REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintidós de junio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: VP01-S-2015-000331
Vista la diligencia presentada en fecha dieciocho (18) de Junio de 2015, por el apoderad0 judicial abogado en ejercicio Aaron Belsares Barboza, inpreabogado N° 33.753 en representación de la sociedad mercantil SÚPER TIENDA LATINO, C.A., mediante la cual “Desiste del Procedimiento de “Oferta Real de Pago” en el presente asunto que tiene incoado a favor del ciudadano ALEXIS DE JESUS CHOURIO GARCIA, en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo se ordena regresar a la sociedad mercantil SÚPER TIENDA LATINO, C.A. el cheque consignado.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
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