-000502
ASUNTO : NP01-S-2015-000502

Se constituye el Tribunal Primero en Funciones de Juicio de Violencia contra la Mujer del estado Monagas presidido por la jueza abga. IVIS RODRÍGUEZ CASTILLO, acompañada del Secretario Judicial, siendo las 10:00 horas de la mañana, compareciendo el Ciudadano ACUSADO PABLO JOSÉ FUENTES HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N.- V 16717754, previo traslado de la Policía del Estado Monagas, a los fines de se confirme un escrito consignado por la Defensa Privada del Ciudadano Acusado : Visto el escrito consignado por los defensores privados del Ciudadano: PEDRO RAFAEL MONTAÑO Y ÁNGEL ALBERTO ABREU, plenamente y identificado en las actas, mediante el cual informan que renuncian al cargo que tienen como defensores privados, por lo que atendiendo a las garantías de una tutela judicial efectiva contemplada en el artículo 26 del Texto Constitucional se acuerdo su inmediato traslado, el Ciudadano Acusado a pegunta del Tribunal respondió que si exoneraba a su defensa Privada pero que necesitaba conversar con su progenitora, informando el Tribunal que se encontraba presente en la sede del Tribunal, se hizo pasar y se identificó como : SE OMITE, quien manifestó que si que su hijo deseaba que se le nombrara una Defensa Pública Especializada en delitos de Violencia Contra la Mujer, por cuanto no tenían el recurso disponible, que estaban hablando con una hermana para ver si podía nombrar una defensa Privada, por lo que de inmediato en aras de garantizar el derecho a la defensa al Ciudadano Acusado en un debido proceso contemplado en el artículo 49 del Texto Constitucional, se acordó realizar llamada telefónica a la Coordinación de la Defensa Pública Regional, a través del secretario ABG. JUAN CARLOS GARCÍA, siendo atendido por la funcionaria VIRGINIA CAMACHO, quien designa a la Defensoría Cuarta Especializada en materia de delitos de Violencia Contra la Mujer, y actualmente encargada la Defensora Tercera Especializada ABGA. MARIA ISABEL ROCCA, encargada, asimismo manifestó la Ciudadana Progenitora: que su hijo se ha venido sintiendo mal con la glicemia muy alta, en 461 y 350, las piernas se le duermen y las manos, y que ha solicitado varias veces el traslado al médico forense para su evaluación, Por lo que la Ciudadana Jueza en conocimiento de que se encontraba la Médica Forense DRA. BÁRBARA GONZALEZ, en sede judicial, se le solicitó la colaboración para que pasara a la sala y le realizara una evaluación “In Situs” , quien revisó unos exámenes aportados por la progenitora y realizó algunas preguntas al ciudadano Acusado evaluado sugiriendo al Tribunal que el mismo no se observaba descompensado, no obstante: necesitaba realizar una Evaluación Médica legal Integral, con previa evaluación de una Especialista de Endocrinología e Internista, a fin de corroborar a través de exámenes la situación real de salud del Ciudadano. Por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 43 y 83 del Texto Constitucional acuerda enviar al Ciudadano PABLO JOSÉ FUENTES HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N.- V 16717754, el día de mañana JUEVES 11 DE JUNIO 2015 A LAS 7:00 HORAS DE LA MAÑANA, para que sea evaluado integralmente, y se sugieran todos los exámenes y consultas especializadas que requiera a fin de determinar su estado de salud actual, asimismo se acuerda librar oficio a la medicatura forense para que envíe al brevedad posible los resultados de los mismos con su recomendaciones, Se ordena librar un oficio a la Dirección de la Policía del Estado Monagas, en cuyo contenido se acuerda una Orden Abierta para las veces que requiera asistencia médica de acuerdo a lo observado por los funcionarios encargados de su vigilancia y custodia para que sea trasladado a la EMERGENCIA DEL HOSPITAL DR. MANUEL NÚÑEZ TOVAR, de la Ciudad de maturín con la seguridad que el caso amerita con un acompañamiento permanente policial a fin de que se le garantice estrictamente a este Tribunal la Privación de Libertad que pesa sobre el Ciudadano Acusado, se le autorice el pase de los medicamentos y tratamientos que le han sido medicado ya que el mismo ha manifestado ante este Tribunal y se está en estudio su caso que es un paciente DIABÉTICO INSULINO DEPENDIENTE, Líbrese el traslado del Ciudadano ACUSADO a la hora y fecha ordena por este Tribunal, esperando contar con la valiosa colaboración de ese Órgano Policial. Se acuerda notificar a la Defensora Pública Tercera encarga de la Defensoría Cuarta Especializada ABGA. MARIA ROCCA de su designación, y notificar a los defensores privados exonerados. Se deja constancia que en la audiencia estuvo presente la Fiscal Décima Octava del Ministerio público. Líbrese lo conducente
JUEZA DE JUICIO
ABGA. IVIS RODRÍGUEZ CASTILLO
ACUSADO


PABLO JOSÉ FUENTE HERNÁNDEZ


ACOMPAÑADO DE SU PROGENITORA


IRMA HERNÁNDEZ DE FUENTES



SECRETARIO JUDICIAL

ABG. JUAN CARLOS GARCÍA