Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-000142
PARTE ACTORA: JHOSELYN DEL CARMEN COLMENARES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACUDEN
PARTE DEMANDADA: HOSPITAL UNIVERSITARIO DE MARACAIBO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACUDEN
MOTIVO: Accidente Laboral
En el día hábil de hoy 8 de Junio de 2015, siendo las 10:38 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 156 y 205. Se ordena oficiar a la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela de la presente decisión.
El Juez
El Secretario
Abg. Frank Guanipa