REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial con Competencia en DVM. Edo. Zulia. Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio. Edo. Zulia.
Maracaibo, 9 de julio de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : VP02-S-2014-000109
ASUNTO : VP02-S-2014-000109
Sentencia :14-015
DE LA IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
ACUSADO: BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA, …………………..
DEFENSA PÚBLICA Nº 03: ABG. ADIB DIB
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA 33°, ABG. DULCE ARAUJO
VICTIMA: (SE OMITE IDENTIDAD)
DELITOS: ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en los artículos 259, en su primer aparte, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y el delito de AMENAZA, establecido en el artículo 41 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; cometido en perjuicio de la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD); y por el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el artículo 259 en su primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y el delito de AMENAZA, establecido en el artículo 41 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; cometido en perjuicio de para aquel entonces la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD).
DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL PROCESO:
El Tribunal antes de iniciar el debate probatorio en cumplimiento del contenido del encabezamiento del Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, procedió a imponer al acusado el significado de la presente audiencia, asimismo le impuso del Procedimiento Especial de Admisión de los hechos en virtud de la disposición establecida en el Código Orgánico Procesal Penal e igualmente del Precepto Constitucional que le exime de declarar en causa propia de reconocer culpabilidad contra si mismos y contra sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, de su cónyuge si la tuviere o de su concubina, de conformidad con el numeral 5º del Artículo 49 constitucional se le indicó y le informó sobre los derechos procesales que le asisten y le preguntó seguidamente si está dispuesto a declarar, a lo que el acusado libre de todo juramento, coacción o apremio respondió lo siguiente: “No deseo acogerme a este medio alternativo a la prosecución del proceso, es todo”.
SOBRE LA PUBLICIDAD EN EL DEBATE:
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 109 de la Ley Orgánica Especial, en concordancia con lo establecido en el Artículo 8 numeral 7 ejusdem, cuando dispone textualmente: “…El debate será oral y público, pudiendo el juez o jueza decidir efectuarlo, total o parcialmente a puerta cerrada, previa solicitud de la víctima. El juez o la jueza deberá informar a la víctima de este derecho antes del inicio del acto…”.
En virtud de que la víctima estuvo presente, y a tenor de la minoridad de la víctima, el Tribunal establece que dicho Juicio será realizado de forma privada.
APERTURA DEL DEBATE:
Seguidamente de conformidad con el Art. 327 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del Art. 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, se apertura el debate, el cual se inicia en fecha 29 de Abril de 2015, el cual se desarrolló de la siguiente manera:
DE LA ACUSACIÓN FISCAL
“buenos días, en mi condición de Fiscal Trigésima Tercera del Ministerio Publico, y en uso de las atribuciones que me confiere la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Ministerio Público, el Código Orgánico Procesal Penal, procedo a exponer, la fiscalia inició una investigación en contra del ciudadano BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA que se inicia una vez que la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD)tenia 18 años de edad para el momento de los hechos denuncia en fecha 18-07-2011 por unos hechos que ocurrieron 5 años antes de la fecha en la cual interpuso la denuncia, ante la Policía del Municipio Mara, la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD) denuncia donde se vio involucrada su hermana (SE OMITE IDENTIDAD) quien tenia 15 años para el momento de los hechos, pero los hechos que le ocurrieron a la ciudadana ………………….. ocurrieron cuando ella tenia 9 años de edad son dos victimas, dos hechos ocurridos en diferentes fechas, pero en el mismo lugar, y cometidos por la misma persona el ciudadano BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA el primero ocurrido a la Adolescente……………………, quien denunció cuando tenia 18 años de edad, ella refiere la insistencia del acusado en amenazarla, en hostigarla, siempre la amenaza en contra de la familia y sus hermanos, el Señor BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA era amigo del papá de las victimas, quien aparte trabaja en la espiritualidad, era una persona que trabajaba en hechicería, el (SE OMITE IDENTIDAD) tenia mal de ojo, el papá creyendo en su amigo trasladó a…….. a la casa del señor BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA, él la lleva a la casa de su amigo, la traslada le dice a su papá la espere afuera y le hace tocamiento en su cuerpo y le dice que se quite la ropa para poderle quitar el mal de ojo, ella le dijo que no y el portaba unas varitas y agua y le dio a beber un liquido y la adolescente sumamente vulnerable se lo toma y ella manifiesta que era amargo, luego empezó a sentirse mareada y el Señor Benito Ortiz Fonseca la acuesta en el piso y le ha quitado su ropa y abusó sexualmente de ella, ella observaba cuando le hizo eso, se queda dormida, y él la despierta y le dice métete al baño porque a las 12:00 le tocaba el baño para sacarte el mal de ojo, ella lloraba, no entendía que le había hecho, aun así su papa desconocía lo que él le estaba haciendo adentro a ………………………, luego se retira con su papá y él siguió amenazándola, cuando ella habló que fue en fecha 18-07-2011, porque estaba cansada porque él la seguía molestando, y se lo dice a sus padres y (SE OMITE IDENTIDAD), quien tenia 15 años refería que su papá también la había llevado a ese lugar y él le dijo que ……………………………. se encontraba enferma, que también había que hacerle el despojo y con el mismo modo operandi la obligo a quitarse el short, le coloco un trapo en la cara, le dio a beber un liquido, la cargo, la acostó en una cama y en la cama abuso sexualmente de ella, la niña quedo con sus trastornos psicológicos, fueron unos hechos terribles porque las amenazaba con matar a su hermano chiquito, ellas acudieron a la Policía del Municipio Mara a realizar la denuncia , la medico forense refiere que ella debía ser tratada por un psicólogo especializado, ambas expresaron que estaban en esa situación, kelly ya tenia novio para ese momento y le manifestó a su novio lo sucedido y ambos fueron y denunciaron en el cuerpo policial, porque tenían ese trastorno, de noche no podían dormir, hechos estos que fueron investigados por el Ministerio Publico y por los cuales el Ministerio Publico acuso por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en los artículos 259, en su primer aparte, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y el delito de AMENAZA, establecido en el artículo 41 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; cometido en perjuicio de la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD); y por el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el artículo 259 e su primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y el delito de AMENAZA, establecido en el artículo 41 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; cometido en perjuicio de para aquel entonces la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD), quien tenia 9 años de edad para el momento de los hechos y cuando denunció tenia 15 años de edad, y con respecto a ………………….. quien tenia 13 años de edad para el momento de los hechos y tenia 18 años de edad cuando denunció por el delito de Abuso Sexual y Amenaza, las dos se reúnen y se dan cuenta que fueron victimas de este hombre. Todo esto se demostrarara con los expertos, medico forense, psicólogo forense, así como los funcionarios de la Policía de Mara, quienes realizaron las primeras investigaciones, con las entrevistas de los progenitores de ambas victimas, quien refirió el papá que las llevaba, porque pensaba que eran sus amigos, en virtud de todos estos elementos una vez demostrados el Ministerio Publico solicitará su condena, Es todo
DE LOS ALEGATOS DE LA DEFENSA:
“Buenos días, como Defensor Publico Segundo en delitos de Violencia contar la mujer, actuando en representación del ciudadano BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA llegamos a esta etapa de juicio, en virtud de una acusación, la cual para esta defensa carece de suficientes elementos para determinar la responsabilidad de mi defendido, siendo que tenemos unas victimas, las cuales denuncian años después, como lo refirió el Ministerio Publico, un hecho muy grave, es por lo que es necesario y se hará durante el desarrollo del debate, que se determinará la inocencia de mi defendido, a través de las partes actuantes en el presente procedimiento, Es todo”. Acto seguido, el tribunal procede nuevamente a imponer al acusado de los preceptos y garantías constitucionales, así como de la facultad para declarar de conformidad con las normas supra señaladas
DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS
Considera este Tribunal Unipersonal que de los hechos ocurridos en la presente causa en el …………………………… los elementos probatorios que se estiman acreditados en el presente juicio, son los siguientes:
TESTIMONIALES OFERTADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO
DOCTORA FORENSE: GERALDINE BEUSES BRICEÑO
La Testimonial de la Dra. Geraldine Briceño, Psicóloga Experta adscrita al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica del Estado Zulia, quien luego de identificarse plenamente, se le tomó el juramento de Ley y se le impuso de lo contenido en los Artículos 242 y 245 del Código Penal y 328 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:
EN RELACION A LA EVALUACION PSICOLOGICA SIGNADA CON EL Nº 9700-168-5936, DE FECHA 11-09-2013, PRACTICADO EN FECHA 16-12-2011, A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD):
“para el día 16.12.2011 realice evaluación psicológica a la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD) de 18 años de edad donde de acuerdo a las técnicas utilizadas en la evaluación concluí que para ese momento había indicadores significativos de patología mental dando una reacción depresiva y sugiriendo tratamiento especializado, es todo”.
LA FISCALIA, FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿según su Informe puede Informar como se llama la Adolescente y que edad tenia? RESPUESTA: (SE OMITE IDENTIDAD) de18 años edad. PREGUNTA: ¿Cual fue el motivo de la referencia de ella? RESPUESTA: Leo textualmente: porque abusaron de mi él se hizo amigo de mi papa, el es colombiano se valió de eso, eso paso hace 5 años, lo vine a decir ahora porque el me tiene amena de que si decía algo el le iba hacer daño a mi hermanito y tenia como 11 años no me había desarrollado cuando paso y tenia un novio que me dijo que lo denunciara. PREGUNTA: ¿Si ella refirió esa versión que edad tendría para el momento de los hechos? RESPUESTA: Como 13 años. PREGUNTA: ¿Explique como usted realiza su evaluación psicológica? RESPUESTA: Básicamente con una entrevista psicológica donde se recaba información del paciente, antecedentes familiares, laborales, médicos, pruebas proyectivas donde dan indicadores emocionales y se entrelaza con la entrevista, la actitud de la persona, con los indicadores se hace una conclusión recabando toda la información, se obtiene unos resultados y con estos puedo concluir si hay o no una patología. PREGUNTA: ¿Explique los resultados en el caso específico de (SE OMITE IDENTIDAD)? RESPUESTA: Los indicadores emocionales establece que presento estado anímico de tristeza en relación a la situación vivida, hubo una negación de recordar ciertos hechos, habían ideación suicidas, todos estos indicadores arrojaron que estaba en un estado depresivo en relación a lo que había vivido. PREGUNTA: ¿Al momento de realizar la evaluación, que específicamente le manifestó en el área sexual? RESPUESTA: Ella me refirió que su primera monarquía fue a los 11 años y que había indicio sexual en relación a la situación vivida solamente me refirió eso a pesar de que tenia una relación de noviazgo no me refirió que tuviera relaciones sexuales con el. PREGUNTA: ¿Como la observo a ella? RESPUESTA: la note triste preocupada ante lo sucedido, indicadores de tristeza, depresión, ante una situación que la tenia bajo un estado depresivo, si nos vamos a esa edad el estado de depresión que no le permitía tomar decisiones relacionarse afectivamente hacia el área social. PREGUNTA: ¿Cuando refiere que dice presenta funcionamiento intelectual promedio? RESPUESTA: Es acorde a su edad es una persona con un coeficiente intelectual a su edad. PREGUNTA: ¿Como fueron los indicadores de la personalidad de (SE OMITE IDENTIDAD)? RESPUESTA: Su actitud fue aunado a estos sentimientos fue introvertida, a la defensiva, se evidencio cierta ideación suicida ideas de tristeza que giraron en torno a la situación. PREGUNTA: ¿Refirió que ella se negó a decir la versión de los hechos, usted cree que no volverlo a recordar pudo ocasionar alguna represión por lo vivido? RESPUESTA: Si todo ser humano puede reaccionar de cualquiera manera donde existe varias áreas se ven afectadas, áreas emocionales, el hecho de que una persona no quiera recordar lo sucedido con el hecho de no volver a vivir lo sucedido se espera que pase este tipo de cosas en la adolescencia, y el hecho de recordar eso es como volver a vivirlo, otra vez estar triste, deprimida, PREGUNTA: ¿sentimiento no deseado? RESPUESTA: Exactamente el no querer recordar, suprimo esa información para que no me cause daño. PREGUNTA: ¿Cuando hable de que tiene ideas suicidas a consecuencia de que indicador tiene estas ideas, que pudo originar esa depresión? RESPUESTA: Una situación que le genere tensión puede llevarlo a esto si no esta bien manejado, y caigo otra vez en esa etapa de adolescencia de amenazas puede llevar a cabo a un estado de depresión PREGUNTA: ¿Según sus conocimientos científicos y sus máximas de experiencia (SE OMITE IDENTIDAD)mintió sobre lo que vivió, lo que le expreso? RESPUESTA: No, considero que no, si hubiese sido así lo reflejo en el informe. PREGUNTA: ¿Que conclusiones le llevo a usted la evaluación de (SE OMITE IDENTIDAD)? RESPUESTA: Concluí que había indicadores de patología mental y estado de reacción depresiva. PREGUNTA: ¿Y el diagnostico y recomendaciones? RESPUESTA: reacción depresiva y sugerí intervención especializada. PREGUNTA: ¿Una persona que es abusada sexualmente de manera consumada a los 13 años de manera reiterada y después que procrea un hijo cree que esta nueva relación sentimental aun así ese sentimiento esa depresión puede abordarla a ella en cualquier momento? RESPUESTA: Totalmente es factible si eso no se interviene a tiempo va a arrojar otra sintomatología una persona que no tuvo ayuda y a pesar de que tuvo apoyo familiar, de decir intrínsecamente de salir adelante puede presentar de hecho se ha dado en que ciertos momentos hay rechazos hacia la pareja, hay cierta angustia de situaciones de acercamiento con la pareja y la desconfianza en el área social si no fue abordado en su momento. PREGUNTA: ¿Suscribe usted el informe? RESPUESTA: si es mi firma y el sello de la institución a la cual represento. ES TODO.
LA DEFENSA PUBLICA ABG. ADIB DIB: PREGUNTA: ¿puede indicar como se pudo determinar que la victima tuvo esa reacción depresiva? RESPUESTA: Las técnicas que se utilizan para el abordaje psicológicos son pruebas confiables y esto a su vez se hace una entrevista clínica, con una observación y las técnicas, son prueba técnicas y la entrevista una vez corregidas las pruebas y hacer el informe como tal es lo que me permite dar un diagnostico. PREGUNTA: ¿Por qué deduce en esa reacción depresiva? RESPUESTA: Puesto que observe los indicadores emocionales y toda la información en cuanto a sus antecedentes por supuesto hubo una coherencia en la relación de los hechos y corrobore esto en los indicadores que arrojaron las pruebas. PREGUNTA: ¿Es decir que a través de esa prueba se puede determinar esa reacción depresiva e ideas de suicido? RESPUESTA: La reacción depresiva tiene que ver con un estado anímico depresivo como consecuencia de una situación que genera ansiedad, angustia, estrés, etc, el hecho de que la persona tenga ideas suicidas tiene que ver con el estado depresivo, son dos cosas diferentes, en este caso había esas ideas suicidas. PREGUNTA: ¿Que tipo de tratamiento recibió? RESPUESTA: Lo desconozco, recomendé que se interviniera un tratamiento especializado. PREGUNTA: ¿Con esa evaluación solo se determina esa estado anímico de la victima? RESPUESTA: Si hay enfermedad mental trastornos de la niñez hasta trastornos sicóticos esta reacción depresiva abarca estado anímico tiene que ver con signos y síntomas que durante un tiempo prolongado me permite ver que existe este estado depresivo por eso concluyo que si había indicadores de patología mental. ES TODO.
EL JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO DR. GUILLERMO INFANTE LUGO, REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿en cuanto a la ansiedad que puede tener una persona puede guardarlo por muchos años y puede ser detectado o depende de la persona o acontecimiento, de la edad? RESPUESTA: Todo eso, depende de la edad, las características intrínsecas, el acontecimiento que puede estar enfrentando, varia en muchos factores, edad, características y el acontecimiento. PREGUNTA: ¿Pueden pasar años y es detectable? RESPUESTA: Si, si es una persona con características controvertidas puede tener ansiedad por el mismo hecho de que yo me guarde todo esta situación puede generar en mi muchas cosas que a la final que cierta situación haga que lo exprese de manera inadecuada. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL DE LA MÉDICO FORENSE
La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia este juzgado le da valor probatorio al testimonio del experto en los términos que de tales deposiciones se desprende. ASI SE DECLARA.
DOCTORA MARIA DI PAOLA CARRILLO
La Testimonial de la Dra. MARIA DI PAOLA CARRILLO, MEDICO Experta adscrita al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica del Estado Zulia, EN SUSTITUCION DE LA DRA. HILDA LING YANEZ, quien se encuentra jubilada, de conformidad con lo establecido en el articulo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le coloco de manifiesto 1. RECONOCIMIENTO MEDICO FORENSE SIGNADA CON EL Nº 9700-168-6396, DE FECHA 28-07-2011, PRACTICADO EN FECHA 27-07-2011, A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD), y 2. RECONOCIMIENTO MEDICO FORENSE SIGNADA CON EL Nº 9700-168-6397, DE FECHA 28-07-2011, PRACTICADO EN FECHA 22-07-2011, A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD), de conformidad con lo establecido en los artículos 228, 341 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestando que es venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-……………….., expuso:
“en relación al RECONOCIMIENTO MEDICO FORENSE SIGNADA CON EL Nº 9700-168-6396, DE FECHA 28-07-2011, PRACTICADO EN FECHA 27-07-2011, A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD) la suscrita experta Hilda Ling quien se encuentra jubilada hace la siguiente experticia: Al examen ginecológico se aprecia: Genitales externos normales, himen de forma anular de bordes festoneado. Desgarro antiguo, cicatrizada en hora seis, según las agujas del reloj. Sin lesiones ni huellas de haberlas recibido. Examen ano-rectal estado de los pliegues normales. Tono del esfínter conservado. Conclusión Desfloración antigua motivo por el cual no puedo precisar fecha de consumación y ano rectal normal; y en relación al RECONOCIMIENTO MEDICO FORENSE SIGNADA CON EL Nº 9700-168-6397, DE FECHA 28-07-2011, PRACTICADO EN FECHA 22-07-2011, A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD) en cuanto al examen se aprecia Genitales externos normales, himen de forma anular de bordes festoneado, desgarros antiguos cicatrizados en hora tres, siete y nueve, según las agujas del reloj, fecha de la ultima regla 18.07.2011, sin lesiones ni huellas de haberlas recibido, examen ano-rectal estado de los pliegues normales, tono del esfínter conservado. Conclusión, desfloración antigua motivo por el cual no puedo precisar fecha de consumación, ano rectal normal, es todo”. “para el día 16.12.2011 realice evaluación psicológica a la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD) de 18 años de edad donde de acuerdo a las técnicas utilizadas en la evaluación concluí que para ese momento había indicadores significativos de patología mental dando una reacción depresiva y sugiriendo tratamiento especializado, es todo”.
LA FISCALIA, FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: En relación al RECONOCIMIENTO MEDICO FORENSE SIGNADA CON EL Nº 9700-168-6396, DE FECHA 28-07-2011, PRACTICADO EN FECHA 27-07-2011, A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD): PREGUNTA: ¿En qué fecha se realizo ese examen médico y a quien? RESPUESTA: Wendy Mar Granadillo el 22.07.2011. PREGUNTA: ¿qué edad tenía (SE OMITE IDENTIDAD)? RESPUESTA: 15 años de edad. PREGUNTA: ¿Explique con sus máximas de experiencias y sus conocimientos que significa para usted el numeral dos que se refiere a himen de forma anular de borde festoneado. Desgarro antiguo cicatrizada en hora seis según las agujas del reloj? RESPUESTA: las características del himen son contorneadas cuando habla desgarro antigua cicatrizado en hora 6 tiene un desgarro antiguo mas de 8 días. PREGUNTA: ¿qué diferencia hay entre una Desfloración antigua y la reciente? RESPUESTA: La antigua se ha producido un desgarro que ha tenido su proceso de cicatrizar cuando es reciente dependiendo de la data del desgarro es menor de 8 días vemos los bordes si es una desfloración recientísima menor de 48 horas están rojos tiene características de una herida y cuando esta entre 5 y 8 días vemos el proceso de cicatrización que los bordes están en proceso de cicatrización. PREGUNTA: ¿Cuándo dice Cicatrizado en hora 6, según sus conocimientos cuales son las horas cuando se producen violaciones? RESPUESTA: No hay una hora que sea precisa donde hay una zona mas sensible de la membrana en esa zona se va a ver el desgarro. PREGUNTA: ¿Conoce usted Hilda Ling? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Conoce la firma? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Si la firma que suscribe el informe de (SE OMITE IDENTIDAD) es la firma de la Dra Hilda? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Tiene el sello húmedo de la medicatura forense? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Lo reconoce como sello de medicatura forense? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Cuando exista una relación sexual consumada que haya ocurrido sin el consentimiento entre 6 o 5 años antes del momento que se realizo la medicatura cual seria las conclusiones? RESPUESTA: Va a depender del tiempo que hayamos hecho el examen. PREGUNTA: ¿Si se hizo el 22.07.2011 y ocurrieron los hechos 5 años atrás cual seria las conclusiones? RESPUESTA: Para hablar desfloración antigua mas de 8 días ya es desfloración antigua. Ahora bien, en relación al RECONOCIMIENTO MEDICO FORENSE SIGNADA CON EL Nº 9700-168-6397, DE FECHA 28-07-2011, PRACTICADO EN FECHA 22-07-2011, A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD): PREGUNTA: ¿En el numeral dos cuando dice himen de forma anular con bordes festoneado, desgarros antiguos, cuando se refiere cicatrizado en hora 3, 7 y 9 puede tener un indicador por la hora? RESPUESTA: Lo que puede pasar en base a la constitución de ese himen, a lo mejor hubo un solo desgarro porque es más elástico, tiene más soltura, es más grueso y solo sede un solo sitio, va a depender de la constitución, si es más joven, más delgada, pero nos va a permitir ver si es violación o no. PREGUNTA: ¿Con respecto a las conclusiones cuando dice desfloración antigua podemos determinar que ocurrió hace más de 8 días? RESPUESTA: Cuando es mayor de 8 días puede ir de 8 días a años, por eso no se puede confirmar la data a diferencia que si es reciente podemos decir si tiene 3 o 4 días tiene menos de 8 días, desfloración antigua va desde 8 días mayor de eso. PREGUNTA: ¿Observa que lo suscríbela Dra Hilda? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Ratifica la firma? RESPUESTA: si. ES TODO.
LA DEFENSA PUBLICA ABG. ADIB DIB: PREGUNTA: ¿indique al tribunal para determinar desfloración antigua? RESPUESTA: Mayor de 8 días PREGUNTA: ¿Es decir que a través del examen practicado no se puede determinar el tiempo de la desfloración? RESPUESTA: No podemos precisar la data. PREGUNTA: ¿Puede indicar la fecha del examen practicado a (SE OMITE IDENTIDAD)? RESPUESTA: el 22.07.2011. PREGUNTA: ¿a través de las horas que indica en el particular segundo 3.7.9 se puede determinar si tuvo relaciones con diferentes personas? RESPUESTA: No tiene nada que ver, donde se ubique el desgarro es distinto al número de parejas que haya tenido, de su constitución de la parte anatómica del mismo, puede depender del tamaño del himen y del pene, pero no va a determinar numero de pareja. ES TODO.
. EL JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO DR. GUILLERMO INFANTE LUGO, REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿podríamos decir que el desgarro de un himen se clasifica antes de los 8 días reciente y después antiguo, en el caso de que se produzca una penetración hace 10 o 15 años ese rasgo permanece independientemente de que la persona no haya tenido otra relación sexual? RESPUESTA: Después que se produce ese desgarro queda por el transcurrir del tiempo, si solo tuvo un contacto sexual donde tuvo la desfloración esa desfloración no se va a borrar, cicatriza el desgarro. PREGUNTA: ¿No puede decir el tiempo pero si que sucedió? RESPUESTA: Si exactamente. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL
La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia este juzgado le da valor probatorio al testimonio del experto en los términos que de tales deposiciones se desprende. ASI SE DECLARA.
LA TESTIMONIAL DE LOS FUNCIONARIOS ACTUANTES
1) Testimonio del Oficial Actuante AUDIO ACOSTA, Oficial adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Municipio Mara del Estado Zulia, a quien se le coloco de manifiesto el ACTA DE INSPECCION TECNICA DE SITIO, de fecha 28-07-2011, suscrita por los funcionarios AUDIO ACOSTA Y ALBIN MENDEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, 341 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestando que es venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-12.999.397, en su carácter de TESTIGO DE LA FISCALIA. A continuación, se le toma el juramento de Ley y se le impone de lo contenido en el artículos 242 Y 245 del Código Penal referidos al FALSO TESTIMONIO, quien expuso lo siguiente: “mi actuación como tal fue que yo llegue, se me comisiono al llegar al sitio de la inspección técnica en la vivienda en el acta esta especificado en que condiciones se encontraba el sitio, había un sitio donde el ciudadano tenia santos en un cuartito aparte, estaba hecho como en lata, su cama se encontraba en la sala, aparte de la entrevista que tuve con el ciudadano quien permitió hacer la inspección del sitio, es todo”.
LA FISCALIA, FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:
PREGUNTA: ¿en el momento de practicar el acta de inspección técnica específicamente cual fue su actuación? RESPUESTA: Mas que todo como técnico. PREGUNTA: ¿Conjuntamente con quien la practicó? RESPUESTA: con Albin Méndez. PREGUNTA: ¿Aparece en el acta su firma? RESPUESTA: Si PREGUNTA: ¿ratifica su firma? RESPUESTA: Claro que si. PREGUNTA: ¿indique la fecha en que la practico? RESPUESTA: Es la misma fecha que se manifiesta en el acta 28.07.2011 cual fue el lugar donde se dirigió a practicar el acta? RESPUESTA: Sector los Eses Parroquia Tamare Municipio Mara. PREGUNTA: ¿Quien ordeno que la practicara? RESPUESTA: En este caso la fiscalia 33 con el oficio Nº 0549 del mismo año. PREGUNTA: ¿Al momento de trasladarse quien lo recibe en la vivienda? RESPUESTA: El ciudadano. PREGUNTA: ¿Como se llamaba? RESPUESTA: Benito Felimon Ortiz Fonseca. PREGUNTA: ¿Le manifestaron cual era su actuación? RESPUESTA: Claro que si. PREGUNTA: ¿Al momento de entrar especifique las características de la vivienda? RESPUESTA: Al principio tomamos como punto de referencia como una iglesia que estaba por allí y tomamos las fijaciones fotográficas de la vivienda parte frontal, lateral, interna, donde dormía el ciudadano y la parte donde aparentemente había ocurrido el hecho y su santuario. PREGUNTA: ¿Indique las Características del santuario? RESPUESTA: Había santos, velas PREGUNTA: ¿que tipo de imágenes? RESPUESTA: No puedo identificarlas como tal. PREGUNTA: ¿Esa pieza donde se encontraba ese altar estaba dentro de la vivienda o estaba a un lado? RESPUESTA: Al salir a la parte trasera tenía el cuartito pequeño donde tenía su altar. PREGUNTA: ¿Habían camas? RESPUESTA: No en ese momento no, habían mesas, estaban los santos, habían botellas de liquido, no se que liquido, velones, flores, la cama estaba en la sala. PREGUNTA: ¿Cuantas habitaciones tiene la vivienda? RESPUESTA: Entrando tenia su cama allí en la sala. PREGUNTA: ¿Especifique como era esa casa? RESPUESTA: Como lo dice, en varios sitios a eso le llaman hato donde no tenia como sus cuartos, sino su cama en la sala. PREGUNTA: ¿Nada mas estaba el señor Benito Ortiz, no habían otras personas allí? RESPUESTA: No recuerdo bien. PREGUNTA: ¿Ratifica el escrito del acta de inspección? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Refiere que al momento de llegar a la vivienda cuantos metros tenía la habitación Y de que estaba construida la vivienda? RESPUESTA: La vivienda en general un aproximado donde presuntamente sucedieron los hechos, un escaparate que tenia donde guardaba sus objetos personales. ES TODO
LA DEFENSA PUBLICA ABG. ADIB DIB FORMULO LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿usted refiere que antes de llegar a la vivienda toma como punto de regencia a que? RESPUESTA: Es una iglesia de San Benito, como una capillita. PREGUNTA: ¿Puede indicar cuantos cuartos tiene ese hato o vivienda? RESPUESTA: para identificar me recuerdo que la cama estaba en la sala y el cuarto donde tenia las imágenes de adoración del ciudadano mas sin embargo el ciudadano estuvo presente. PREGUNTA: ¿Es un espacio abierto, tiene cuarto? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Que distancia hay entre ese cuarto a esa vivienda? RESPUESTA: Esta a unos escasos metros, no esta separada, la habitación donde tenia el altar es como abrir la puerta del fondo y ahí mismo esta el altar. PREGUNTA: ¿En ese lugar donde observó la cama había algún televisor? RESPUESTA: No, un abanico que tenia a su alrededor, varias cajas, sillas que tenia en el pasillo, tenia un pequeño cuartito ahí no tenia puerta, las puertas principales si las tenia, el del cuartito donde tenia el altar también de madera con zinc. PREGUNTA: ¿Que pudo observar alrededor de la vivienda? RESPUESTA: Es un espacio abierto, tiene terreno. PREGUNTA: ¿Había enramada? RESPUESTA: En la parte izquierda creo que tenia una ahí conversamos el señor y yo. ES TODO.
EL JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO DR. GUILLERMO INFANTE LUGO, REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿en ese pequeño cuarto que usted dice que vio en la parte de atrás observo si tenía ventanas? RESPUESTA: Tenia una sola entrada y salida PREGUNTA: ¿tenia electricidad? RESPUESTA: No lo note, como hicimos la inspección en el día plasmando en el acta que tenia luz natural. PREGUNTA: ¿Y en ese caso ese cuarto estaba claro u oscuro? RESPUESTA: Estaba claro. PREGUNTA: ¿no se acuerda si observo ventanas? RESPUESTA: No de verdad que no, ahora estoy recordando es que tenemos varios casitos que son así por violación, recuerdo que tenía una ventana de color gris, con marco de madera. PREGUNTA: ¿Se recuerda si estaba cerrada o abierta? RESPUESTA: Debió estar cerrada y era de lata lisa. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL DEL OFICIAL ACTUANTE -
La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal. Este Órgano Jurisdiccional Especializado del análisis realizado a la presente Prueba Judicial, observa que la misma se basa en una Prueba Testimonial realizada por el funcionario AUDIO ACOSTA, Oficial adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Municipio Mara del Estado Zulia, por lo que este Juzgado concede el mérito probatorio en los términos que de tales deposiciones se desprende. ASI SE DECLARA.
2) Testimonio del Oficial Actuante ALBIN MENDEZ, Oficial adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Municipio Mara del Estado Zulia, a quien se le coloco de manifiesto el ACTA DE INSPECCION TECNICA DE SITIO, de fecha 28-07-2011, suscrita por los funcionarios AUDIO ACOSTA Y ALBIN MENDEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, 341 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestando que es venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-16.016.810, en su carácter de TESTIGO DE LA FISCALIA. A continuación, se le toma el juramento de Ley y se le impone de lo contenido en el artículos 242 Y 245 del Código Penal referidos al FALSO TESTIMONIO, quien expuso lo siguiente: “ese día fui comisionado por la fiscalia para hacer la inspección en relación a lo investigado en el Sector las Eses en Tamare, al llegar nos entrevistamos con el señor, entramos, ubicamos el sitio exacto donde se presumía se había cometido el hecho donde nos mandaron hacerla, de cómo era el lugar, el cual se describió en la inspección, donde aparecían una habitación que funge como un altar ya que no había objetos que presumía que era habitación solo un altar, donde se presumía se trabajaba de brujería ya que había varias imágenes, se describió todo el sitio y la vivienda, se recolecto un punto de referencia que fue la Iglesia San Benito y nos retiramos del lugar, es todo”.
LA FISCALIA, FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿Cual fue su función en esta inspección? RESPUESTA: Describí el sitio donde las adolescentes habían manifestado que se cometió el hecho. PREGUNTA: ¿Descríbame el sitio donde realizó esa inspección técnica? RESPUESTA: Era una cerca delimitada de alambre de púa de color de madera, fuimos al patio, le explicamos el motivo de porque estábamos presentes y no colocaron negativa, es una vivienda de bloque color rojo, la puerta era de lamina, al ingreso visualizamos el lugar donde s presumía se cometió el hecho había escaparate, un altar, ventana, el altar donde habían varias imágenes, velones, piso rustico de color gris, techo de laminas de zinc PREGUNTA: ¿Esa habitación que es un altar estaba dentro de la vivienda o fuera de la vivienda? RESPUESTA: Nos enfrascamos en describir la vivienda al ingresar a mano izquierda estaba PREGUNTA: ¿hay acceso desde el interior o hay que entrar por fuera a ese cuarto? RESPUESTA: No, esta la sala, al final de la vivienda, es como la ultima habitación, estaba del interior. PREGUNTA: ¿Tomo fotografías de eso? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Dentro de la vivienda se encontraba el cuarto del altar? RESPUESTA: La vivienda era como aislado, el sitio era más que todo para trabajo. PREGUNTA: ¿Que tipo de imágenes habían allí? RESPUESTA: Maria Lionsa, la virgen del carmen, varios indios. PREGUNTA: ¿Le consta que se practica brujería en esa habitación? RESPUESTA: Si, por las imágenes. PREGUNTA: ¿Como se llama el propietario del inmueble? RESPUESTA: Es el señor Benito. PREGUNTA: ¿Luego de practicada la inspección en la vivienda verifico las medidas y la circunferencia del inmueble? RESPUESTA: Hicimos una presunción, son 6 metros de largo por 4 metros de ancho PREGUNTA: ¿Habían otras viviendas? RESPUESTA: La mas cercana era la iglesia de san benito que queda al frente. PREGUNTA: ¿Que tan cercano? RESPUESTA: Al otro lado de la avenida. PREGUNTA: ¿La vivienda era como un hato? RESPUESTA: Si, manifestamos que a sus extremos era desprovista de vivienda, era desolada. PREGUNTA: ¿En que fecha practico la Inspección? RESPUESTA: el 28 de julio. PREGUNTA: ¿conjuntamente con quien? RESPUESTA: Con Audio Acosta. PREGUNTA: ¿Suscribe esa acta, reconoce que es su firma? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿La Ratifica? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Y las fotografías también? RESPUESTA: Si. ES TODO.
LA DEFENSA PUBLICA ABG. ADIB DIB FORMULO LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿el señor Benito Ortiz le presto la colaboración? RESPUESTA: Si le manifestamos el motivo y el no nos puso ninguna presión, nos presto colaboración y nos permitió la entrada. PREGUNTA: ¿Que otra persona se encontraba en ese momento? RESPUESTA: que yo recuerde con el señor Benito. PREGUNTA: ¿De cuantos cuartos constaba la vivienda? RESPUESTA: Describimos que fue una habitación y que nos enfrascamos mas en el cuartito donde se presumía que allí se había cometido el hecho. PREGUNTA: ¿Cuando entran a la vivienda que observan? RESPUESTA: La sala, como una habitación debe ser donde dormía el señor benito, luego nos dirigimos hacia el sitio. PREGUNTA: ¿Ese sitio donde refiere que esta el altar esta detrás de la vivienda aparte o conforma la vivienda? RESPUESTA: Es la misma vivienda pero queda al ladito. PREGUNTA: ¿Esta en la parte de adentro de la vivienda? RESPUESTA: De adentro no sino de a un costado. PREGUNTA: ¿Que distancia aproximadamente había entre ese cuarto del altar y el cuarto del señor benito? RESPUESTA: Como tres metros. PREGUNTA: ¿Puede manifestar que objetos visualizaron dentro de la vivienda? RESPUESTA: Muchas imágenes, velones, ramas, un altar especifico, donde están las imágenes, velones. PREGUNTA: ¿Aparte de imágenes, habían electrodomésticos, televisores? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Cerca de la vivienda existía alguna enramada? RESPUESTA: Que recuerde no. PREGUNTA: ¿Donde se encontraba la cama del señor benito? RESPUESTA: Dentro de la vivienda en una habitación. ES TODO.
EL JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO DR. GUILLERMO INFANTE LUGO, REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿además de las características que ya dio de ese cuarto que recuerda usted, recuerda otra característica de ese sitio? RESPUESTA: El techo de lámina de zinc, las puertas estaban como hechas naturalmente sin ningún tipo de conocimiento, soporte de madera, paredes rusticas, desprovista de friso, desolado, de bloque rojo, PREGUNTA: ¿es lo que recuerda? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿Recuerda alguna ventana? RESPUESTA: Si sobre todo del lado del altar que funge como ingreso de ventilación. PREGUNTA: ¿Había electricidad? RESPUESTA: No recuerdo. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL DEL OFICIAL ACTUANTE -
La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal. Este Órgano Jurisdiccional Especializado del análisis realizado a la presente Prueba Judicial, observa que la misma se basa en una Prueba Testimonial realizada por el funcionario ALBIN MENDEZ, Oficial adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Municipio Mara del Estado Zulia, por lo que este Juzgado concede el mérito probatorio en los términos que de tales deposiciones se desprende. ASI SE DECLARA.
TESTIMONIAL DE LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD)manifestando que es venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-……………………, en su carácter de TESTIGO DE LA FISCALIA. A continuación, se le toma el juramento de Ley y se le impone de lo contenido en el artículos 242 del Código Penal referidos al FALSO TESTIMONIO, quien expuso lo siguiente: “yo estoy aquí porque en primer lugar quiero que se haga justicia por que él me hizo, lo que paso siendo niña estudiando en la escuela el señor era muy amigo de mi papa, mi hermanito se enfermo de mal de ojo supuestamente, ante ese problema el señor le dijo a mi papa que lo llevara a su casa por que sino se podía morir, y le dijo que llevara a una marina para poder hacer todo el proceso para que mi hermano se compusiera, él mi mama y mi papá fueron la primera vez, ellos estuvieron presentes, el señor le hizo sus rezos, luego a mi y me hizo que jurara, a mi cosas que no podía decir después que mi mama y mi papá saliera, ellos salieron y yo me quedé con mi
hermanito, él empezó a pedirle y rezar a sus santos para que mi hermanito estuviera bien, nos fuimos, luego volvimos a ir con mi hermanito sola, mi papa me llevo y el señor le coloco a mi papá al primer cuarto de adelante con un televisor bien grande con bastante películas, una cama, una silla para que él se entretuviera mientras yo estaba con mi hermano en ese cuarto, luego me dijo que se lo llevara a mi papa y que me fuera otra vez allá, cuando regreso al cuarto me dice que tenia que hacerme algo que no podía decir a nadie, me dice que me quiete la franela primero que yo lo hiciera, luego me empieza a tocar, a manosear, me dice que me quiete el brasier, porque sino tu hermanito se puede morir yo como era niña lo hice, entonces el empezó a tocarme los senos eso me beso todo el cuerpo y me dijo que me callara y por miedo que a mi hermanito le fuera ocurrir algo yo vine y me calle pensé que era normal o no se, no sabia o no tenia el conocimiento, entonces volvió otra vez y le dijo a mi papa que tenia que seguir yendo, recuerdo que iba tres veces a la semana en esa semana mi hermanito iba y el hacia lo mismo me tocaba me manoseaba y después que hacia eso me sacaba de ese cuarto y el decía que me tenia que hacer unos baños y el baño estaba ahí donde todos vieran el me bañaba delante de sus hijos, su mujer, con el tiempo me acosaba me decía cosas como que si decía algo tu hermano se puede morir y a mis papas le podía pasar algo si hablaba, yo tenia miedo y por eso callaba, en la escuela el iba se aparecía ahí me mandaba a llamar pero cuando veía que el empezaba a decirme cosas me iba de nuevo al salón y después iba y mi papa vendía chicha y el le decía que tal día iba para allá para que tal día me llevara a su casa, no decía nada porque no sabia lo que me iba a pasar y yo iba y mis amigas de la escuela me decían porque ese señor me iba a buscar y yo callaba y no decía nada, así pasaron los días, yo no me había desarrollado era una niña, el me llama, le ponía películas a mi padre, para que se quedara allí, mi papa creía en el porque era su amigo desde que lo conoció se hicieron amigos y mi papa confiaba, yo entre iba cumpliendo los 12 años el señor me dice que me acueste que me quite toda la ropa y me da algo de beber yo me puse mareada no era la misma estaba como dormida, me la quiete, me dijo que me acostara en el piso del cuarto, me puso un trapo en la cara, yo no veía lo que me iba a hacer, cuando me acosté en el piso yo sentí molestia en mi parte y mi cuerpo no me respondía el solo me decía que me quedara tranquila que el no iba a hacer nada y yo inocente creí eso, pero el dolor era grandísimo, cuando el me dice que me levante que me ponga la ropa ya el estaba vestido yo me vestí le dije que me estaba haciendo, yo me preguntaba porque, pero solo me decía que me quedara callada, mi papa viendo películas el no se daba cuenta de las cosas, no era igual, mi cuerpo no me reaccionaba bien, después me decía vamos hacerte el baño afuera, mi papa viendo prelícualas y el no sabia nada y así fueron varias veces hasta que un día fue a mi casa y me amenazó le dije que iba a hablar porque ya no aguantaba lo que me estaba haciendo y me dijo que yo no tenia moral para decir nada de eso, y yo le decía que no quería nada con el que me dejara tranquila y que si me seguía acosando, me amenazaba me decía que iba a ser cualquier cosa para que mi hermanito se pusiera mal de nuevo hasta que se muriera, entonces pasaba los días y era lo mismo y luego fue en mi casa como mi mama y mi papa trabajaban mis hermanos estudiaban yo me quedaba sola porque mi padre trabajaba también, aprovechaba que yo estaba sola y me amenazaba y me decía que si no lo hacia mi mama se iba a morir y le decía que yo no quería eso y que yo quería mucho a mi madre, yo no podía hablar, mi familia sospechaba porque el iba hasta allá mientras yo estaba sola, yo le quería sacar el cuerpo pero el con sus amenazas me ponía tan mal con miedo de perder a mis familiares, cuando iba a salir de 6to grado mi sueño era estudiar ser policía, pero el me decía que a donde yo fuera el iba estar detrás de mi que iba a ir al liceo a buscarme, me daba miedo porque no quería que siguiera haciéndome lo mismo y mi mama me pregunto que si yo quería estudiar le decía que no dentro de mi aunque quisiera no podía porque el quería estar encima de mi acosándome y yo le dije que no y deje pasar esa oportunidad, con el tiempo mi hermanita Wendy quien tenia 9 años le dijo que la veía muy enferma, le dijo a mi padre y yo no pensé que el le fuera hacer lo mismo a mi hermana, le dijo a mi padre que la llevara porque la veía mal y si no hacia nada por ella se iba a morir ,el la llevo y después que me hizo lo que me hizo la mando a llamar a ella, fueron varias veces que la llevo mi papa cada vez que el llegaba el le ofrecía ver películas y se acostara ahí, le daba lo que el quisiera, a mi hermanita también le hacia lo mismo, lo presentía pero nunca le pregunte, con el tiempo iba a la casa llevaba comida porque sabia que mis podares no estaban en condiciones de darnos todo lo que pidiéramos, el les ofrecía cobres y dentro de mi decía esto era para pagar su conciencia por lo que me hizo a mi y así fueron pasando los días, una vez lo quise decir pero cuando quise decirlo siempre estaba ahí amenazándome y yo con miedo de que me fuera hacer algo callaba y me tragaba ese dolor y esas ganas inmensas de decirles a mis padres que no quería ir, mis padres no se daban cuenta porque ellos trabajaban, ellos llegaban a las 6.00 PM y ellos no veían mi tristeza sino que llegaban cansados a acostarse y no veían el desespero y las ganas de decirles lo que estaba sucediendo, en mis 15 años estuvo ahí ofreciéndole de todo a mi familia, ese día estuvo ahí y me miraba y yo tenia mucho miedo de que me fuera hacer algo, yo decía que le iba decir a mi familia que yo no lo quería allá y que yo le había dicho a mi familia que yo no lo quería, con el tiempo le decía que si no me dejaba tranquila yo iba a hablar y el renuente ahí, yo Salí y me lo encontraba a todas partes y yo siempre tenia que estar huyendo, luego mi mama me convenció a mis 16 años de estudiar en las misiones, me fui a estudiar para entretenerme y el ahí le decía a mis padres que me llevaran, pasaba un mes y decía que fuera, entré en ese cuarto y el me dio algo de tomar y me lo tome, mi cuerpo se adormecía, me acostaba en el piso, me tapaba la cara cuando el trapo se me cayo me estaba penetrando e intentaba quitármelo de encima y no podía, y yo de saber le dije a mi papa que no iba mas para allá y lo que me estaba haciendo me sentí tan mal, luego me llevaba a casa de mis padres y me sentía como si no valiera nada por lo que me había hecho a mi, quería decírselo a mis padres pero me decía que si se lo decía iban a sufrir mucho, no quería que ellos supieran lo que yo estaba sintiendo, estaba terminando bachillerato y el se aparecía en esa escuela, pasaba, iba saliendo de mi casa y el llegaba a amenazarme a decirme cosas y yo lo esquivaba salía para otro lado y me amenazaba hasta que un día tuve mi novio para que el me dejara tranquila y todavía así el estaba detrás de mi, me amenazaba y le decía que no quería nada con el que me dejara tranquila y el con el tiempo se fue alejando pero siempre iba a la casa a llevar comida, y el como veía que yo salía a otro lado el se iba, no podía decir nada porque el me amenazaba, mis padres no sabían y unos de mis hermanos mayores se daba cuenta de eso, lo que el no sabia era que ya lo había hecho, saliendo de ser bachiller como le agarre confianza a mi novio le dije lo que me había pasado y me dice que hablara porque el tenia que pagar todo lo que me había hecho, me convenció y me ayudo a creer en dios, porque yo no creía en dios de tantas cosas que me habían pasado y fuimos a donde mis padres y le conté lo que había pasado y le dije a mi madre que me iba a ir de ahí, el siempre se burla de mi por lo que me hizo, y acordate porque si no pagas aquí allá hay un dios en el cielo (refiriéndose la testigo al acusado de autos), mi madre me dijo que si me iba me olvidara que tenia una madre, pero no me quería escuchar y mi padre que era al que mas le tenia confianza y le dije papi Benito me violo y el no lo podía creer y me dijo eso es verdad y le dije si y cuando ellos salieron a su casa a buscarlo les negó todo, les dijo que era mentira y mi hermana Wendy me dice llorando que el también le había hecho lo mismo y le decía no puede ser y ella me decía si, si el me toco y me hizo lo que te hizo a ti, mis padres no sabían que el había hecho lo mismo y cuando llegan a su casa y le digo a mi mama que el también le había hecho lo mismo a mi hermana y mi papa estaba destrozado pero lo podía creer el estaba destrozado, y ese día fuimos a denunciarlo en Polimara, estuvo presente mi familia, mi novio y todavía lo están me están apoyando a pesar de tantas cosas que están pasando, eso no lo olvido esta en mi mente y mi novio esta conmigo dándome su apoyo gracias a el tenemos dos hijos, me dio la esperanza para que se haga justicia por lo que me hizo a mi y a mi hermana, y aquí estoy confiando en dios de que así va a ser por el sufrimiento y dolor que me hizo causar, siendo una niña de 11 años, hasta hoy en día he llevado esa pasadilla conmigo pero no pierdo la fe , es todo”.
LA FISCALIA, FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿cuando fue el momento o edad que tenías cuando decidiste denunciar al señor Benito Ortiz? RESPUESTA: 18 años. PREGUNTA: ¿Los primeros años 11, 12, 13,14, hasta los 18, durante esos años abusaba de ti EL SEÑOR Benito? RESPUESTA: Si, hacia eso durante varios días hasta los 18 que pude tener esa fuerza de enfrentar lo que estaba pasando y hablar. PREGUNTA: ¿Al momento que te lleva a los 11 años porque tu hermanito estaba enfermo, el que le dijo a tu papá porqué tenia que llevarte a ti? RESPUESTA: El solo dijo que tenía llevarme porque tenía que ser la madrina del niño porque tenía un mal de ojo. PREGUNTA: ¿Que edad tenía tu hermanito para ese momento? RESPUESTA: 1 año. PREGUNTA: ¿Para esos primeros años fueron tocamientos o ya empezó a penetrar? RESPUESTA: los Primeros días el me tocaba, me acostaba en el piso y me tapaba la cara pero a los 15 que pude voltear la cara vi lo que en realidad hacia que me penetraba. PREGUNTA: ¿Y antes de penetrar el te daba a beber algo? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Qué te daba de tomar? RESPUESTA: un trago que perdía las fuerzas. PREGUNTA: ¿Lograste verlo, qué sabor tenia? RESPUESTA: era amargo. PREGUNTA: ¿Siempre que ibas te daba esa bebida? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿En que lugar hacia eso? RESPUESTA: al fondo de su casa tenia un cuarto el ultimo. PREGUNTA: ¿Explícanos como era esa casa? RESPUESTA: El cuarto estaba al fondo. PREGUNTA: ¿Tuvieron testigo que lo presenció? RESPUESTA: Solo una persona que lo ayudaba la hermana de su mujer pero no veía lo que me hacia PREGUNTA: ¿después que abusaba de ti que te decía? RESPUESTA: Me amenazaba que no dijera nada por que mi hermanito podía morir. PREGUNTA: ¿Cuando te enteras que a tu hermana le ocurrió lo mismo? RESPUESTA: Cuando decidí hablar y decir la verdad a mis padres. PREGUNTA: ¿Qué edad tenía tu hermana cuando decidiste habla? RESPUESTA: Tenia 15 añitos. PREGUNTA: ¿Como se llama tu hermana? RESPUESTA: Wendy Granadillo. PREGUNTA: ¿Ella te refirió que edad tenía cuando el señor Benito empezó a abusar de ella? RESPUESTA: 10 años me dijo que la tocaba, la manoseaba. PREGUNTA: ¿Te recordaras cuantas veces fuiste abusada por el señor Benito? RESPUESTA: Perdí la cuenta. PREGUNTA: ¿Que te contó Wendy que le hacia el señor Benito? RESPUESTA: Lo mismo que a mi, la tocaba, le quitaba la ropa, la acostaba en le piso lo mismo que me hacia a mi. PREGUNTA: ¿Por medio de quien conoció tu papa al señor benito? RESPUESTA: El llego de la nada, se apareció de repente, no sabemos de su vida pasada mi padre lo ayudaba, le tomo un aprecio grandísimo, lo llevaba a la casa, yo era una niña y apenas y me acuerdo de su cara cuando llego a la casa. PREGUNTA: ¿Como se llama tu papa? RESPUESTA: Orlando Granadillo Carvajal. PREGUNTA: ¿Después que decides hablar que hizo tu mama? RESPUESTA: Me pidió perdón, que iba a hacer justicia y me pidió perdón de rodillas por haberme llevado a ese lugar. PREGUNTA: ¿El señor Benito vive cerca de tu casa? RESPUESTA: El vivía lejos cerca de una iglesia con su mujer y sus hijos. PREGUNTA: ¿Cuando refieres que dijiste todo fue por tu novio, como se llama tu novio? RESPUESTA: Carlos Alfredo Villalobos. PREGUNTA: ¿El actualmente es el papa de tus hijos? RESPUESTA: Si, con el tengo dos hijos, hembra y varón el primero va a cumplir 3 añitos. PREGUNTA: ¿Tu papa o hermanos han tenido problemas con el Señor Benito? RESPUESTA: No nunca, creíamos que era buena persona solo hasta ese día que conté lo que me hizo. PREGUNTA: ¿Actualmente tu hermana donde esta? RESPUESTA: Ella se caso, estuvo no hace mucho embarazada y aborto, por eso no pudo estar hoy aquí. PREGUNTA: ¿Kelly como te sientes hoy que ya tienes una vida formada? RESPUESTA: Me siento liberada, feliz porque dije lo que me comía por dentro de que se saliera a luz toda la verdad de lo que me hizo este señor. PREGUNTA: ¿Estuviste algún momento enamorada del señor Benito Ortiz? RESPUESTA: Nunca, siempre sentía asco de el, que me mirara, que me tocara nunca sentí algo. ES TODO.
LA DEFENSA PUBLICA: PREGUNTA: ¿Describe como es la vivienda a la cual tus padres te llevaron a relazarte esos baños que te realizaba el señor Benito? RESPUESTA: Es hato, son casas antiguas. PREGUNTA: ¿Cuantos cuartos tiene? RESPUESTA: Tenia 3 cuartos, en medio la sala, mas la cocina y el ultimo cuarto donde el me hacia las cosas. PREGUNTA: ¿Ese último cuarto era independiente, aparte? RESPUESTA: Estaba aparte de la casa. PREGUNTA: ¿A qué distancia se encontraba tu progenitor cuando sucedía el hecho? RESPUESTA: Esta la sala, era la mitad de la sala estaba demasiado lejos de ese cuarto. PREGUNTA: ¿Esos baños cuanto tiempo duraban? RESPUESTA: Como unos seis años. PREGUNTA: ¿Cuanto tiempo duraba ese baño en el cuarto? RESPUESTA: 10 minutos porque Luego el me sacaba del cuarto y me llevaba a una parte donde todos vieran el baño. PREGUNTA: ¿Tu hermanito tenia una enfermedad, qué tipo de síntomas presentaba? RESPUESTA: Estaba desnutrido, no comía, todo el tiempo lloraba, no dormía, tenia diarrea, el niño nunca estaba tranquilo, se agachaba de nada, no comía, mi hermanito estaba casi muriéndose. PREGUNTA: ¿Indica si tu familia vio algún resultado luego que llevan a tu hermanito a la casa del señor Benito? RESPUESTA: Si vieron resultados mejoro algo pero no del todo seguía igualito, el lo rezaba cada vez que iba, mi hermanito fue mejorando poco a poco PREGUNTA: ¿a parte de tu familia tenias conocimiento de que otras familias acudieran a que el señor Benito a hacerle baños similares? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Que dad tenias cuando te realizo tu primer tratamiento? RESPUESTA: 11 años. PREGUNTA: ¿El te buscaba al colegio, tu papa tenía conocimiento? RESPUESTA: No muchas veces no, el llegaba y quería llevarme a las fuerza otras veces llegaba hasta donde estaba mi padre y le decía que me tenia que llevar a su casa porque necesitaba seguir con lo baños para que mi hermano mejorara. PREGUNTA: ¿Indica qué trabajaba tu papa en la escuela? RESPUESTA: Era vendedor. PREGUNTA: ¿Refieres que te daba algo de beber, no sabias que era? RESPUESTA: No nunca el solo llegaba con ese vaso y me decía que me lo tomara. PREGUNTA: ¿Describe como era el cuarto donde te realizaba los baños? RESPUESTA: Tenia un altar con bastantes santos velas y tenia una silla el cuarto era muy oscuro. PREGUNTA: ¿Cuando realizaba lo que refieres en qué lugar del cuarto lo hacia? RESPUESTA: En el piso. PREGUNTA: ¿Luego que realiza o que penetra la primera vez te revisaste tus partes? RESPUESTA: Si me las revise porque fue un dolor insoportable y ahí fue donde me di cuenta. PREGUNTA: ¿Tu familia en ningún momento sospechaba? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Indica que edad tenía Wendy cuando tu papa la lleva a casa del señor Benito? RESPUESTA: 10 años. PREGUNTA: ¿Igualmente reflejaste que sospechabas que le estaba haciendo lo mismo a tu hermana., que te impedía preguntarle a ella si estaba haciéndole lo mismo? RESPUESTA: El temor de saber que yo fuera la culpable por yo no poder hablar. PREGUNTA: ¿Asimismo refieres que tus padres salían a trabajar en la mañana y llegaban tarde ustedes se quedaban solas? RESPUESTA: Si nos miraban siempre mi abuela, mi tías mis primas. PREGUNTA: ¿Cuando tu mama te convenció a estudiar no sospechaba lo que sucedía? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Refieres que habían personas que te decía que no le dijeras a tu padres, quien era esa persona? RESPUESTA: El me lo decía que si lo decía ellos iban a sufrir. PREGUNTA: ¿Refieres que tu hermano mayor se daba cuenta, que era de lo que se daba cuenta? RESPUESTA: Mi hermano mayor es hijastro por parte de padre el solo veía que el iba a la casa y le decía a mi padre que tuviera cuidado conmigo. PREGUNTA: ¿Cuanto tiempo tienes de relación con tu actual pareja? RESPUESTA: 5 años. PREGUNTA: ¿Que edad tienes actualmente? RESPUESTA: 22. PREGUNTA: ¿refieres que hasta los 18 años el señor Benito te acosaba, estando con tu actual pareja el te acosaba? RESPUESTA: No porque ya mi familia sabia sobre esas cosas y también la familia de mi marido pero donde lo veo se burla de mi, se ríe de mi, con mi madre mi padre. PREGUNTA: ¿Que edad tenias cuando tu hermana dice sobre este hecho? RESPUESTA: 18 años. Es todo.
EL JUEZ, REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿Describe los tocamientos y cuantas veces fueron? RESPUESTA: Tres veces a la semana que mi padre me llevaba el me hacia quitar toda la ropa me tocaba los senos me besaba el cuerpo. PREGUNTA: ¿Solamente de la cintura hacia arriba o te beso los genitales? RESPUESTA: Solo mi cara. PREGUNTA: ¿Durante esos 11 años te toco las partes bajas? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Manifestaste que viste la penetración a los 15 años, antes de esos 15 años sentiste algún tipo de penetración o dolor? RESPUESTA: Si lo sentía, sentía esa molestia y pude sentir sus partes. PREGUNTA: ¿Cuantas veces entre los 12 y 15 años aproximadamente? RESPUESTA: No lo se fueron muchas veces. PREGUNTA: ¿Entre los 12 y 15 años hubo sexo oral? RESPUESTA: En mis genitales si. PREGUNTA: ¿El te practico sexo oral? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Después de los 15 años? RESPUESTA: no fue sexo oral, siempre penetraba sus partes en mis partes, me tiraba al piso y hacía lo que hacia. PREGUNTA: ¿Y que recuerdes cuando fue la última vez que hubo esa supuesta penetración? 18 años cumplidos. PREGUNTA: ¿En que sitio recuerdas tú aparte de ese local que estaba anexo a la casa que otros sitios hubo tal penetración? RESPUESTA: En la casa de mi mama, aprovechaba que mi familia no estaba y me hacia cerrar la casa y me amenazaba y tenia que dejar que hiciera esas cosa. PREGUNTA: ¿Solo esos dos sitios? RESPUESTA: Si en casa de mi mama fueron 5 veces que el me hizo eso. PREGUNTA: ¿En que te buscaba al colegio? RESPUESTA: En una bicicleta. PREGUNTA: ¿Los bebedizos que el señor te daba a que te sabían? RESPUESTA: Amargo. PREGUNTA: ¿No lo puedes identificar? RESPUESTA: Me lo daba en jugo que al ultimo trago que me bebía sentía lo amargo. PREGUNTA: ¿En principio a que sabia al jugo? Si. PREGUNTA: ¿Esos bebedizos fue en principio? RESPUESTA: Desde el primer día de los 11 años, que mi cuerpo estaba como adormecido. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL DE LA VICTIMA (SE OMITE IDENTIDAD)-
La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal. Este Órgano Jurisdiccional Especializado del análisis realizado a la presente Prueba Judicial, observa que la misma se basa en una Prueba Testimonial realizada a la víctima (SE OMITE IDENTIDAD) sobre los hechos que se suscitaron, por lo que este Juzgado concede el merito probatorio en los términos que de tales deposiciones se desprende por cuanto la victima depone de manera conteste consigo misma y con las demás pruebas evacuadas en Juicio, narrando las circunstancias de cómo ocurrieron los hechos, señala al acusado como el autor de los mismos, manifiesta de manera contundente que el acusado realizo actos que iban en su contra, ya que le había realizado por años mediante amenazas actos sexuales, hasta llegar a penetrarla , por lo que a criterio de este Tribunal la victima declaro dando muestras orales y físicas de decir lo cierto de manera inequívoca, no existiendo incredibilidad subjetiva, sino por el contrario verosimilitud y persistencia en su declaración sin ambigüedad ni contradicciones. ASI SE DECLARA.
TESTIMONIAL DE LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD)manifestando que es venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-…………………………., en su carácter de TESTIGO DE LA FISCALIA. A continuación, se le toma el juramento de Ley y se le impone de lo contenido en el artículos 242 del Código Penal referidos al FALSO TESTIMONIO, quien expuso lo siguiente: “vengo porque ese señor abuso de mi yo quiero que él pague por lo que me hizo a mi y a mi hermana, ese señor me llevo con mi papa el iba pa la casa diciendo que era amigo de mis padres ese señor me vio que yo estaba flaca el le dijo a mis padres entonces mi papa me llevo hacia allá y el le dijo a mi papa que lo esperara ese señor me llevo a un cuartito que tiene detrás de su casa separado, ese señor me dijo que me acostara y me dijo quítate la ropa, antes de eso me fumo un tabaco y me dio algo de tomar y me tapo la cara con un trapo, no sentía nada en ese mismo instante el abuso de mi, luego de eso me saco de lo que él me hizo pa un patio pa donde nos bañaba, nos dio un baño yo Salí llegue a la casa sentía dolor entonces me llevo al siguiente día me llevo dos veces al otro día me llevo a un cuartito donde tiene su altar el agarro se sentó en una silla y ahí me empezó a besar y de ahí Salí y no fui mas, desde entonces pasaron años y me entere que el había abusado de mi hermana, cuando mi hermana le dice a mis padres yo quería hablar y decidí contarle a ella porque mis padres se fueron a la casa de ese señor a reclamarle porque le había hecho a eso a la hermana mía, como la vi sola me senté al lado de ella le conté que ese señor había abusado también de mi le conté que me había hecho lo mismo, la veía mal y decidí contarle lo que ese señor me había hecho y fue cuando mi mama llego y nos fuimos a que mi hermana a decirle lo que había pasado., es todo”
LA FISCALIA FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿cuando tu hablas con tu hermana y es que decides contarle lo que te había hecho el señor benito, qué edad tenias? RESPUESTA: 10 años. PREGUNTA: ¿Y que edad tenias cuando el señor benito abuso de ti? RESPUESTA: A los 10 años abuso de mi. PREGUNTA: ¿Y que edad tenías cuando hablas y expones lo que el señor benito te había hecho? RESPUESTA: 15 años. PREGUNTA: ¿Dónde te encontrabas o dónde te llevo a hacerte lo que te hizo? RESPUESTA: A un cuartito que tiene al fondo de su casa. PREGUNTA: ¿Fuiste a esa casa en compañía de quien? RESPUESTA: De mis padres. PREGUNTA: ¿Fuiste con algún propósito? RESPUESTA: Porque ese señor le dijo a mi padre que yo estaba flaca o que tenía algo, me llevó hacia allá mi papa y abuso de mí en ese instante no me hizo nada. PREGUNTA: ¿Explica como no te hizo nada? RESPUESTA: El le dijo a mis padres que yo estaba flaca me fumo un tabaco me coloco en el piso me quito la ropa. PREGUNTA: ¿Viste lo que el te hizo? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Lo que te hizo te lo hizo sentada o acostada? RESPUESTA: En el piso. PREGUNTA: ¿Cuando te coloco el trapo estabas desnuda? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿Que bebida te dio? RESPUESTA: Algo malo. PREGUNTA: ¿Como era de que color? RESPUESTA: No sabía a nada. PREGUNTA: ¿Te tomaste qué cantidad? RESPUESTA: Poquito. PREGUNTA: ¿Cuando te tomas eso que paso en tu cuerpo? RESPUESTA: No yo quería salir corriendo PREGUNTA: ¿y que te decía el señor benito? RESPUESTA: No decía nada el abuso de mí. PREGUNTA: ¿Cuando dices que abuso en que forma lo hizo? RESPUESTA: El uso una cremita y me la hecho ahí después abuso de mi. PREGUNTA: ¿El señor Benito penetro su pene dentro de tu vagina? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿Una vez que ocurre eso que paso después? RESPUESTA: Salí de allá yo quería salir gritando a lo que llegue a la casa me puse a llorar por que el dijo que yo estaba enferma y el abuso de mi. PREGUNTA: ¿Le comentaste a tu papa? RESPUESTA: No nada. PREGUNTA: ¿Y donde se encontraba? RESPUESTA: Esperándome. PREGUNTA: ¿Conjuntamente con otros o solo? RESPUESTA: El se quedo solo. PREGUNTA: ¿En ese lugar era la habitación del señor benito? RESPUESTA: La enramada queda al lado. PREGUNTA: ¿puedes describir el cuartito? RESPUESTA: Es pequeño. PREGUNTA: ¿Que había en ese cuartito? RESPUESTA: nada, Cosas. PREGUNTA: ¿Cosas como qué? RESPUESTA: una escalera, unos cajoncitos. PREGUNTA: ¿Era el mismo cuarto donde tenía sus santos? RESPUESTA: No, el cuarto donde tiene el altar es el último. PREGUNTA: ¿Y después que abuso de ti te baño? RESPUESTA: Si me hecho un baño PREGUNTA: ¿Dentro de ese cuartito? RESPUESTA: Afuera. PREGUNTA: ¿Cuando te despertaste tenias tu ropa colocada? RESPUESTA: No yo misma me vestí y Salí pa fuera. PREGUNTA: ¿El señor benito te dijo algo amenazante para que no dijeras nada? RESPUESTA: No recuerdo. PREGUNTA: ¿Cuantas veces el señor benito abuso de ti? RESPUESTA: Una vez y la otra me beso y mas nada. PREGUNTA: ¿La segunda vez fue al día siguiente? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿El logro penetrarte con su pene nuevamente en tu vagina? RESPUESTA: No yo no quise ir más. PREGUNTA: ¿Tu papa te obligaba a ir? RESPUESTA: no. PREGUNTA: ¿Refieres que tenias 10 años y que posteriormente pasaron los años, el visitaba tu casa en ese transcurso de tiempo? RESPUESTA: Si era que abusaba de ella también en el cuarto de la casa. PREGUNTA: ¿Lograste ver algo en tu casa? No se veían y no se que le hacia a ella. PREGUNTA: ¿Tú no le infamaste a tu papa que el señor benito se metía en tu casa? RESPUESTA: No yo notaba algo raro se que le va hacer algo a la hermana mía me asomaba en la ventana y no veía nada. PREGUNTA: ¿Estaban tus padres en la casa? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Nada mas estaban ellos dos? RESPUESTA: Estaban mis hermanos PREGUNTA: ¿Quienes lo cuidaban? RESPUESTA: Nosotras. PREGUNTA: ¿Para aquel momento que escuchaste a tu hermana, que te dijo que le escuchaste decir a tu hermana? RESPUESTA: Le dijo a mis padres que el señor había abusado de ella y el marido le dijo que hablara porque eso no se iba a quedar así y ella le comenta al padre mió y dijo que como va a ser eso y mi hermana le dijo que el había abusado de ella y le dijo que si decía algo le haría algo al hermanito mió. PREGUNTA: ¿Como se llama el marido de ella que tenía para ese momento? RESPUESTA: Carlos. PREGUNTA: ¿Una vez que tu papa se da cuenta lo que estaba pasando que hicieron? RESPUESTA: Salieron a la casa de ese señor a asustarlo mi mama lo cacheteó porque era desconfianza sobre lo de ella. PREGUNTA: ¿Cuando se entera tu mama de lo tuyo? RESPUESTA: El mismo día. PREGUNTA: ¿De donde conocen al señor benito? RESPUESTA: Lo conocí cuando iba a la casa, mi papa si lo concia. PREGUNTA: ¿El llego a ir a tu casa? RESPUESTA: En diciembre creo no me acuerdo. PREGUNTA: ¿Después de esos hechos tu papa siguió de amigo del señor benito? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Y otro miembro de tu familia? RESPUESTA: No se si una tía mía sigue siendo su amiga. PREGUNTA: ¿Después que eso ocurre ya tu dices que denuncias cuando tenias 15 años de edad, habías tenido relaciones sexuales anteriormente de que ocurrieran eso hechos con el señor benito? RESPUESTA: No, yo tenia un noviecito pero eso se termino cuando cumplí 15. PREGUNTA: ¿Hasta que tuviste 15 años fue con el señor benito únicamente? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Tuve conocimiento que tienes tu pareja estabas embarazada y perdiste a tu bebe? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Como te sientes actualmente? RESPUESTA: Mal quiero que pague por lo que le hizo a mi hermana y a mí y todavía asi anda suelto muy en la calle, quiero que pague. ES TODO.
LA DEFENSA PUBLICA: PREGUNTA: ¿indícale al tribunal como era la vivienda del señor benito, de cuantos cuartos? RESPUESTA: No te se decir entre una vez pero era como una salita. PREGUNTA: ¿En que lugar se queda tu papá? RESPUESTA: En una enramada. PREGUNTA: ¿Esta fuera de la casa? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Porque tu papa se queda allí y no dentro de la vivienda? RESPUESTA: Porque según el señor me iba a ver y le dijo a mi papa que se quedara ahí PREGUNTA: ¿Luego qué sales del cuarto donde supuestamente ocurrió el hecho que viste a tu papa, no te vio rara? RESPUESTA: Salí seria con ganas de gritar, nos fuimos a la casa y me encerré en la casa. PREGUNTA: ¿Cuántas veces fuiste a la casa del señor benito? RESPUESTA: Dos. PREGUNTA: ¿Esas dos veces quien te acompaño? RESPUESTA: Mi papa. PREGUNTA: ¿Esas dos oportunidades se que do en la enramada? RESPUESTA: Una en la enramada y otras viendo películas. PREGUNTA: ¿En que lugar? RESPUESTA: Era como una salita había como una Cama, televisor. PREGUNTA: ¿Refieres de que el señor benito iba a la casa de tus padres y veía a tu hermana? RESPUESTA: Si, vi que el se encerraba, le enseñaba en un frasquito algo que tenia ella, no recuerdo que le hacia. PREGUNTA: ¿Cuando iba a la casa había mayor de edad allí? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Cuantos son ustedes? RESPUESTA: Cuatro hembras y un varón. PREGUNTA: ¿Recuerdas cuantas veces el señor benito acudió a tu casa? RESPUESTA: No recuerdo. PREGUNTA: ¿Aparte de tu mama y tu papa que otro familiar conocía al señor benito? RESPUESTA: Al lado estaba la familia de mi mama, mi tía lo conoce. PREGUNTA: ¿Solo tu tía? RESPUESTA: El hablaba con una tía mía, de qué no se. PREGUNTA: ¿Que edad tienes actualmente? RESPUESTA: 19 años. PREGUNTA: ¿Actualmente tienes una relación sentimental? RESPUESTA: si. Es todo.
EL JUEZ REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿cuantas veces viste tu conversando o pudiste ver bien que el señor benito toque a tu hermana o le de un beso? RESPUESTA: Cuando estaba con ella en el cuarto entre y en eso se separaron y como si no hubiese pasado nada. PREGUNTA: ¿Esa es la única anormalidad que has visto? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Y conversando ellos era normal o era poco? RESPUESTA: Conversaban una vez, mi hermana estaba en la sala y el llego estaba conversando y dijo que si el se moría me iba a agarrar por las piernas y la hermana mía le dijo que porqué había dicho eso. PREGUNTA: ¿Que recuerdas de ese momento, sentiste algo diferente en tu parte genital, te amenazo? RESPUESTA: No, sentí algo que me estaba echando ahí y abuso de mi. PREGUNTA: ¿Como abusaba de ti? RESPUESTA: Yo estaba acostada y el encima mió. PREGUNTA: ¿Que pasaba? RESPUESTA: Abuso de mi. PREGUNTA: ¿Ese abuso viene dado por introducir el pene en tu vagina? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Cuantas veces? RESPUESTA: Una vez. PREGUNTA: ¿En ese acto el abuso se da por que introduce su pene en tu vagina cuantas veces en el mismo acto? RESPUESTA: Tres veces. PREGUNTA: ¿repetidas veces? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Luego de ahí que hiciste? RESPUESTA: Salir pa fuera me vestí rápido quería salir corriendo me dijo no pa que te echéis el baño. PREGUNTA: ¿Sentiste algún líquido en tus genitales? RESPUESTA: Si. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL DE LA VICTIMA WENDY GRANADILLO -
La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal. Este Órgano Jurisdiccional Especializado del análisis realizado a la presente Prueba Judicial, observa que la misma se basa en una Prueba Testimonial realizada a la víctima (SE OMITE IDENTIDAD) sobre los hechos que se suscitaron, por lo que este Juzgado concede el merito probatorio en los términos que de tales deposiciones se desprende por cuanto la victima depone de manera conteste consigo misma y con las demás pruebas evacuadas en Juicio, narrando las circunstancias de cómo ocurrieron los hechos, señala al acusado como el autor de los mismos, manifiesta de manera contundente que el acusado realizo actos que iban en su contra, ya que siendo una niña la había penetrado usando bebedizos y tapándole el rostro , por lo que a criterio de este Tribunal la victima declaro dando muestras orales y físicas de decir lo cierto de manera inequívoca, no existiendo incredibilidad subjetiva, sino por el contrario verosimilitud y persistencia en su declaración sin ambigüedad ni contradicciones. ASI SE DECLARA.
TESTIMONIO DE LA ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD) manifestando que es venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-……………………., en su carácter de TESTIGO DE LA FISCALIA. A continuación, se le toma el juramento de Ley y se le impone de lo contenido en el artículos 242 del Código Penal referidos al FALSO TESTIMONIO, quien expuso lo siguiente: “bueno yo estoy acá porque el señor abuso de mis dos hijas, le agarráramos gran confianza y aprovecho y abuso de mis dos hijas, eran pequeñas y el dice que no ha hecho nada, que eso es falso, pero aja están las pruebas y mis hijas le tenían un temor, lo veían llegar y salían corriendo para el cuarto y el se aprovecho de la confianza que le teníamos a el, quiero que el pague por lo que hizo, es todo”.
LA FISCALIA FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿Usted a quien se refiere cuando dice el señor? RESPUESTA: a Benito. PREGUNTA: ¿Cuando se entera que él abuso de sus dos hijas? RESPUESTA: La mayor tenia su novio como el estaba con ella le confió de que Benito había abusado de ella y cuando me di cuenta me segué de la rabia y fui a su casa a preguntarle porque le hizo eso a mi hija y me dice que es inocente, le dije me vas a pagar por lo que le hiciste a mi niña y cuando regreso que pensé a ir a polimara y me entero que la niña pequeña le confesó que también le hizo lo mismo. PREGUNTA: ¿Como se llama su hija pequeña? RESPUESTA: Wendy Granadillo. PREGUNTA: ¿Que le dijo su hija? RESPUESTA: Que el abusaba de ella y que la amenazaba y a la otra hija también las amenazaba a alas dos. PREGUNTA: ¿Qué conocimiento tiene de ese abuso? RESPUESTA: Me entere el nos visitaba a nosotros, mi niño estaba enfermo y el papa ese lo lleva también y se la lleva a ella y cuando va a ver al niño en vez de hacer pasar al papa le hizo pasar fue a ella y fue cuando empezó a abusar de ella y la amenazo. PREGUNTA: ¿Llego a acompañar a su esposo a casa del señor benito? RESPUESTA: No siempre he trabajado. PREGUNTA: ¿Qué le daba el señor benito? RESPUESTA: El le daba 7 días y hacía lo que iba a hacer y después no quería que fuera más nadie. PREGUNTA: ¿No le dio inquietud porque tenía que ir ella? RESPUESTA: Bueno yo hable con el papa porque le preguntaba a ella que pasaba y ella no me decía nada y viene el papa dice que ella tiene que ir porque tiene que ser una señorita. PREGUNTA: ¿Y en ese momento su hijo ya estaba bien que edad tenia? RESPUESTA: 1 añito. PREGUNTA: ¿Y después que tiempo siguió yendo? RESPUESTA: Como 7 días. PREGUNTA: ¿Cuanto tiempo estuvo? RESPUESTA: El entraba en la casa le decía a mi esposo que el era como un padre para ella yo también le tenia confianza. PREGUNTA: ¿Nunca tuvo dudas de que estuviese pasando allí con ellos? RESPUESTA: No nunca pensé eso. PREGUNTA: ¿Cuando veía eso que hacia? RESPUESTA: Le decía y ella me decía ahí viene ese señor vamos pal cuarto cuando me entere la iba a maltratar a ella porque no me había dicho nada. PREGUNTA: ¿Y fue cuando Wendy le dijo lo mismo? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿Tuvo conocimiento en que lugar se lo hacia? RESPUESTA: Me dijo que en el cuarto. PREGUNTA: ¿Habían testigos? RESPUESTA: No porque solo estaba ella sola. PREGUNTA: ¿A Wendy donde se los realizaba? RESPUESTA: en el cuarto. PREGUNTA: ¿Qué le refería el para que fuera Wendy? RESPUESTA: Le dijo que estaba enferma para que no le pasara nada malo. PREGUNTA: ¿Acepto que ella fuera? RESPUESTA: Me entere después. PREGUNTA: ¿Cuantas veces duró Wendy realizándole esos baños? RESPUESTA: Creo que también 7 días. PREGUNTA: ¿Que edad tenia Wendy? RESPUESTA: Como 9 años. PREGUNTA: ¿Qué tiempo tuvo el señor Benito abusando de su hija? RESPUESTA: 1 semana o 2 semanas, pero con ella si todo el tiempo. PREGUNTA: ¿Cuándo habla de abuso a que se refiere? RESPUESTA: Que el abuso demasiado con ella la violo la primera vez y después volvió a ir y en la casa 1 o 2 veces. PREGUNTA: ¿a Wendy también la violo? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Como observo usted a su hija Kely en su hogar? RESPUESTA: Bueno yo salía en las mañanas y las dejaba, yo la veía que ella le sacaba el cuerpo una vez el estaba tomando en una fiesta que hubo allá y el le dijo al papa de ellas le dijo que se fuera a su casa y le dijo voy hablar con la señora y dijo que le iba decir que no se merece que lo que el estaba haciendo. PREGUNTA: ¿Tenía conocimiento que el señor Benito iba al colegio a buscar a Kely? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Tuvo conocimiento después o antes? RESPUESTA: Antes. PREGUNTA: ¿Después que denunciaron o antes? RESPUESTA: Después. PREGUNTA: ¿El siguió yendo al colegio después? RESPUESTA: Yo lo denuncie después de lo que paso. PREGUNTA: ¿Tenia conocimiento porque el iba al colegio? RESPUESTA: El vendía chicha, iba a verla. PREGUNTA: ¿A qué se dedicaba su esposo? RESPUESTA: Era vendedor. PREGUNTA: ¿Fuera o dentro de la cantina? RESPUESTA: Es ambulante. PREGUNTA: ¿De donde conoció su esposo al señor benito? RESPUESTA: El lo frecuentaba porque el es fotógrafo también, en un cumpleaños hablábamos con el. PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo de amigos tenían con el señor Benito? RESPUESTA: Bastante. PREGUNTA: ¿Qué edad tenían sus hijas? RESPUESTA: Como 2 años. PREGUNTA: ¿Desde entonces era amigo de su esposo? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Llego a ir a la casa del señor benito? RESPUESTA: si 1 o 2 veces. PREGUNTA: ¿Llego a consultarse? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Llego entrar al lugar donde tenía sus santos? RESPUESTA: Si PREGUNTA: ¿y su esposo? RESPUESTA: También PREGUNTA: ¿Tenia conocimiento en qué lugar se ocupaba su esposo? RESPUESTA: El se quedaba afuera. PREGUNTA: ¿Donde se quedaba? RESPUESTA: Dentro de la casa. PREGUNTA: ¿Qué lugar? RESPUESTA: En la sala o en la cocina. PREGUNTA: ¿Posteriormente a estos hechos el señor Benito ha seguido molestándolos? RESPUESTA: No, no se ha metido con nosotros pero a ella cuando la ve si. PREGUNTA: ¿Vive cerca? RESPUESTA: Mas o menos. PREGUNTA: ¿Pasa por el frente de su casa? RESPUESTA: Si porque él vende chicha. PREGUNTA: ¿Puede darme las características donde vive el señor Benito? RESPUESTA: Tiene la casa tiene una salita que tiene unos santos mas atrás tiene un cuarto donde la mete a ella. ES TODO
LA DEFENSA PUBLICA FORMULO LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:
PREGUNTA: ¿indique al Tribunal su nombre? RESPUESTA:………………………………. PREGUNTA: ¿Indique cuanto tiempo conociendo al señor Benito? RESPUESTA: Bastantes años. PREGUNTA: ¿Un Aproximado? RESPUESTA: Como 15 años. PREGUNTA: ¿Indique cuando su esposo se dirige con sus hijos a casa del señor Benito lo acompaño? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Luego de que llevan a su hijo menor a casa del señor Benito noto mejoría en su hijo? RESPUESTA: El lo que le hacia era unos baños y ya. PREGUNTA: ¿Que síntomas presentaba su hijo? RESPUESTA: Tenía diarrea y le dijo al papa que lo llevara PREGUNTA: ¿Aparate de usted sabe si otra familia acudía con el señor Benito, era muy concurrido? RESPUESTA: No así, porque me han hablado de el. PREGUNTA: ¿A que edad se fue…… a vivir con su novio? RESPUESTA: a los 18. PREGUNTA: ¿igualmente cuando se refiere cuando el señor benito llegaba a su vivienda sus hijas salían corriendo, no sospecho nada? RESPUESTA: nada, Yo le preguntaba a ella y me decía que no querían ver a ese señor. Es todo.
EL JUEZ, REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿en que trabaja usted? RESPUESTA: En casa de familia. PREGUNTA: ¿Normalmente sale en las mañanas y llega en la noche? RESPUESTA: Si salgo a las 7.30 y llego a las 5pm. PREGUNTA: ¿Incluyendo sábado y domingo? RESPUESTA: Los sábados, domingo no. PREGUNTA: ¿El señor Benito iba mucho los fines de semana? RESPUESTA: Si cuando había una fiesta el es fotógrafo y fines de semana también, me daba la impresión que algo pasaba porque las notaba a ellas raras. PREGUNTA: ¿Desde cuando la empezó a ver rara? RESPUESTA: Ya pasaba como un mes antes cuando estaba con su novio cuando le veía llegar le daba susto y decía que el la amenazaba. PREGUNTA: ¿Entre los 11 y 18 años nunca vio una conducta rara de su hija? RESPUESTA: Si le preguntaba y me decía nada. PREGUNTA: ¿Pudo ver una situación sorpresiva para usted entre ellos dos? RESPUESTA: Notaba que llevaba cositas dulces y así pero el decía que ellas eran como sus hijas. PREGUNTA: ¿Aparte de obsequios hubo dinero? RESPUESTA: No, hasta a mi un día de las madres me llevo un regalo y se lo acepte porque era tanta la confianza. PREGUNTA: ¿Qué clase de obsequio? RESPUESTA: Una vez me obsequio un juego de vasos. PREGUNTA: ¿Y a su hija le obsequio algo? RESPUESTA: Le llevaba chuchería y así. PREGUNTA: ¿Se las entregaba a su hija o a usted? RESPUESTA: A la niña. PREGUNTA: ¿Físicamente noto cambio en sus hijas que le llamaran la atención? RESPUESTA: No el único cambio que note cuando tenia el novio el llegaba y ella se escondía porque el la amenazaba como queriendo decir que ella no podía tener novio. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL DE LA TESTIGO (SE OMITE IDENTIDAD)-
La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal. Con el análisis de la testimonial de la (SE OMITE IDENTIDAD), quedó acreditado que la misma es la madre de las victimas y evidencio el temor que tenían sus hijas cuando veían al señor Benito Ortiz además de la conducta de este cuando visitaba su casa. Este Juzgador le concede valor probatorio a esta testimonial, puesto que tal declaración, merece fehaciencia para quien decide, pues establece continuidad en los hechos narrados.
LA TESTIMONIAL DEL CIUDADANO (SE OMITE IDENTIDAD)manifestando que es venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-……………….., en su carácter de TESTIGO DE LA FISCALIA. A continuación, se le toma el juramento de Ley y se le impone de lo contenido en el artículos 242 del Código Penal referidos al FALSO TESTIMONIO, quien expuso lo siguiente: “yo estoy aquí presente para dar mi declaración de los hechos que paso con ella, cuando la conocí que ella me contó lo que le había pasado, cuando la conocí que me contó, me contó lo que le había hecho el señor, cuando paso eso que ella me coto yo inmediatamente le dije vamos a plateárselo a tu papa y me dijo que no se lo contó por miedo que le fuera hacer algo a su hermano, cuado eso el hermano era tratado por el como ya ustedes saben, entonces le dije si ellos no lo saben es mejor que le cuentes todo y ellos sepan toda la verdad y así fue cuando fuimos hasta allá le dije cuéntales y ella no le quería contar y ella le cuenta a sus padres nosotros inmediatamente le dije puedo ir con ustedes hacia la casa del señor cuando llegamos allá apenas era novio de ella, fui con el mismo remordimiento que iban sus padres por que no justificaba porque el señor le hizo esas cosas y el señor le dijo que estaba enamorado de ella pero nunca quiso decir cuando nosotros nos regresamos conseguimos a la hermana llorando y en eso ella nos cuenta que a mi también me quiso hacer lo mismo o se lo hizo y los exámenes que le mandaron hacer dice que se lo hizo y nosotros nos trasladamos hasta el mojan a denunciarlo desde ese entonces he andado con ella en todo apoyándola, es todo”.
LA FISCALIA TRIGESIMA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿Usted es el esposo o concubino de cual de las muchachas? RESPUESTA: De kely Granadillo. PREGUNTA: ¿Refirió los hechos que paso con ella, cuando habla con ella cual ella se refiere? RESPUESTA: Kely Granadillo. PREGUNTA: ¿Qué le contó Kely? RESPUESTA: Cuando eso el día antes fuimos hasta el mojan cuando ella me contó al otro día antes de irse a su casa me contó antes de que vos y yo lleguemos a mayores quiero contarte algo y le dije que te pasa ella me dice que a mi me violo un señor y yo qué señor no me quería decir y le dije tus padres lo saben, me dijo no, no lo saben no le quiero contar porque el me tiene amenazada diciéndome que se va a meter con mi hermano a echarle brujería a su hermano pa que el se muriera PREGUNTA: ¿Como se llama esa persona que la había violado? RESPUESTA: El señor aquí presente, ella me dijo que es Benito Ortiz que vive en san benito al lado de la iglesia, le dije que le contara a sus padres en ese entonces le dije vamos pa que le cuentes y ella le empezó a contar no quería pero le dije mejor deciselo. PREGUNTA: ¿En que lugar el Señor Benito abusaba de ella? RESPUESTA: En su casa supuestamente en un cuarto que tiene aparte no he ido a su casa ella me dice que le prendía el televisor a papi me metía en un cuarto, me tapaba la cara, me quitaba la ropa e incluso me dormía. PREGUNTA: ¿Usted era amigo del señor Benito? RESPUESTA: No, si lo conocía pero no nos tratábamos así muy poco que yo le hablara PREGUNTA: ¿En qué momento converso con el señor benito? RESPUESTA: Cundo sus padres fueron para allá yo me fui con ellos fui testigo de lo que el le contó a ellos cuando lo vi me dieron ganas de golpearlo a él PREGUNTA: ¿qué decía el señor Benito? RESPUESTA: Por lo menos que el no lo había hecho pero después decía que si porque la quería, quería meterse con ella eso me removió todo yo quise apoyarla a ella porque fue honesta conmigo. PREGUNTA: ¿Para aquel momento que edad le dijo ella que tenia cuando abuso de ella? RESPUESTA: Dice que era una niña estaba tenia 11 o 12 años. PREGUNTA: ¿Que edad tenia cuando le relato a usted lo que le había sucedido? RESPUESTA: Tenia 17 años ya iba pa los 18. PREGUNTA: ¿una vez que usted va con los papas de ella y regresa a la casa, como se llama esa hermana que se encontraron? RESPUESTA: Wendy mar, estaba llorando contándonos lo que le paso a ella también y dice que no dijo nada por miedo. PREGUNTA: ¿Que refirió Wendy de lo que le hizo el señor Benito? RESPUESTA: Ella dice que cuando estaba en el colegio la buscaba, la molestaba pero no quise meterme lo deje en sus manos que se entendieran ellas. PREGUNTA: ¿Una vez que se entera de todo posteriormente a esos hechos, cuándo compenetran una vida juntos? RESPUESTA: Ese día quedamos que ella se iba a quedar conmigo en la casa le dije que si se iba a quedar conmigo ella me contó todo y le dije eso no es mal de morir hay que seguir pa lante. PREGUNTA: ¿Desde qué momento tuvo una vida juntos? RESPUESTA: Unos días después como 1 mes después decidió irse conmigo y contar todo. PREGUNTA: ¿Después que ya tiene una vida en común como la has visto a ella? RESPUESTA: Bueno del primer día que se fue conmigo que me contó, siempre la notaba triste, lamentándose lo que le había pasado yo le dije que la iba a apoyar que iba a estar con ella ya lo que paso, paso, ya a lo que el pague será diferente ya vamos pa 5 años de que ella puso la denuncia. PREGUNTA: ¿Usted ha tenido problemas con el señor Benito? RESPUESTA: Nunca. ES TODO.
LA DEFENSA PUBLICA ABG. ADIB DIB: PREGUNTA: ¿indique cuanto tiempo de relación tienes con Kely? RESPUESTA: Ya tengo Casi 5 años desde el momento que ella hablo. PREGUNTA: ¿En que año la conociste? RESPUESTA: el 27.12.2010. PREGUNTA: ¿indica al tribunal en qué lugar te dijo lo que le había sucedido? RESPUESTA: Ese día estábamos en la casa ese día paso el día en la casa y le dije porque estas triste me dice que yo tengo que contarte algo antes de mudarme aquí con vos. PREGUNTA: ¿Indica cuanto tiempo tenias de relación con kely Granadillo cuando te lo dijo? RESPUESTA: Íbamos a cumplir 7 meses. PREGUNTA: ¿Que razones te indicó ella de porque no quería contarle a sus progenitores? RESPUESTA: Porque él la amenazaba que si ella contaba algo le iba hacer algo a sus padres incluso ella me contó cosas que le pasaban cuando quería hablar, cuando le pasaba algo a sus padres y se echaba para atrás porque el le dijo que a ellos le iba a pasar algo. PREGUNTA: ¿Tú refieres que conociste al señor Benito, de dónde? RESPUESTA: de vista porque el tocaba con los san benito y cuando era día de san benito nos pasábamos para allá y lo veía por ahí aparte de que él vendía chicha. PREGUNTA: ¿Puedes aportarle al tribunal la dirección de tu vivienda? RESPUESTA: Vivimos de Tamare pa dentro, en el sector el poso pero la casa no tiene numero. Es todo.
. EL JUEZ, REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿tu señora cuando hablo contigo que te dijo ella de esa situación sexual que mantuvo con el señor benito por varios años? RESPUESTA: Ella me contaba que a ella su papa la llevaba para allá porque su hermano estaba mal y decía que quería tratarlo y decía su papa que era como su papa y a ella y a le lo metieron aparte y allá era donde le hacia las cosas que le hacia. PREGUNTA: ¿Que eran las cosas que le hacían, que detalles te dio kely? RESPUESTA: Ella decía que cuando eso le tapa sus ojos la dormía, ella era una niña no sabia nada o no tenia conocimiento de todo eso ella lloraba cuando le hacia las cosas que le hacia ella lloraba porque no sabia las cosas, le hacia el amor ella era inocente y el la amenazaba. PREGUNTA: ¿Hasta que edad te dijo que le hacia esas cosas? RESPUESTA: Que ya como a los 15 o 16 años era cuado tenia mas conocimiento y fue cuando entendió las cosas que le estaba haciendo y le sacaba el cuerpo, cuando decía que tenia que seguir yendo para allá ya ella tenia conocimiento y decía que no podía seguir con eso y me decía que ya le iba a contar a sus padres y el la amenazaba y la esperaba cuado estudiaba en las misiones o a veces la buscaba su papa dice que casi siempre se lo encontraba por el camino y el le decía que quería estar con ella, porque estaba enamorado de ella, incluso me decía yo por es señor lo que sentía era asco. PREGUNTA: ¿Luego del 27.12.2010 que conoces a kely de ahí para acá se ha suscitado algún incidente con el señor benito? RESPUESTA: Muchas veces que se lo encontraba pero mas nada, como una vez que me lo encontré en su casa pero ni mas lo he vuelto a ver cuando me contó, yo muy poco iba en las horas que me daba tiempo. PREGUNTA: ¿Donde viven actualmente? RESPUESTA: En el sector el poso, poco a poco hice el esfuerzo y levante su casita. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL DEl TESTIGO (SE OMITE IDENTIDAD)- La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80
de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal. Con el análisis de la testimonial del TESTIGO (SE OMITE IDENTIDAD), quedó acreditado que el mismo fue testigo referencial de los hechos ya que el fue quien le dijo a kely para que esta le confesara a sus padres de los hechos por los cuales había pasado. Este Juzgador le concede valor probatorio a esta testimonial, puesto que tal declaración, merece fehaciencia para quien decide, pues establece continuidad en los hechos narrados.
Testimonial del ciudadano (SE OMITE IDENTIDAD)manifestando que es venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-………………………, en su carácter de TESTIGO DE LA FISCALIA. A continuación, se le toma el juramento de Ley y se le impone de lo contenido en el artículos 242 del Código Penal referidos al FALSO TESTIMONIO, quien expuso lo siguiente: “estoy aquí, porque hace tiempo atrás el señor fue muy amigo de nosotros, de la familia, fue como un padre para mi y llego a la casa nosotros teníamos a uno de los muchachitos enfermito me dijo para tratarlo porque lo veía mal, la mama acepto y dijo que tenia que llevarlo una de las muchachitas pero tenia que ser señorita, lo lleve al sitio donde el señor vive fuimos cinco, seis, o siete veces, entonces había que seguir llevándolo porque había que hacerle trabajos, con mi hija, el señor me dejaba dentro de la casa me ponía un televisor, cómodo y yo me quedaba ahí, al rato salía me decía bueno ya tráelo la próxima semana y así era sucesivamente y los días pasaban y la mama decía que porque había que seguir llevándole y el decía que había que seguir haciéndole el tratamiento, con el tiempo mi hija tuvo un novio y se fue con el muchacho la madre se puso brava y al día siguiente se aparece con el novio llorando con el muchacho y el muchacho me dice que tenia que hablar conmigo me dice su hija no le ha querido decir nada pero resulta ser que me contó me dijo que era niña que no podía hacerlo si no contaba lo que le paso y dijo que el señor le hizo esto y esto, le dije mija porque no hablaste y me dijo que porque el señor lo tenia amenazada, la madre se fue furiosa fuimos a hasta su casa, el señor nos dice que pasa y la mama le dio su cachetada y le dijo no tuviste el valor de decirme y le dijo yo soy consciente y voy a reconocer lo que hice, llegando a la casa consigo a la otra hija abrazada con ella llorando y me dijo papa me hizo lo mismo que a kely y fue cuando pusimos el caso en polimara, es todo”.
LA FISCALIA, FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿cuanto tiempo atrás hace que llevaba a su hija a casa Del señor benito? RESPUESTA: Como 7 años u 8 años. PREGUNTA: ¿Que edad tenía su hija ……….. para ese entonces? RESPUESTA: 13 o 14 años, la otra tenía 12 años. PREGUNTA: ¿Que le dijo el señor benito para que llevara a su hija a hacerse los baños? RESPUESTA: El muchachito lo teníamos mal supuestamente un mal de ojo y como el señor es espiritista y había que llevarlo una muchacha que fuera señorita. PREGUNTA: ¿Esos baños que le hacían a su hijo duraron 7 días y después llevo a su hija? RESPUESTA: Si Porque el señor me dijo que había que seguirla llevando porque el mal no se había terminado. PREGUNTA: ¿Nunca se dirigió a ese cuarto a ver que le hacia a kely? RESPUESTA: No porque el señor para nosotros era muy pana, el iba a la casa y cenaba teníamos confianza. PREGUNTA: ¿Después de esos 7 días cuantas veces más llevo a su hija a casa del señor benito? RESPUESTA: Bastante tiempo como 20 veces mas. PREGUNTA: ¿Nunca tuvo suspicacia de saber que pasaba en esa habitación? RESPUESTA: No porque el me decía que había que hacérselo porque era esencial. PREGUNTA: ¿Ya el niño se encontraba bien después que le hicieron esos baños? RESPUESTA: Si mejoro pero no totalmente PREGUNTA: ¿Si seguía yendo …………..? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿No llevo a su hija a un medico para saber si era cierto? RESPUESTA: Si la llevamos al medico pero como actuaba la llevamos a que el Benito PREGUNTA: ¿Benito le hizo baños a usted? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Eran para qué esos? RESPUESTA: un despojo. PREGUNTA: ¿El señor benito con quien vivía en esa casa? RESPUESTA: con su Cuñada, con su señora sus hijos. PREGUNTA: ¿Cuando llevaba a kely a esa casa observaba en qué lugar la colocaba? RESPUESTA: En el cuarto donde tiene sus santos. PREGUNTA: ¿Llego a observar donde el le hacia los baños? RESPUESTA: aparte en el cuarto. PREGUNTA: ¿Después que salía kely de esos baños como la observaba? RESPUESTA: Mojadita, un poco asustadita, pensaba que era los baños pero nunca me dijo nada. PREGUNTA: ¿Que paso cuando llevaba a Wendy a la casa del señor benito? RESPUESTA: Porque posiblemente ella también tenía que ir supuestamente todos teníamos que ir. PREGUNTA: ¿Cuantas veces llevo a …………? RESPUESTA: Una o dos veces. PREGUNTA: ¿…………. no tomo esa misma actitud. No porque ella tiene un compromiso grande con su hermano y le dijo que si no seguía pues ahí vino la amenaza hasta que tuvo 17 años PREGUNTA: ¿que hizo usted como padre? RESPUESTA: Yo llore ese día cuando me dice, pero me cuenta fue el marido de ella. PREGUNTA: ¿también llevo a sus otras dos hijas? RESPUESTA: Nunca, pero la hubiese podido llevar, a ella la llevo porque toda la vida ha sido delgadita, porque el me dice que esta enfermita y confié en el. PREGUNTA: ¿Después que se entera de lo que el señor benito hizo siguió teniendo amistad con él? RESPUESTA: No nunca solo me lo conseguí una vez y converse con el le dije que te pusiste a decir por ahí que me estáis regalando cobres lo que no sabe es que lo tengo grabado. PREGUNTA: ¿Que le dijo a usted? RESPUESTA: Bueno que eso era mentira, los cobres que me daba eran de un san, yo tengo todos los papelitos firmados PREGUNTA: ¿Su hija …… fue alguna vez novia del señor benito? RESPUESTA: Una vez me dijo el que estaba enamorado de ella y le dije que no te lo puedo aceptar y me dijo bueno esta bien. PREGUNTA: ¿Que edad tenía su hija en ese momento? RESPUESTA: como 15 años. PREGUNTA: ¿Usted no vio actitud indecorosa con respecto a sus dos hijas? RESPUESTA: No porque hacia sus cosas bien hechas. PREGUNTA: ¿Como se llama el esposo de kely? RESPUESTA: Carlos Villalobos, incluso hay cosas por ahí, personas que le han sucedido el mismo caso. PREGUNTA: ¿Que personas las conoce? RESPUESTA: Tengo indicios me dijeron que me diera una aguantadita. PREGUNTA: ¿Como se llaman esas personas? RESPUESTA: No se el nombre, pero para otra audiencia traigo el nombre o a las personas. PREGUNTA: ¿No sabe los nombres? RESPUESTA: No, tengo el número de una de ellas. PREGUNTA: ¿Señor Orlando cual es su grado de instrucción? RESPUESTA: 6to grado. PREGUNTA: ¿Y su esposa? RESPUESTA: Igualito se desempeña como ama de casa. PREGUNTA: ¿Cuando sus hijas quedaban sola quien las cuidaba? RESPUESTA: A veces quedaba yo o a veces quedaba ella incluso hay una profesora de ella que se sorprendió PREGUNTA: ¿Como es el nombre de esa profesora? RESPUESTA: No lo se. ES TODO.
LA DEFENSA PUBLICA PREGUNTA: PREGUNTA: ¿Qué edad tiene? RESPUESTA: 50 años. PREGUNTA: ¿Cuando llevo a su hijo a la casa del señor benito, su esposa no lo acompañaba? RESPUESTA: No ella fue una o dos veces porque yo lo que tenia era una bicicletica. PREGUNTA: ¿Luego que lleva a su hijo vio alguna mejoría en su hijo? RESPUESTA: Si la vi porque mi niño no comía estaba con diarrea y la única opción fue llevarlo hasta allá con mi hija, se le vio una mejoría pero no completa. PREGUNTA: ¿Cuanto tiempo más llevo a su hijo para que el señor benito le realizara esos baños? RESPUESTA: Como un mes. PREGUNTA: ¿Cuando confronta al señor benito él manifestó que iba a responder? RESPUESTA: Si el dijo que si estaba consiente de lo que había hecho y que estaba dispuesto a responder cuando llego a la casa es que veo a la otra llorando. PREGUNTA: ¿Cuando el señor benito le realizaba esos baños estaban presentes los familiares de él en la vivienda? RESPUESTA: Si pero los baños los hacia aparte. PREGUNTA: ¿Es decir que utilizaba algún tipo de ayudante? Negativo, el solo. PREGUNTA: ¿Igualmente refiere de que hasta los 17 u 18 años amenazaba a kely, como la amenazaba? RESPUESTA: Le dijo que si hablaba le hacia un trabajo a la madre o a su hijo. PREGUNTA: ¿Que otro familiar concia al señor benito aparte de su esposa? RESPUESTA: Todos en la casa mi mama se enfermo y el señor tenia que ir hacer los baños a mi mama yo fui hable con mi mama porque ella es ciega y mi mama dijo si es pa bien tráemelo, yo aparte un día cuando llegue a la casa me cuenta vos no sabéis lo que hizo el brujito hizo bañar en el cuarto a mama sola y el viéndola mi mama me lo dijo de una vez entonces dije este señor es un monstruo. PREGUNTA: ¿Eso fue después de que llevo a ……? RESPUESTA: Si en el mismo transcurso como al mes lleve a mi mama. PREGUNTA: ¿Y posteriormente siguió llevando a kely y Wendy? RESPUESTA: No, yo no las lleve más. PREGUNTA: ¿Quien es el señor Eliseo Antonio Hernández? RESPUESTA: Es el mi suegro. PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento de que el señor Eliseo Hernández declara el 05.11.2013 en el cuerpo policial a favor del señor benito lo cual corre inserto en el presente expediente? RESPUESTA: No lo sabia, el no estaba conmigo en ese tiempo lo único que debe ser que el llegaba allá nada mas puede saber porque solo sabemos nosotros. PREGUNTA: ¿Refiere que Eliseo no tenía conocimiento de que el señor benito le realizaba los baños? RESPUESTA: No lo tenía. Es todo.
EL JUEZ REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿usted noto algo raro cuando sus hijas salían de esos baños? RESPUESTA: Nada porque ella salía mojadita mientras yo estaba por allá lejos, cuando ella salio yo estaba viendo muñequitos y salía sudado me decía que ya todo iba a estar listo y seguía viendo mis muñequitos, le decía mija como te sentís, me decía me siento bien. PREGUNTA: ¿Cuanto tiempo se tardaban en ese cuartito? RESPUESTA: Como media hora en el baño y como media hora en el altar. PREGUNTA: ¿Y donde hace los baños es a la vista de todo el mundo? RESPUESTA: No, hasta a mi me dio los baños porque me decía que estaba un poquito mal. PREGUNTA: ¿Usted el señor benito no lo ha metido en el cuartito? RESPUESTA: Si como tres veces, PREGUNTA: ¿Cuanto duraba con usted? RESPUESTA: Me empezaba a rezar como 20 minutos y fumándose el tabaco porque tenia que terminárselo. PREGUNTA: ¿eso se lo hacia desnudo o vestido? RESPUESTA: A mi nunca me desnudo, desnudaba a las muchachas con ella lo hizo, con las otras no se. PREGUNTA: ¿Quienes otras? RESPUESTA: Las que me dijeron que si tenía que venir lo hacían que estaban dispuestas a ayudar, lo digo porque es la realidad. PREGUNTA: ¿Nunca como padre y como persona adulta no sintió curiosidad en tantas veces que el señor benito le hizo baños a sus hijas de ver lo que pasaba? RESPUESTA: La mama de ella me dijo no te estáis dando cuenta que ya se le hizo los baños a los muchachito le dije que teníamos que esperar porque lo que tenía el niño se traspaso a ella entonces le lo dejo ahí me dijo que eso esta muy demás PREGUNTA: ¿Tenia fe ciega espiritual en el señor benito? RESPUESTA: Si porque el me conocía desde pequeñito yo era como su hijo, en la casa si hacíamos almuerzo le guardábamos a el primer plato a benito, una fiestecita el colaboraba con las fotos. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL DEl TESTIGO (SE OMITE IDENTIDAD)- La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal. Con el análisis de la testimonial del testigo (SE OMITE IDENTIDAD), quedó acreditado que el mismo fue testigo referencial de los hechos ya que el fue el que llevo a sus hijas a casa de Benito Ortiz para que este le realizara los baños espirituales estando el viendo televisión mientras se suscitaban los hechos en contra de sus hijas para después llevárselas. Este Juzgador le concede valor probatorio a esta testimonial, puesto que tal declaración, merece fehaciencia para quien decide, pues establece continuidad en los hechos narrados.
LA TESTIMONIAL DEL TESTIGO DE LA DEFENSA.-
La testimonial del ciudadano (SE OMITE IDENTIDAD)manifestando que es venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-…………….., en su carácter de TESTIGO DE LA DEFENSA PUBLICA. A continuación, se le toma el juramento de Ley y se le impone de lo contenido en el artículos 242 del Código Penal referidos al FALSO TESTIMONIO, quien expuso lo siguiente: “fui llamado, porque soy amigo de benito hace desde el año 46 lo conozco y no le he conocido ninguna falta a él, vine a apoyarlo porque no tengo nada que conocer de el que haya tenido errores, nos conocemos desde el año 46 nos conocemos porque el vende chicha y yo cepillado, es todo”.
LA DEFENSA PUBLICA: PREGUNTA: ¿Indíquele al Tribunal su edad? RESPUESTA: 78 años. RESPUESTA: ¿Indíquele al Tribunal que parentesco tiene con las victimas? RESPUESTA: No tengo conocimiento de eso. PREGUNTA: ¿Indíquele al Tribunal Qué es de (SE OMITE IDENTIDAD)? RESPUESTA: Son nietas. ¿Indíquele al Tribunal cuanto tiempo tiene conociendo al señor benito Ortiz? RESPUESTA: Desde el año 46. ¿Indíquele al Tribunal al tribunal si le presenta a su familia al señor benito? RESPUESTA: Si yo lo presento porque conoce a toda mi familia. ¿Indíquele al Tribunal tiene conocimiento porque sus nietas están denunciando al señor benito? RESPUESTA: No tengo conocimiento de eso, no sabia nada de eso, de lo que esta pasando con el. PREGUNTA: ¿Indíquele al Tribunal si tiene conocimiento si su hija o yerno llevaron al hijo menor para la casa del señor benito a realizarle unos baños? RESPUESTA: No tengo conocimiento de eso. PREGUNTA: ¿Indíquele al Tribunal si en alguna oportunidad observo cierto interés por el señor Benito hacia sus nietas? RESPUESTA: Nunca lo vi, no tuve conocimiento de eso. PREGUNTA: ¿Es decir que en ningún momento observo situación irregular cuando el señor benito iba a casa de su hija con sus nietas? RESPUESTA: Si lo vi llegar pero nunca tuve conocimiento de cual era el interés de el. PREGUNTA: ¿Indique si sabe porque sus nietas están denunciando al señor benito? RESPUESTA: No tuve conocimiento de eso, no me comunicaba con ninguno de ellos ni con la mama ni con el papa. PREGUNTA: ¿Hay una declaración de usted de fecha 05.11.2013 en un cuerpo policial donde manifestó que no estaba de acuerdo con algo, algo de un san benito? RESPUESTA: Tampoco tuve conocimiento de que haya ofrecido San Benito en la casa escuche después pero como yo vivo lejos de ellos. PREGUNTA: ¿Indíquele al Tribunal si alguna persona lo obligo a venir el día de hoy a declarar? RESPUESTA: No, no tuve conocimiento de eso. Es todo.
LA FISCALIA, FORMULÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿como se llama usted? RESPUESTA: Eliseo Antonio Hernández. PREGUNTA: ¿Qué edad tiene usted? RESPUESTA: 78 años. PREGUNTA: ¿Llego a estudiar? RESPUESTA: No nunca. PREGUNTA: ¿Donde vive usted? RESPUESTA: Yo vivía tengo 34 años apartado de ellos. PREGUNTA: ¿Donde vive actualmente? RESPUESTA: Sector la colorada. PREGUNTA: ¿Donde queda eso? RESPUESTA: Vía al mojan entrada al abasto la frontera. PREGUNTA: ¿A que se dedica? RESPUESTA: Vender cepillado. PREGUNTA: ¿Toda la vida ha vendido cepillado? RESPUESTA: Si, ya no me aceptan en un trabajo. PREGUNTA: ¿Lo vende en la calle? RESPUESTA: En la parada detrás de la frontera. PREGUNTA: ¿Y hace 34 años atrás donde vendía cepillados? RESPUESTA: En el mojan primeramente después me vine pa donde llaman el tropezón ahí trabaje cuatro años y de ahí agarre por la calle y me hicieron en un atraco y quede en la frontera. PREGUNTA: ¿No llego a vender cepillado en el colegio las latas? RESPUESTA: Si señora. PREGUNTA: ¿Todavía vende ahí en el colegio? RESPUESTA: Voy de vez en cuando. PREGUNTA: ¿Me dice que trabaja en la bomba? RESPUESTA: Esa es una parada voy los martes y jueves al colegio. PREGUNTA: ¿Cuando sus nietas estudiaban a vendía allí en el colegio? RESPUESTA: Si todos los días, pero después me fui, dentro no afuera del colegio. PREGUNTA: ¿Quienes más vendían afuera? RESPUESTA: En ese tiempo estaba el señor benito y el papa de ellos. PREGUNTA: ¿Que vendía el señor benito? RESPUESTA: chicha PREGUNTA: ¿Y el papa de ellas? RESPUESTA: Chicha y cepillao. PREGUNTA: ¿Cuantos hijos tiene usted? RESPUESTA: 9, 6 hembras y 3 varones. PREGUNTA: ¿La mama de sus nietas como se llama? RESPUESTA: Maria González. PREGUNTA: ¿Actualmente las Trata? RESPUESTA: Nos tratamos. PREGUNTA: ¿Cuando fue la última vez que hablo con ellas? RESPUESTA: Por un problema de mi hija menor, hace 34 años que estuve en junta con ella. PREGUNTA: ¿Cuantos años hace que usted no ve a su familia? RESPUESTA: Muchos años. PREGUNTA: ¿Vive actualmente con algún hijo? RESPUESTA: vivo Solitario. PREGUNTA: ¿el señor benito donde lo conoce? RESPUESTA: Ahí en el sector la lata ahí nos conocimos. PREGUNTA: ¿El es su amigo? RESPUESTA: Amigo y nos tratamos como hermano. PREGUNTA: ¿Cuanto tiempo hace que no lo veía? RESPUESTA: Siempre nos veíamos todos los días nos vemos siempre. PREGUNTA: ¿En donde se ven? RESPUESTA: En la calle o pasa por la casa, en la frontera. PREGUNTA: ¿Visitaba la casa del señor benito? RESPUESTA: visite dos veces. PREGUNTA: ¿Cuándo? RESPUESTA: Hace años en tiempos de san benito. PREGUNTA: ¿Usted se hizo despojos de los que el le hacia? RESPUESTA: Nunca. PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento a que se dedicaba el señor benito? RESPUESTA: Tampoco. PREGUNTA: ¿Fue a su casa? RESPUESTA: Llegaba a comprar hielo. PREGUNTA: ¿Tenía conocimiento de que el señor benito era santero para ese momento? RESPUESTA: no. PREGUNTA: ¿Y ahora tampoco tiene conocimiento? RESPUESTA: Ahora porque estábamos juntos como siempre nos vemos a cada rato. PREGUNTA: ¿Llego usted a vivir en la casa de sus dos nietas …………………………? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Llego usted a asistir a las reuniones familiares que hacían en la casa de las dos adolescentes? RESPUESTA: No nunca. PREGUNTA: ¿Usted conoce a sus dos nietas? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Siente amor por esas dos nietas? RESPUESTA: No lo siento porque ellos tampoco sienten de mí. PREGUNTA: ¿Porque esta usted hoy aquí? RESPUESTA: con el papa nunca tuve amistad. PREGUNTA: ¿Estuvo presente cuando el señor benito abusaba de estas dos niñas? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Estuvo presente cuando el señor benito le hacía la limpieza de despojo a estas dos señoritas? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿tenia conocimiento que su yerno Orlando Granadillo llevaba a sus dos nietas a la casa del señor benito? RESPUESTA: Tampoco tengo conocimiento. PREGUNTA: ¿Que profesión profesa usted? RESPUESTA: Ahorita no tengo. PREGUNTA: ¿cree en dios? RESPUESTA: Soy cristiano. PREGUNTA: ¿Cual es su religión? RESPUESTA: Sigo solo a Jesús. PREGUNTA: ¿Cree en dios? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Entonces porque esta aquí en esta sala? RESPUESTA: El señor llego por mí para que lo acompañara acá. PREGUNTA: ¿Sobre que iba hablar usted aquí? RESPUESTA: Como uno siempre tiene que hablar con una persona y siente algo por eso vine hoy aquí. PREGUNTA: ¿Quiere usted a sus dos nietas? RESPUESTA: Bueno ahorita las quiero porque son mis nietas pero como ellas tampoco me tratan a mí. ES TODO.
EL JUEZ REALIZÓ LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PREGUNTA: ¿alguna vez en esos años que usted estuvo laborando como vendedor de cepillados en el colegio con el señor benito alguna vio a benito irse con alguna de sus nietas? RESPUESTA: Nunca lo vi. PREGUNTA: ¿Alguna vez el señor benito le dijo que el sentía algo por sus nietas? RESPUESTA: Nunca me lo dijo. ES TODO.
ANALISIS DE LA TESTIMONIAL de (SE OMITE IDENTIDAD)-
La presente declaración fue valorada a la luz de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia y el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal. Este testimonio debe ser confrontado, comparado y adminiculado con las demás pruebas evacuadas en el debate, ya que por sí solo no tiene valor probatorio alguno a favor o en contra del acusado de autos. Y ASÍ SE DECLARA.
El testimonio como medio de prueba por excelencia en el proceso penal debe cumplir varios requisitos, los cuales fueron analizados tales como los de verificabilidad y se pudo constatar que los mismos han sido: testimonios judiciales por haberse dado en el juicio, se realizaron en forma oral y pública, fueron inmediatos, en relación a que la declaración debe referirse a lo que el declarante percibió por medio de sus sentidos y no a consideraciones o conjeturas de naturaleza personal, los testigos se limitaron a narrar los hechos, y sus testimonios se adecuaron a la época en que sucedieron. Es decir se cumplieron las formalidades exigidas por la ley, en base a ello el Tribunal les otorgo pleno valor probatorio.
PRUEBAS DOCUMENTALES
DOCUMENTOS INCORPORADOS MEDIANTE SU LECTURA EN EL DEBATE
En la Audiencia de Juicio Oral y Privada, se incorporo por medio de la lectura las documentales ofertadas y admitidas en su oportunidad procesal en fiel cumplimiento a lo previsto en el Artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del Articulo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida de Violencia.
1.- ACTA DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA ADOLESCENTE (SE OMITE IDENTIDAD) N 1299 SUSCRITA POR EL JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA SAN RAFAEL DEL MUNICIPIO MARA DEL ESTADO ZULIA. FOLIO 28.
2.- ACTA DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA ADOLESCENTE (SE OMITE IDENTIDAD) N 1027 SUSCRITA POR EL JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA SAN RAFAEL DEL MUNICIPIO MARA DEL ESTADO ZULIA. FOLIO 29.
DE LAS CONCLUSIONES:
Ministerio Público: SEGUIDA SE PROCEDIÓ A ESCUCHAR EN PRIMER TERMINO A LA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. DULCE ARAUJO QUIEN EN FORMA SUCINTA RELATÓ SUS CONCLUSIONES: “siendo que hoy es la fecha para exponer conclusiones de un debate oral y privado que se inició en fecha 29.04.2015 y finaliza hoy 02.07.2015 en la cual en el momento de la apertura el Ministerio Publico manifestó que el Ministerio Público demostraría que el acusado Benito Felimon Ortiz es el responsable de Abuso Sexual a niña y Adolescente cometido en perjuicio de las ciudadanas (SE OMITE IDENTIDAD), quienes tenían una 10 años y la otra 13 años, ahora bien la defensa solo manifestó que no habían elementos de convicción efectivamente el Ministerio Publico trajo a esta sala a las dos victimas quienes fueron contesten en señalar lo que les había realizado el señor BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA, expertos y funcionarios de los cuales se debatieron sus testimonios de que hechos hablamos quedo demostrado que la familia donde las victimas tenían participación en ese núcleo familiar su progenitor tenia un amigo el hoy acusado que era como su padre y que era su amigo desde mucho tiempo porque vendían chichas y golosinas, este ciudadano acusado era una persona que trabajaba en la hechicería y santería en su casa de habitación, posteriormente uno de los hijos de su gran amigo Orlando Granadillo se enferma el niño tenia un año de edad para ese entonces, él le manifestó a el señor Orlando que el niño tenia mal de ojo porque estaba enfermo, tenía diarrea, no comía, no tenia apetito, en vista de esta situación los progenitores acuden a su gran amigo para hacerle unos baños a todas estas el acusado le manifestó al señor Orlando que debía llevar a una de sus hijas porque tenia que ser una señorita, el señor Orlando creía en aquel amigo y pidió llevar a (SE OMITE IDENTIDAD) quien tenia 13 años de edad, a quien a través de sus maniobras sedujo aquella criatura quien era vulnerable no sabia lo que el acusado le hacia, la llevaba al sector las latas frente a la capilla San Benito que tenia características de un hato, en la propia vivienda de benito Ortiz dicha vivienda constaba de una sala que tenia una cama y un televisor, tenia una pieza al lado de la pieza donde tenia santos, imágenes ,velas y detrás de la vivienda había un árbol que fungía como enramada donde había sillas donde la llevaba, primero fue (SE OMITE IDENTIDAD) donde realizaba unos despojos para que el mal de su hermanito saliera, posteriormente le decía el papá que se quedara en la sala le colocaba películas mientras le realizaba el despojo al niño y a (SE OMITE IDENTIDAD), luego saca al niño y se lo lleva a al papa para quedarse solo con (SE OMITE IDENTIDAD) el papá no pensaba lo que ocurría en esa habitación, le daba a tomar un bebedizo, (SE OMITE IDENTIDAD)decía que era amargo le quitaba la ropa le besaba el cuerpo, le colocaba un trapo en la cara, no tenia fuerza para moverse donde el señor BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA consumaba su aberrado acto sexual, quedo demostrado que fueron tocamientos, ya cuando tuvo 15 años de edad, 16 años, 18 años consumo el aberrado acto sexual comenzó teniendo 13 años y finalizo cuando tenia 15 años de edad, la penetro vaginalmente y la amenazaba de muerte que si no se dejaba realizar esos actos por él su hermanito se moría y sus padres también, (SE OMITE IDENTIDAD) se sintió amenazada por el, tenía miedo y cayo en silencio aquel hecho que se realizó todo este tiempo, posteriormente fue un día 27.12 ya tenia 15 años de edad que empezó a tener un noviazgo con el que hoy es su esposo Carlos Villalobos en una discusión en su hogar ella fue a una fiesta con el quiso irse con el porque le dio afecto pero no se entrego a ese novio antes hablo con el le explicó que fue abusada sexualmente por el gran amigo de su padre BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA, Carlos desesperado porque su novia tenia depresiones constantes por todos esos años de aberrados hechos le dijo vamos a acudir a tus padres ellos te van a comprender, su mama le manifestó que si se iba con el se fuera pero ya no tenia madre, al decirle porque su hija tenia depresiones es cuando sus padres se fueron a casa de BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA donde Carlos los acompaño, la señora cacheteó al señor Benito y le dijo que iba a responder, los dos progenitores no sabían que a su otra hija (SE OMITE IDENTIDAD)de 10 años el señor benito también abuso sexualmente de ella, al llegar a la casa consiguieron a las dos niñas abrazadas porque (SE OMITE IDENTIDAD) también hablo le dijo a su papa que se estaba enfermando pero ……. asistió solo dos oportunidades fue el mismo modo operandi la traslado al patio donde encerró a su hermana……… la despojo de la ropa comenzó a besarla y le dio un bebedizo le coloco una crema en su parte vaginal que sintió el miembro de ese señor en su vagina que quería salir corriendo y que después la llevo a la enramada y la baño haciendo ver que era un despojo, ella refirió que no volvió mas sino esas dos oportunidades y que cuando el iba a su vivienda ellas salían corriendo y se escondían, la mama refirió que ellas dos salían corriendo cuando veían llegar al señor benito en su hogar, ella le refirió que con respecto a ………….. los baños se seguían realizando si ya su hermano estaba bien, el le dijo que debían continuar porque sino el mal lo tendría para toda la vida, el Ministerio Publico demostró que efectivamente BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA abusó en reiteradas y consumadas veces el hecho contra estas dos victimas que callaron y que sus progenitores por estar trabajando, permanecían el día completo sola, el señor benito llegaba en la casa de ella cuando no estaban los progenitores y abusaba de (SE OMITE IDENTIDAD), manifestó que sabia cuando se encerraban en el cuarto, tuvimos a las dos victima ………………………………que señalaron las circunstancias de cómo el señor benito abusaba de ellas, ese día que le comenta a su papa es porque su novio le brindo apoyo y fue cuando pudo sacar ese dolor y denunciaron el 18.07.2011 cinco años después de aquel hecho, el cuerpo policial realizo las primeras actuaciones tocándole a la fiscalia 33 del Ministerio Publico las cuales la demostró con la testimonial de las victimas, tuvimos expertos como la Psicóloga Geraldine Beusess adscrita a la medicatura forense ella atendió a ………………. cuando tenia 18 años de edad y fue cuando tenia 13 años de edad ese hecho de silencio ocasiono depresión, tenia negación para recordar los episodios de lo que había vivido, confirmo que tenía ideas suicidas, porque la perseguía durante esos años, tenia humor depresivo y que tenia indicadores de patología mental, tenia conciencia de lo que le había ocurrido , le afectaron su vida emocional siendo reprimida, quedo demostrado que aunque su anhelo era ser policía desistió de ir a bachillerato, porque el acusado la perseguía la hostigaba, la amenazaba, y viéndose vulnerable no comprendía lo que le ocurría, seguía insistiendo de situaciones aberradas que originaron esas depresiones en su vida, ya a mediados de años su mama la inscribió en la misión, posteriormente según refiere Geraldine Beusses ella ordeno un tratamiento psicológico, ella refirió si esas patologías podían permanecer en el tiempo dijo que si dependiendo de las condiciones físicas y ambientales, …………….. lloro en esta Sala porque volvió a retomar aquellas situaciones vividas, tuvimos a la experto Di Paola Maria acudió por la Dra Hilda Ling quien fue la medico forense que realizo el examen ginecológico y ano rectal a los dos victima ella estuvo a los fines de exponer aquel reconocimiento por su colega, en la cual refirió que atendió a las dos victimas en sus conclusiones ambas tenían desfloración antigua y no pudo precisar fecha de consumación, pero a preguntas del Ministerio Publico si el hecho ocurrido 5 años antes de la evaluación que podía arrojar obviamente desfloración antigua, fueron cinco años que las chicas estuvieron en silencio, efectivamente la Dra Di Paola Maria Gusepina demostró que las dos victimas refirieron no tener relaciones sexuales con nadie en ese tiempo ni ……….. teniendo novio no pudo, y hoy así sigue afectada pero se siente cobijada por el amor de su esposo, tuvimos a los funcionarios Acosta Audio y Albin Méndez, ellos realizaron inspección técnica del sitio en una vivienda que es como un hato ellos fueron conteste al decir las características, el cuartito, la enramada, el cuartito donde existen imágenes, velas, hechicería donde ambos fueron contestes en decir las características y condiciones donde existía un cuartito atrás donde abuso el señor Benito de mas niñas, que la practicaron por instrucciones de la fiscalia 33 del Ministerio Público, el mismo BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA los llevo al sitio, de igual manera tuvimos a la Sra Eraina Hernández y a su esposo Orlando Grandillo quienes manifestaron estar preocupados por dejar a sus hijas solas por trabajar, y cuando llegaba por las noches era a dormir porque trabajaba limpiando hogares, su esposo trabajaba en la calle vendiendo chichas, cosas, las victimas cuidaban a los niños, nunca se imaginaron esto, ella manifestó que nunca tuvo ideas de pensar que su amigo abusaba de sus dos hijas, fueron contesten en decir como se trasladaron hasta la casa de benito y escuchar de la boca de el que era culpable y que iba a responder, tuvimos como prueba nueva Carlos Villalobos manifestó que indujo a su novia porque le dijo que benito abuso de ella y la amenazaba con matar a su hermanito y a ella, que no aguantaba ese medio siendo que Carlos se dirigió a los padres de ella y le dijo la situación, después que denunciaron un mes después fue que tuvieron una vida en común como pareja, una vez que denunciara el 18.07 esa situación, también estuvo Eliseo Hernández quien no aporto nada, solo dijo que vino porque es amigo del señor Benito, es solitario, dijo que no tenia amor por sus nietas, dijo desconocer lo que a sus nietas le ocurrió, con todos estos testimonio el Ministerio Publico demostró que no existe presunción de inocencia para BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA, que consumo el acto sexual en contra dos niñas que lo siguió repitiendo de manera continua, las amenazo, con que iba a matar al niño y sus progenitores, pensaron que eso podía ser cierto, hoy están en esta sala pidiendo justicia señalando al acusado BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA como autor del hecho, hay una medicatura que lo establece, ahora ellas viven una vida pero tienen ese dolor por dentro, el Ministerio Publico demostró los delitos de Abuso Sexual a Niña consumado con respecto a (SE OMITE IDENTIDAD) y Abuso Sexual de Adolescente con respecto a (SE OMITE IDENTIDAD) y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 259 y 260 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la agravante genérica del articulo 217, y el delito de Amenazas previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, puesto que fueron niñas y adolescentes al momento de la ocurrencia del hecho, la medicatura forense, adminiculados estos puede demostrar y condenar al acusado BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA por estos delitos para quien el Ministerio Publico de conformidad con sus conocimientos científicos y las máximas de experiencia condene al acusado por los hechos imputados contra estas dos victimas quienes han pedido justicia, finalmente quiero dejar claro que el ministerio publico habiendo obrado de buena fe se decrete su condena y se aplique inmediatamente y solicito en esta sala porque el señor viene en libertad se mantenga en las instalaciones hasta tanto se dicte la dispositiva, es todo”.
LA DEFENSA PUBLICA ABG. ADIB DIB, QUIEN EXPUSO SUS CONCLUSIONES: “escuchado como ha sido el Ministerio Publico y siendo la oportunidad legal para esta defensa para exponer sus conclusiones lo realizo de la siguiente manera: primeramente durante el desarrollo del debate tuvimos la declaración de (SE OMITE IDENTIDAD) victima en la presente causa, la cual nos indicó que supuestamente fue abusada sexualmente por mi defendido, que el mismo se evadió del espiritismo, y lo realizo en el ultimo cuarto de la vivienda, dándole una bebida la cual señalo la victima la adormeció, dicho abuso el cual supuestamente realizó entre 13 y 14 años, indica que fueron tocamientos a su cuerpo como le refirió el Ministerio Publico ahora bien, existen bastantes interrogantes, contradicciones en la declaración de las victimas, porque esta victima espera tantos años para manifestarle a sus progenitores específicamente alrededor de 5 años después de que fue supuestamente abusada por mi defendido, si bien es cierto existía una amenaza que refiere para el momento del hecho la victima posteriormente la misma con mas edad ya tenia discernimiento para darse cuenta que dicha situación es irregular, y no esperar tener 18 años para comunicarle a sus progenitores motivada a que su pareja prácticamente es quien la motiva según manifiesta la misma, igualmente (SE OMITE IDENTIDAD) nos señala que es abusada en el ultimo cuarto de la vivienda de mi defendido mientas su progenitor se encontraba en la sala viendo televisión, muñequitos como este indico en su declaración, llama la atención a ésta defensa ya que durante el desarrollo del debate los mismos manifiestan que no solo estaba el progenitor sino la esposa de mi defendido, la cuñada y los hijos ahora no entiende este defensa como ninguna se percato en esos 20 minutos que refiere la victima ocurrió el hecho se dirigió a ese cuarto de fondo a ver que estaba pasando, a preguntas realizadas por el Ministerio Publico a (SE OMITE IDENTIDAD) de cuantas veces fuiste abusada por el señor benito respondiendo la misma perdí la cuenta, surgiendo una interrogante a esta defensa como si fueron tantas veces en el transcurso de esos años como la misma no pudo salir embarazada, será que tomaba algún tipo de anticonceptivos, porque bien sabemos que la misma es fértil actualmente con dos hijos igual mi defendido tiene hijos, otra contradicción es sobre el lugar donde ocurrieron los hechos a pregunta realizada por esta defensa ella refiere que el hecho ocurre en el ultimo cuarto que se encontraba en el fondo refiriendo que ese cuarto estaba demasiado lejos de donde ese encontraba el área común donde se encontraba su progenitor viendo muñequitos lo cual es contradictorio por los funcionarios actuantes, quienes nos indican que aproximadamente la distancia entre ese cuarto donde estaba el altar a la sala eran escasos tres metros, estamos hablando de tres metros de donde se encuentra esta defensa parada hasta aproximadamente donde esta usted en su estrado, es por lo que como se le puede otorgar veracidad en la declaración en contra de mi defendido si se ve que es una gran mentira, otra de las situaciones es que el ciudadano BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA la buscaba al colegio y que este quería llevársela a la fuerza, el señor Benito Ortiz se desempeñaba como chichero a las afueras del colegio junto con el papa de la victima y su abuelo, como puede referir que se la iba a llevar a la fuerza estando presentes sus papa y su abuelo, igualmente la victima señala que la ultima vez fue a los 18 años cumplidos, siendo contradictorio a preguntas realizadas por este juzgado que a los 18 años no porque ya la familia se había enterado de la situación, asimismo la misma alega que el señor benito abusaba de ella en la casa de sus padres, el mismo llegaba, ingresaba a la vivienda y la obligaba a cerrar todas las puertas y la obligaba a cometer el hecho, ahora donde encontraban las tías, la abuela, que le echaban una miradita mientras sus progenitores estaban trabajando, que su hermano mayor sospechaba algo y se lo manifestó a su progenitor como el observo algún tipo de alerta y sus padres no, si los mismo refiere que cada vez que el señor benito llegaba a casa de ellos observaban en sus hijas algún temor, es por lo que esta defensa considera que dicha declaración no se le puede dar valor probatorio en contra de mi defendido, siguiendo el orden del desarrollo del debate posteriormente tenemos a Eraina Hernández progenitora de las victimas dichas declaraciones no aporta nada importante a este caso, la misma refiere que mi defendido abusa de sus hijas a pesar de la confianza que le otorgaron a el y que hay pruebas, preguntándose la defensa que pruebas, alega que su hija tenia temor a Benito Ortiz lo cual refiere que sucedía cuando este llegaba a su casa pero que no tuvo ninguna sospecha, contradiciéndose a preguntas realizadas por este juzgado cuando manifiesta que le daba la impresión que pasaba algo porque las notaba raras, ahora bien porque no increpo a al señor Benito en el momento a ver que sucedía con sus hijas, asimismo a preguntas realizadas por este juzgador que indica su progenitora si noto cambios físicos en su hija……. manifestando la misma que no, pero que si notaba que cuando estaba su novio y Benito llegaba a su casa ella se escondía, ahora bien, esta defensa con dicha declaración no se puede determinar responsabilidad penal en contra de mi defendido, posteriormente tenemos a ……………….. Granadillo, quien nos manifiesta el mismo supuesto o modos operandi utilizado por el señor Benito con …………….. Granadillo, donde abusa de ella a los 10 años cuando es llevada por su progenitor a la casa del señor benito, supuesto abuso donde comete en el cuartito del altar, después que le da de beber un liquido amargo que la adormece para luego penetrarla, llama la atención a esta defensa porque esta victima se queda callada, por que no le manifestó a sus progenitores lo ocurrido si de su declaración no se desprende que haya sido amenazada por el señor benito Ortiz, que la misma cuando sucede el hecho se da cuenta que algo andaba mal a los 10 años de edad, eran suficiente donde la misma manifiesta que existió una situación irregular porque se queda callada, deduciendo esta defensa que dicha situación es falsa,……………….. refiere que su progenitor la lleva en dos oportunidades, quien se quedaba en la vivienda viendo televisión, y que no existía en ese momento nadie en la casa ahora bien, como este progenitor se queda viendo televisión y en ningún momento se dirigió a ver que le esta sucediendo a su hija o ayudar al señor benito con los baños para la salud de la victima, dicha declaración no se le puede otorgar veracidad en contra de mi defendido, siguiendo el orden tenemos a Orlando Granadillo, progenitor de las victimas quien nos relata que lleva sus hijas en dos oportunidades a la vivienda del señor benito de sanar a su hijo y lego la salud de………………, el mismo señala que se quedó mirando televisión mientras el señor Benito Ortiz le realizaba los baños, a pregunta realizada por el Ministerio Publico (SE OMITE IDENTIDAD) respondiendo el mismo que no, porque Benito era muy pana, el iba a la casa y cenaba teníamos confianza, es decir porque el señor Benito es muy pana no voy a observar que le están realizando a mi hija, insistiendo el Ministerio Publico al preguntarle si algún momento no tuvo suspicacia de saber que pasaba en esa habitación, el Ministerio Publico no puede creer como el progenitor no fue al cuartito a ver como se encontraba su hija, Orlando Granadillo refiere que el señor benito vivía en su casa con su e4sposa cuñada e hijos dicha declaración carece de veracidad ya que si estaban presentes esas personas como ninguna se percato de los hechos, a preguntas realizadas por el Ministerio Publico sobre si (SE OMITE IDENTIDAD) fue novia de Benito manifestando el mismo que una vez le dijo que estaba enamorado de kelly y le dijo no te lo puedo aceptar siendo que ante tal confesión de amor de Benito hacia kelly como es posible que tanto madre como padre no sospechaba n una situación irregular lo cual cusa gran desconcierto en esta defensa, ya que verdaderamente hay algo en esta historia que no concuerda, asimismo posteriormente tenemos a Carlos Villalobos Moran, dicho testigo no aporta nada relevante al presente caso relata lo alegado por las victimas y quien fue que motivo a (SE OMITE IDENTIDAD) a manifestarle a sus padres el supuesto hecho, indicando que benito la amenazaba con meterse con su hermano echándole brujería para que se muriera, ahora bien porque si tuvo valor para manifestarlo a su novio porque no manifestarlo a sus padres, por lo que dicha declaración no aporta nada en contra de mi defendido, posteriormente tenemos a Eliseo Hernández, abuelo de las victimas quien declara en la fase preparatoria del presente caso, indico que conoce a benito desde el año 46 es quien presenta su familia al señor benito, si bien es cierto el mismo no tuvo conocimiento sobre los hechos denunciado, no portó nada, no es menos cierto que a través del mismo nos indicó que tanto benito como su yerno y el eran chicheros a las afueras del colegio, reiterando este defensa como estando fuera del colegio sus familiares como mi defendido se la iba a llevar a la fuerza, seguidamente tenemos a la psicóloga Geraldine Beusses, dicha experto practica la evaluación psicológica a Kelly Granadillo, nos describe los métodos utilizados para abordar a la victima para aportar su conclusión, llama la atención a esta defensa porque si se le practico a (SE OMITE IDENTIDAD)dicha evaluación no se le practico a (SE OMITE IDENTIDAD) no son las dos supuestas victimas de abuso en el presente caso, posteriormente tenemos a Maria Di Paola Carrillo medico adscrito a medicatura forense practica la evaluación ginecológica, la misma no mucho puede aportar, ya que como refiere del Ministerio Publico dicha evaluación fue practicada 5 años después la cual solo pudo aportar una desfloración antigua teniendo una data de mas de 8 días, por lo que no le puede aportar valor probatorio en contra de mi defendido, por ultimo tenemos las declaraciones de los funcionarios que realizaron la inspección técnica del sitio del suceso, Audio Acosta y Albin Méndez, Audio Acosta nos refiere que tomo punto de referencia la iglesia, tomo fijaciones fotográficas a la vivienda parte lateral, frontal e interna, donde dormía el ciudadano y el área donde aparentemente había ocurrido el hecho, nos indicia que la vivienda es como un hato, que prácticamente no tenia cuartos era una área en común, nos refiere la distancia entre el ultimo cuarto donde ocurrieron los hechos al área común esta a escasos metros que prácticamente es abrir la puerta y ahí mismo esta el cuarto, por su parte Albin Méndez igualmente nos aporta la descripción de la vivienda pero nos indica que dichos cuartos estaban al fondo o a un costado, a escasos tres metros y que conformaban el área común de la vivienda, contradiciéndose ambos funcionarios, porque para uno era dentro de la parte interna y para otro estaba en la parte trasera, los dos funcionarios señalan que Benito Ortiz presta la colaboración posible, así pues ciudadano juez por todo lo antes expuesto durante el presente debate se evidencia que el Ministerio Publico no pudo desvirtuar el principio de presunción de inocencia que ampara a mi defendido, en virtud de las contradicciones señaladas por esta defensa invocando a favor del mismo el principio de in dubio pro reo establecido en los articulo 24 y 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal, principio que reza que ante la duda se debe favorecer al reo, es por lo que esta defensa solicita se decrete sentencia absolutoria al ciudadano BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA, colombiano sobre quien recayó dos solicitudes de orden de aprehensión pero aquí lo tenemos presente ante todos los llamados que le hizo este tribunal y tribunales anteriores y así como las victimas piden justicia el mismo esta aquí porque cree en la justicia de dios y de este tribuna, es todo”
ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE LA PALABRA A LA REPRESENTANTE FISCAL A LOS FINES DE REALIZAR LA REPLICA CORRESPONDIENTE, ASI LA ABG. DULCE ARAUJO EXPONE: “una vez escuchada a la defensa a la cual me permito hacer replicas en los siguientes términos, refiere la defensa que (SE OMITE IDENTIDAD) manifestó que supuestamente fue abusada por el ciudadano Benito Ortiz supuestamente no, fue abusada por Benito Ortiz, la defensa esta equivocada aquí quedo demostrada que (SE OMITE IDENTIDAD) señalo que “el abuso de mi el me acosaba” e indico las circunstancias de cómo abusaba de ella en su casa, en el cuartito de hechicería, en la enramada, refiere la defensa que lo realizó en el cuarto o en su casa, las victimas manifestaron su casa tiene al lado un cuarto de hechicería, también en el cuarto al lado ocurrió y luego la sacaba en la enramada y ahí le hacia los baños, en su casa también, primero fueron tocamiento , si pero después fue abonando el terreno para luego eyacular dentro de la vagina de ambas, hubieron incongruencia en las victimas en que si fueron muy claras en señalar al acusado en esta sala, fueron en momentos diferentes, fueron vulnerables en su edad, había una autoridad porque era su padre había miedo, refiere la defensa si bien es cierto hubieron unas amenazas, lo admite la defensa las amenazas fueron constantes, igual refiere que si estaba la esposa los hijos porque no se dieron cuenta porque estaba el papa allí fuera y no se entero de lo que estaba ocurriendo el se lavaba la cara y la ponía afuera a hacerle el baño efectivamente ninguno se dio cuenta hasta que (SE OMITE IDENTIDAD) se decidió sacar ese dolor, la defensa menciona que fueron tantas veces como no pudo salir embarazada, pregúnteselo a Benito Ortiz como hombre que hacia para que no saliera defensa, refiere la defensa que hubo contradicción en el lugar de los hechos, la defensa no entendió las victimas lo manifestaron en la sala esta la cama, al lado esta un cuartito, atrás había una enramada donde también lo hacia, la defensa dice que se trajo mentiras, el Ministerio Publico es parte de buena fe, se evidenciaron hechos ciertos que sucedieron, yo vengo a esta sala con estos medios de prueba a excepción el único que trajo la defensa que fue Eliseo Hernández como prueba nueva de acuerdo al articulo 342 del código orgánico procesal penal, ciudadano juez va a determinar que efectivamente hay elementos probatorios en todos estos testimonios, la defensa dice que Benito se la llevaba del colegio, el papa no estaba todo el tiempo las amigas señalaban porque el la iba a buscar, de hecho le pregunté si tenían problemas con el y ninguno a tenido problemas con el, el propio papa tampoco tuvo problemas con el, se valió de esa confianza para hacerle daños a sus dos hijas, ellas estaban solas en la casa, son hatos grandes, aun cuando la abuela vive para el fondo no estaban dentro de la casa, ellas indicaron que ellas cuidaban a sus hermanitos donde el señor benito llegaba y aprovechaba que estaban solas, como dice la defensa que son mentiras, la señora Eraina no tuvo suspicacia cierto porque sabia que cuando el acusado llegaba a su casa ambas salían corriendo que les llevaba chucherías, regalos, creía en el, que no aporta nada, aporto que fue y lo cacheteo cuando se entero lo que había hecho, dijo como su progenitor la llevaba a casa de el, aceptaron toda la mentira que su amigo el hoy acusado les decía, porque (SE OMITE IDENTIDAD) callo por su edad era vulnerable fue también amenazada, que sentido tiene que lo venga a señalara en esta sala, si cometió el abuso sexual si tiene valor probatorio todas las declaraciones de los testigos, el señor Orlando era el que las llevaba y se quedaba viendo televisión no sabia lo que estaba ocurriendo, dice que es una historia que no concuerda, eso es una falta de respeto porque hay unas lesiones, estos hechos fueron vividos y aquí hubo una psicólogo que lo demostró, Carlos Villalobos si aporto porque de él se desprende lo que sucedió, él le dio la confianza para que ella pudiera decir lo que le atormentaba de un ciudadano que irrespeto su libertad sexual, la defensa se pegunta porque no se le practicó la evaluación a (SE OMITE IDENTIDAD) si se le practico pero no pudo ser recabada, no fue porque no hubo diligencias por el Ministerio Publico, los dos funcionarios fueron contestes a decir el lugar de los hechos, quienes presenciaron ese abuso fueron las dos victimas, ellas saben que fue ese lugar la casa del señor Benito, el Ministerio Publico demostró en esta sala y desvirtuó la presunción de inocencia que tenia el acusado, ya no la tiene con todos estos testigos expertos y funcionarios, el sabe que cometió ese hecho, solo los pedófilos hacen eso por lo que el Ministerio Publico ratifica nuevamente ciudadano juez que emita su condena por el hecho que el cometió, es todo”.
ACTO SEGUIDO SE LE CONCEDE LA PALABRA A LA DEFENSA PUBLICA A LOS FINES DE REALIZAR LA REPLICA CORRESPONDIENTE, ASI EL ABG. ADIB DIB EXPONE: “siendo la oportunidad para la replica de esta defensa cuando esta defensa refiere supuestamente abuso de las victimas lo refiere y reitera es porque sobre el defendido recae el principio de presunción de inocencia siendo que toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario, la defensa fue clara en sus conclusiones al manifestar según refieren las victimas donde supuestamente ocurrieron los hechos, donde mencionan fue en el cuartito del altar y en la casa de los progenitores de la victima, nunca manifestó que fue en el área común, porque en esa área común se encontraba su progenitor viendo televisión y que según los funcionarios expertos la distancia entre en su acuarto y donde encontraban su progenitor era tres metros, igualmente como indicia a la declaración de (SE OMITE IDENTIDAD) si bien es cierto hay una amenaza la defensa lo indica es porque la victima lo refiere en su declaración, el Ministerio Publico refiere en su replica de que el papa siempre estuvo afuera pero no en todo momento estuvo afuera porque en su declaración manifiesta que estuvo adentro de la vivienda, en ningún momento esta defensa llamo de mentirosa al Ministerio Publico, por el contrario le tiene todo el respeto, igualmente refiere en su replica que cuando la progenitora sobre los hechos ocurridos el manifestó que era inocente ahora de que el manifestó que el iba a pagar por lo que había ocurrido es otra cosa, según consta en actas de la declaración de (SE OMITE IDENTIDAD) reitera esta defensa en ningún momento refiere que fue amenazada por benito para quedarse callada, igualmente el Ministerio Publico aclara de que ………. no le fue practicada la evaluación psicológica como si le fue practicada a su hermana, ya que se extravío pero si como sabemos si no esta anexada en actas para esta defensa no existe, igualmente refiere el Ministerio Publico que las victimas manifestaron declararon pero mi defendido no ha declarado pero por dicha razón no se puede declarar culpable, ciudadano juez, es por lo que esta defensa reitera que durante el desarrollo del debate y las pruebas aportadas por el Ministerio Publico no pudo desvirtuar el principio de presunción de inocencia que ampara a mi defendido y que según el principio de in dubio pro reo ante la dudad se debe favorecer al mismo, reiterando así pues mi solicitud de que se emita una sentencia absolutota a favor de mi defendido, es todo”.
DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Del análisis que hace este Tribunal con relación a los elementos probatorios recepcionados en el debate oral y privado llevado a cabo, luego de culminar con la recepción de todas pruebas, de conformidad a lo previsto en el Articulo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida de Violencia y de los Artículos 22, 181 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal, y teniendo como norte el Articulo 13 ejusdem, por remisión expresa del Articulo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida de Violencia y luego de razonar lo dado por acreditado para el Tribunal, a través de la recepción de las pruebas ofertadas por las partes, tal y como lo expresa el Doctrinario Tulio Chiossone, en su Manual de Derecho Procesal Penal, citado por el Autor Juvenal Salcedo Cárdenas en su texto Los Indicios Son Pruebas, el cual dice: “…en el derecho venezolano el indicio es siempre un hecho, y la presunción un proceso mental que tiene como punto de partida el hecho indiciario; Estas presunciones son de las denominadas hominis, porque son deducidas por medio de un razonamiento del Juez, en oposición a las presunciones legales que son las establecidas por el legislador y son de juris et de jure, por lo general (…) la presunción es la conclusión a la que se llega después que se ha hecho el razonamiento lógico-critico, habiendo partido de un hecho conocido, debidamente probado (lo sabido, el hecho indicador) y por inducción-deducción, aplicando las reglas de la experiencia, de los conocimientos científicos y de la lógica , se ha estructurado en un indicio y se llega a un hecho desconocido (por saber, desconocido); Se parte del hecho indicador probado, se llega al indicio y se concluye presumiendo (presunción) que se cometió un hecho punible, y, o, y quien fue el autor…”,
En atención a lo antes explanado el Tribunal estima que quedó comprobado lo siguiente: Con la Testimonial de la victima (SE OMITE IDENTIDAD) quedo acreditado, que contiene: Ausencia de incredibilidad Subjetiva, Verosimilitud y Persistencia en la Incriminación, ya que la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD) durante el debate sobre las preguntas hizo los siguientes señalamientos: , luego me empieza a tocar, a manosear, me dice que me quiete el brasier, porque sino tu hermanito se puede morir yo como era niña lo hice, entonces el empezó a tocarme los senos eso me beso todo el cuerpo y me dijo que me callara y por miedo que a mi hermanito le fuera ocurrir algo yo vine y me calle pensé que era normal o no se, no sabia o no tenia el conocimiento, entonces volvió otra vez y le dijo a mi papa que tenia que seguir yendo, recuerdo que iba tres veces a la semana”, “y el hacia lo mismo me tocaba me manoseaba y después que hacia eso me sacaba de ese cuarto”, “ con el tiempo me acosaba me decía cosas como que si decía algo tu hermano se puede morir y a mis papas le podía pasar algo si hablaba, yo tenia miedo y por eso callaba”, ,” yo entre iba cumpliendo los 12 años el señor me dice que me acueste que me quite toda la ropa y me da algo de beber yo me puse mareada no era la misma estaba como dormida, me dijo que me acostara en el piso del cuarto, me puso un trapo en la cara, yo no veía lo que me iba a hacer, cuando me acosté en el piso yo sentí molestia en mi parte y mi cuerpo no me respondía el solo me decía que me quedara tranquila que el no iba a hacer nada y yo inocente creí eso, pero el dolor era grandísimo”, “aprovechaba que yo estaba sola y me amenazaba y me decía que si no lo hacia mi mama se iba a morir y le decía que yo no quería eso y que yo quería mucho a mi madre, yo no podía hablar”, “ con el tiempo mi hermanita ……………….. quien tenia 9 años le dijo que la veía muy enferma, le dijo a mi padre y yo no pensé que el le fuera hacer lo mismo a mi hermana, le dijo a mi padre que la llevara porque la veía mal y si no hacia nada por ella se iba a morir ,el la llevo y después que me hizo lo que me hizo la mando a llamar a ella, fueron varias veces que la llevo mi papa cada vez que el llegaba el le ofrecía ver películas y se acostara ahí, le daba lo que el quisiera, a mi hermanita también le hacia lo mismo, lo presentía pero nunca le pregunte”, “mis padres no se daban cuenta porque ellos trabajaban, ellos llegaban a las 6.00 PM y ellos no veían mi tristeza sino que llegaban cansados a acostarse y no veían el desespero y las ganas de decirles lo que estaba sucediendo, en mis 15 años estuvo ahí ofreciéndole de todo a mi familia, ese día estuvo ahí y me miraba y yo tenia mucho miedo de que me fuera hacer algo”, “el ahí le decía a mis padres que me llevaran, pasaba un mes y decía que fuera, entré en ese cuarto y el me dio algo de tomar y me lo tome, mi cuerpo se adormecía, me acostaba en el piso, me tapaba la cara cuando el trapo se me cayo me estaba penetrando e intentaba quitármelo de encima y no podía, y yo de saber le dije a mi papa que no iba mas para allá y lo que me estaba haciendo me sentí tan mal, luego me llevaba a casa de mis padres y me sentía como si no valiera nada por lo que me había hecho a mi, quería decírselo a mis padres pero me decía que si se lo decía iban a sufrir mucho, no quería que ellos supieran lo que yo estaba sintiendo”,” saliendo de ser bachiller como le agarre confianza a mi novio le dije lo que me había pasado y me dice que hablara porque el tenia que pagar todo lo que me había hecho, me convenció y me ayudo a creer en dios, porque yo no creía en dios de tantas cosas que me habían pasado y fuimos a donde mis padres y le conté lo que había pasado” “ y mi padre que era al que mas le tenia confianza y le dije papi Benito me violo y el no lo podía creer y me dijo eso es verdad y le dije si y cuando ellos salieron a su casa a buscarlo les negó todo, les dijo que era mentira y mi hermana ……………….. me dice llorando que el también le había hecho lo mismo y le decía no puede ser y ella me decía si, si el me toco y me hizo lo que te hizo a ti, mis padres no sabían que el había hecho lo mismo y cuando llegan a su casa y le digo a mi mama que el también le había hecho lo mismo a mi hermana y mi papa estaba destrozado pero lo podía creer. PREGUNTA: ¿Los primeros años 11, 12, 13,14, hasta los 18, durante esos años abusaba de ti EL SEÑOR Benito? RESPUESTA: Si, hacia eso durante varios días hasta los 18 que pude tener esa fuerza de enfrentar lo que estaba pasando y hablar. ¿Para esos primeros años fueron tocamientos o ya empezó a penetrar? RESPUESTA: los Primeros días el me tocaba, me acostaba en el piso y me tapaba la cara pero a los 15 que pude voltear la cara vi lo que en realidad hacia que me penetraba. PREGUNTA: ¿Y antes de penetrar el te daba a beber algo? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Qué te daba de tomar? RESPUESTA: un trago que perdía las fuerzas. PREGUNTA: ¿Lograste verlo, qué sabor tenia? RESPUESTA: era amargo. PREGUNTA: ¿Siempre que ibas te daba esa bebida? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿En que lugar hacia eso? RESPUESTA: al fondo de su casa tenia un cuarto el ultimo ¿después que abusaba de ti que te decía? RESPUESTA: Me amenazaba que no dijera nada por que mi hermanito podía morir.¿Como se llama tu hermana? RESPUESTA: Wendy Granadillo. PREGUNTA: ¿Ella te refirió que edad tenía cuando el señor Benito empezó a abusar de ella? RESPUESTA: 10 años me dijo que la tocaba, la manoseaba. PREGUNTA: ¿Te recordaras cuantas veces fuiste abusada por el señor Benito? RESPUESTA: Perdí la cuenta. PREGUNTA: ¿Que te contó Wendy que le hacia el señor Benito? RESPUESTA: Lo mismo que a mi, la tocaba, le quitaba la ropa, la acostaba en le piso lo mismo que me hacia a mi.¿Estuviste algún momento enamorada del señor Benito Ortiz? RESPUESTA: Nunca, siempre sentía asco de el, que me mirara, que me tocara nunca sentí algo. ES TODO.:¿Que edad tenias cuando te realizo tu primer tratamiento? RESPUESTA: 11 años. PREGUNTA: ¿El te buscaba al colegio, tu papa tenía conocimiento? RESPUESTA: No muchas veces no, el llegaba y quería llevarme a las fuerza otras veces llegaba hasta donde estaba mi padre y le decía que me tenia que llevar a su casa porque necesitaba seguir con lo baños para que mi hermano mejorara. ¿Describe como era el cuarto donde te realizaba los baños? RESPUESTA: Tenia un altar con bastantes santos velas y tenia una silla el cuarto era muy oscuro. PREGUNTA: ¿Cuando realizaba lo que refieres en qué lugar del cuarto lo hacia? RESPUESTA: En el piso. PREGUNTA: ¿Luego que realiza o que penetra la primera vez te revisaste tus partes? RESPUESTA: Si me las revise porque fue un dolor insoportable y ahí fue donde me di cuenta. PREGUNTA: ¿Tu familia en ningún momento sospechaba? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Indica que edad tenía Wendy cuando tu papa la lleva a casa del señor Benito? RESPUESTA: 10 años. PREGUNTA: ¿Igualmente reflejaste que sospechabas que le estaba haciendo lo mismo a tu hermana., que te impedía preguntarle a ella si estaba haciéndole lo mismo? RESPUESTA: El temor de saber que yo fuera la culpable por yo no poder hablar. PREGUNTA: ¿Describe los tocamientos y cuantas veces fueron? RESPUESTA: Tres veces a la semana que mi padre me llevaba el me hacia quitar toda la ropa me tocaba los senos me besaba el cuerpo. PREGUNTA: ¿Solamente de la cintura hacia arriba o te beso los genitales? RESPUESTA: Solo mi cara. PREGUNTA: ¿Durante esos 11 años te toco las partes bajas? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Manifestaste que viste la penetración a los 15 años, antes de esos 15 años sentiste algún tipo de penetración o dolor? RESPUESTA: Si lo sentía, sentía esa molestia y pude sentir sus partes. PREGUNTA: ¿Cuantas veces entre los 12 y 15 años aproximadamente? RESPUESTA: No lo se fueron muchas veces. PREGUNTA: ¿Entre los 12 y 15 años hubo sexo oral? RESPUESTA: En mis genitales si.¿Y que recuerdes cuando fue la última vez que hubo esa supuesta penetración? 18 años cumplidos. PREGUNTA: ¿En que sitio recuerdas tú aparte de ese local que estaba anexo a la casa que otros sitios hubo tal penetración? RESPUESTA: En la casa de mi mama, aprovechaba que mi familia no estaba y me hacia cerrar la casa y me amenazaba y tenia que dejar que hiciera esas cosa. PREGUNTA: ¿Solo esos dos sitios? RESPUESTA: Si en casa de mi mama fueron 5 veces que el me hizo eso. PREGUNTA: ¿En que te buscaba al colegio? RESPUESTA: En una bicicleta. PREGUNTA: ¿Los bebedizos que el señor te daba a que te sabían? RESPUESTA: Amargo.: ¿Esos bebedizos fue en principio? RESPUESTA: Desde el primer día de los 11 años, que mi cuerpo estaba como adormecido.
Sobre la testimonial de la victima se verifica que en su declaración la misma manifiesta que efectivamente el ciudadano BENITO ORTIZ cometió contra ella diversos tipos de hechos entre los cuales tenemos: , entonces el empezó a tocarme los senos eso me beso todo el cuerpo , ”, “ con el tiempo me acosaba me decía cosas como que si decía algo tu hermano se puede morir y a mis papas le podía pasar algo si hablaba, yo tenia miedo y por eso callaba”, ,” yo entre iba cumpliendo los 12 años el señor me dice que me acueste que me quite toda la ropa y me da algo de beber yo me puse mareada no era la misma estaba como dormida, me dijo que me acostara en el piso del cuarto, me puso un trapo en la cara, yo no veía lo que me iba a hacer, cuando me acosté en el piso yo sentí molestia en mi parte y mi cuerpo no me respondía el solo me decía que me quedara tranquila que el no iba a hacer nada y yo inocente creí eso, pero el dolor era grandísimo”, ¿Los primeros años 11, 12, 13,14, hasta los 18, durante esos años abusaba de ti EL SEÑOR Benito? RESPUESTA: Si, hacia eso durante varios días hasta los 18 que pude tener esa fuerza de enfrentar lo que estaba pasando y hablar., los Primeros días el me tocaba, me acostaba en el piso y me tapaba la cara pero a los 15 que pude voltear la cara vi lo que en realidad hacia que me penetraba. después que abusaba de ti que te decía? RESPUESTA: Me amenazaba que no dijera nada por que mi hermanito podía morir.¿Como se llama tu hermana? RESPUESTA: (SE OMITE IDENTIDAD). PREGUNTA: ¿Ella te refirió que edad tenía cuando el señor Benito empezó a abusar de ella? RESPUESTA: 10 años me dijo que la tocaba, la manoseaba. PREGUNTA: ¿Te recordaras cuantas veces fuiste abusada por el señor Benito? RESPUESTA: Perdí la cuenta. PREGUNTA: ¿Que te contó Wendy que le hacia el señor Benito? RESPUESTA: Lo mismo que a mi, la tocaba, le quitaba la ropa, la acostaba en le piso lo mismo que me hacia a mi.¿Estuviste algún momento enamorada del señor Benito Ortiz? RESPUESTA: Nunca, siempre sentía asco de el, que me mirara, que me tocara nunca sentí algo. ES TODO.:¿Que edad tenias cuando te realizo tu primer tratamiento? RESPUESTA: 11 años. ¿Describe como era el cuarto donde te realizaba los baños? RESPUESTA: Tenia un altar con bastantes santos velas y tenia una silla el cuarto era muy oscuro. : ¿Luego que realiza o que penetra la primera vez te revisaste tus partes? RESPUESTA: Si me las revise porque fue un dolor insoportable y ahí fue donde me di cuenta. Indica que edad tenía Wendy cuando tu papa la lleva a casa del señor Benito? RESPUESTA: 10 años. ¿Describe los tocamientos y cuantas veces fueron? RESPUESTA: Tres veces a la semana que mi padre me llevaba el me hacia quitar toda la ropa me tocaba los senos me besaba el cuerpo. Manifestaste que viste la penetración a los 15 años, antes de esos 15 años sentiste algún tipo de penetración o dolor? RESPUESTA: Si lo sentía, sentía esa molestia y pude sentir sus partes. PREGUNTA: ¿Cuantas veces entre los 12 y 15 años aproximadamente? RESPUESTA: No lo se fueron muchas veces. PREGUNTA: ¿Entre los 12 y 15 años hubo sexo oral? RESPUESTA: En mis genitales si. ¿En que sitio recuerdas tú aparte de ese local que estaba anexo a la casa que otros sitios hubo tal penetración? RESPUESTA: En la casa de mi mama, aprovechaba que mi familia no estaba y me hacia cerrar la casa y me amenazaba y tenia que dejar que hiciera esas cosa. PREGUNTA: ¿Solo esos dos sitios? RESPUESTA: Si en casa de mi mama fueron 5 veces que el me hizo eso. ¿Esos bebedizos fue en principio? RESPUESTA: Desde el primer día de los 11 años, que mi cuerpo estaba como adormecido.
La victima narra de una forma muy clara todos los acontecimientos por los cuales tuvo que pasar desde los 11 años hasta los 18, dichos hechos se suscitaron en la casa de Benito Ortiz, en un pequeño cuarto cercano donde había un altar con santos y velas en donde empezó a esa edad con tocarle los senos y besar todo su cuerpo incluyendo sus partes bajas, que el la hacia desvestir y la acostaba en el piso del cuarto, antes de eso le daba un bebedizo que la hacia sentir mareada y con el cuerpo adormecido que estaba como dormida, que luego le colocaba un trapo en la cara y no veía lo que le hacia hasta que hubo un momento cuando tenia 15 años pudo voltear la cara y ver como la penetraba, que cuando esa penetración fue realizada por primera vez sintió un dolor insoportable y una molestia y que entre los 12 y los 15 años fueron muchas veces que ocurrió, que como tres veces por semana, que perdió la cuenta del total de veces que fue abusada, que además le practicaba sexo oral en sus genitales que para realizar dichos actos la amenazaba con que su hermanito se podía morir manifiesta igualmente que también abuso de ella como 5 veces en la casa de su mama, donde le hacia cerrarla y la amenazaba y tenia que dejar que hiciera esas cosas, igualmente dice que su hermana ………………….le dijo que a los 10 años la tocaba la manoseaba, la acostaba en el piso le quitaba la ropa, que era lo mismo que a ella. Hechos estos que manifiestan como kely sufrió una serie de acontecimientos a lo largo de varios años donde paso por etapas en su desarrollo de niña a adolescente, etapas estas donde Benito Ortiz abuso sexualmente de ella en principio con besos y tocamientos en sus partes intimas para pasar con el tiempo a penetrarla vaginalmente utilizando la excusa de la santería o brujería para manipular su ingenuidad de una forma reiterada a través de las amenazas diciéndole que le podía pasar algo a la salud de su hermano si no se dejaba abusar igualmente con poder influir hacia su padre y su madre con sus supuestos dones espirituales. Lo dicho por …………. se adminicula con su hermana ……………. en donde se utiliza el mismo modus operandis en principio, entre estos, el mismo envolvimiento por su “dominio de la santería”, la misma forma de proceder acostando a la niña en el piso, tapándole el rostro con un trapo, dándole besos, para luego penetrarla todo esto en el mismo cuarto con imágenes y velones que ambas describen o relatan de manera exacta. Lo dicho por la victima se adminicula con la testimonial de Eraina Hernandez, de Carlos Villalobos y de Orlando Granadillo.
LA TESTIMONIAL DE LA VICTIMA (SE OMITE IDENTIDAD):
“vengo porque ese señor abuso de mi yo quiero que él pague por lo que me hizo a mi y a mi hermana”, “ padres ese señor me vio que yo estaba flaca el le dijo a mis padres entonces mi papa me llevo hacia allá y el le dijo a mi papa que lo esperara ese señor me llevo a un cuartito que tiene detrás de su casa separado, ese señor me dijo que me acostara y me dijo quítate la ropa, antes de eso me fumo un tabaco y me dio algo de tomar y me tapo la cara con un trapo, no sentía nada en ese mismo instante el abuso de mi, luego de eso me saco de lo que él me hizo pa un patio pa donde nos bañaba, nos dio un baño yo Salí llegue a la casa sentía dolor entonces me llevo al siguiente día me llevo dos veces al otro día me llevo a un cuartito donde tiene su altar el agarro se sentó en una silla y ahí me empezó a besar y de ahí Salí y no fui mas, desde entonces pasaron años y me entere que el había abusado de mi hermana, cuando mi hermana le dice a mis padres yo quería hablar y decidí contarle a ella porque mis padres se fueron a la casa de ese señor a reclamarle porque le había hecho a eso a la hermana mía, como la vi sola me senté al lado de ella le conté que ese señor había abusado también de mi le conté que me había hecho lo mismo, la veía mal y decidí contarle lo que ese señor me había hecho y fue cuando mi mama llego y nos fuimos a que mi hermana a decirle lo que había pasado., es todo”. PREGUNTA: ¿Y que edad tenias cuando el señor benito abuso de ti? RESPUESTA: A los 10 años abuso de mi. ¿Dónde te encontrabas o dónde te llevo a hacerte lo que te hizo? RESPUESTA: A un cuartito que tiene al fondo de su casa. PREGUNTA: ¿Fuiste a esa casa en compañía de quien? RESPUESTA: De mis padres. PREGUNTA: ¿Viste lo que el te hizo? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Lo que te hizo te lo hizo sentada o acostada? RESPUESTA: En el piso. PREGUNTA: ¿Cuando te coloco el trapo estabas desnuda? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿Que bebida te dio? RESPUESTA: Algo malo. PREGUNTA: ¿Cuando dices que abuso en que forma lo hizo? RESPUESTA: El uso una cremita y me la hecho ahí después abuso de mi. PREGUNTA: ¿El señor Benito penetro su pene dentro de tu vagina? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿Una vez que ocurre eso que paso después? RESPUESTA: Salí de allá yo quería salir gritando a lo que llegue a la casa me puse a llorar por que el dijo que yo estaba enferma y el abuso de mi.: ¿Cuantas veces el señor benito abuso de ti? RESPUESTA: Una vez y la otra me beso y mas nada. PREGUNTA: ¿La segunda vez fue al día siguiente? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿El logro penetrarte con su pene nuevamente en tu vagina? RESPUESTA: No yo no quise ir más. ¿Una vez que tu papa se da cuenta lo que estaba pasando que hicieron? RESPUESTA: Salieron a la casa de ese señor a asustarlo mi mama lo cacheteó porque era desconfianza sobre lo de ella. PREGUNTA: ¿Cuando se entera tu mama de lo tuyo? RESPUESTA: El mismo día. ¿Después que eso ocurre ya tu dices que denuncias cuando tenias 15 años de edad, habías tenido relaciones sexuales anteriormente de que ocurrieran eso hechos con el señor benito? RESPUESTA: No, yo tenia un noviecito pero eso se termino cuando cumplí 15. PREGUNTA: ¿Hasta que tuviste 15 años fue con el señor benito únicamente? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Cuántas veces fuiste a la casa del señor benito? RESPUESTA: Dos. PREGUNTA: ¿Esas dos veces quien te acompaño? RESPUESTA: Mi papa. PREGUNTA: ¿Esas dos oportunidades se que do en la enramada? RESPUESTA: Una en la enramada y otras viendo películas. PREGUNTA: ¿En que lugar? RESPUESTA: Era como una salita había como una Cama, televisor. PREGUNTA: ¿Refieres de que el señor benito iba a la casa de tus padres y veía a tu hermana? RESPUESTA: Si, vi que el se encerraba, le enseñaba en un frasquito algo que tenia ella, no recuerdo que le hacia. PREGUNTA: ¿Que recuerdas de ese momento, sentiste algo diferente en tu parte genital, te amenazo? RESPUESTA: No, sentí algo que me estaba echando ahí y abuso de mi. PREGUNTA: ¿Como abusaba de ti? RESPUESTA: Yo estaba acostada y el encima mió. PREGUNTA: ¿Que pasaba? RESPUESTA: Abuso de mi. PREGUNTA: ¿Ese abuso viene dado por introducir el pene en tu vagina? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Cuantas veces? RESPUESTA: Una vez. PREGUNTA: ¿En ese acto el abuso se da por que introduce su pene en tu vagina cuantas veces en el mismo acto? RESPUESTA: Tres veces. PREGUNTA: ¿repetidas veces? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Luego de ahí que hiciste? RESPUESTA: Salir pa fuera me vestí rápido quería salir corriendo me dijo no pa que te echéis el baño. PREGUNTA: ¿Sentiste algún líquido en tus genitales? RESPUESTA: Si. ES TODO.
Sobre la testimonial de la victima se verifica que en su declaración la misma manifiesta que efectivamente el ciudadano BENITO ORTIZ cometió contra ella diversos tipos de hechos entre los cuales tenemos: “vengo porque ese señor abuso de mi yo quiero que él pague por lo que me hizo a mi y a mi hermana”, “mi papa que lo esperara ese señor me llevo a un cuartito que tiene detrás de su casa separado, ese señor me dijo que me acostara y me dijo quítate la ropa, antes de eso me fumo un tabaco y me dio algo de tomar y me tapo la cara con un trapo, no sentía nada en ese mismo instante el abuso de mi,” “veces al otro día me llevo a un cuartito donde tiene su altar el agarro se sentó en una silla y ahí me empezó a besar y de ahí Salí y no fui mas”, “me senté al lado de ella le conté que ese señor había abusado también de mi le conté que me había hecho lo mismo”, Y que edad tenias cuando el señor benito abuso de ti? RESPUESTA: A los 10 años abuso de mi. ¿Dónde te encontrabas o dónde te llevo a hacerte lo que te hizo? RESPUESTA: A un cuartito que tiene al fondo de su casa. PREGUNTA: ¿Viste lo que el te hizo? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Lo que te hizo te lo hizo sentada o acostada? RESPUESTA: En el piso. PREGUNTA: ¿Cuando te coloco el trapo estabas desnuda? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿Que bebida te dio? RESPUESTA: Algo malo. PREGUNTA: ¿Cuando dices que abuso en que forma lo hizo? RESPUESTA: El uso una cremita y me la hecho ahí después abuso de mi. PREGUNTA: ¿El señor Benito penetro su pene dentro de tu vagina? RESPUESTA: si. ¿Cuantas veces el señor benito abuso de ti? RESPUESTA: Una vez y la otra me beso y mas nada. PREGUNTA: ¿La segunda vez fue al día siguiente? RESPUESTA: Si. ¿Después que eso ocurre ya tu dices que denuncias cuando tenias 15 años de edad, habías tenido relaciones sexuales anteriormente de que ocurrieran eso hechos con el señor benito? RESPUESTA: No, yo tenia un noviecito pero eso se termino cuando cumplí 15. PREGUNTA: ¿Hasta que tuviste 15 años fue con el señor benito únicamente? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Cuántas veces fuiste a la casa del señor benito? RESPUESTA: Dos. PREGUNTA: ¿Esas dos veces quien te acompaño? RESPUESTA: Mi papa. PREGUNTA: ¿Que recuerdas de ese momento, sentiste algo diferente en tu parte genital, te amenazo? RESPUESTA: No, sentí algo que me estaba echando ahí y abuso de mi. PREGUNTA: ¿Como abusaba de ti? RESPUESTA: Yo estaba acostada y el encima mió. PREGUNTA: ¿Que pasaba? RESPUESTA: Abuso de mi. PREGUNTA: ¿Ese abuso viene dado por introducir el pene en tu vagina? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Cuantas veces? RESPUESTA: Una vez. PREGUNTA: ¿En ese acto el abuso se da por que introduce su pene en tu vagina cuantas veces en el mismo acto? RESPUESTA: Tres veces. PREGUNTA: ¿repetidas veces? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Luego de ahí que hiciste? RESPUESTA: Salir pa fuera me vestí rápido quería salir corriendo me dijo no pa que te echéis el baño. PREGUNTA: ¿Sentiste algún líquido en tus genitales? RESPUESTA: Si. La victima narra de una forma muy clara todos los acontecimientos por los cuales pasó en la casa de Benito Ortiz, específicamente en un pequeño cuarto al fondo de la casa, donde fue en dos oportunidades acompañada de su padre, mientras este veía televisión. Manifiesta que ella estaba acostada desnuda y el señor benito estaba encima de ella luego de echarle “una cremita” para después penetrarla repetidas veces sintiendo un líquido en sus genitales. Lo dicho por la victima se adminicula con la testimonial de su hermana Kely y con las testimoniales de Eraina Hernandez Carlos Villalobos y Orlando Granadillo.
La Testimonial de la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD) quien expuso lo siguiente: “mis hijas le tenían un temor, lo veían llegar y salían corriendo para el cuarto¿Que le dijo su hija? RESPUESTA: Que el abusaba de ella y que la amenazaba y a la otra hija también las amenazaba a alas dos. mi niño estaba enfermo y el papa ese lo lleva también y se la lleva a ella y cuando va a ver al niño en vez de hacer pasar al papa le hizo pasar fue a ella y fue cuando empezó a abusar de ella y la amenazo.: El entraba en la casa le decía a mi esposo que el era como un padre para ella yo también le tenia confianza. ¿Tuvo conocimiento en que lugar se lo hacia? RESPUESTA: Me dijo que en el cuarto. ¿Cuándo habla de abuso a que se refiere? RESPUESTA: Que el abuso demasiado con ella la violo la primera vez y después volvió a ir y en la casa 1 o 2 veces. PREGUNTA: ¿a ……………. también la violo? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Tenia conocimiento porque el iba al colegio? RESPUESTA: El vendía chicha, iba a verla.¿Llego a ir a la casa del señor benito? RESPUESTA: si 1 o 2 veces.. PREGUNTA: ¿Llego entrar al lugar donde tenía sus santos? RESPUESTA: Si PREGUNTA: ¿y su esposo? RESPUESTA: También PREGUNTA: ¿Tenia conocimiento en qué lugar se ocupaba su esposo? RESPUESTA: El se quedaba afuera. PREGUNTA: ¿Donde se quedaba? RESPUESTA: Dentro de la casa. PREGUNTA: ¿Qué lugar? RESPUESTA: En la sala o en la cocina. ¿Puede darme las características donde vive el señor Benito? RESPUESTA: Tiene la casa tiene una salita que tiene unos santos mas atrás tiene un cuarto donde la mete a ella. ES TODO. PREGUNTA: ¿El señor Benito iba mucho los fines de semana? RESPUESTA: Si cuando había una fiesta el es fotógrafo y fines de semana también, me daba la impresión que algo pasaba porque las notaba a ellas raras. PREGUNTA: ¿Entre los 11 y 18 años nunca vio una conducta rara de su hija? RESPUESTA: Si le preguntaba y me decía nada RESPUESTA: No, hasta a mi un día de las madres me llevo un regalo y se lo acepte porque era tanta la confianza. PREGUNTA: ¿Qué clase de obsequio? RESPUESTA: Una vez me obsequio un juego de vasos. PREGUNTA: ¿Y a su hija le obsequio algo? RESPUESTA: Le llevaba chuchería y así. La ciudadana ……………………….. manifiesta que debido a que su hijo estaba enfermo su marido decidió llevarlo donde Benito Ortiz para curarlo con unos baños que ella sabia que su marido se quedaba afuera, que ella entro a ese lugar en dos ocasiones y pudo ver unos santos atrás en un cuarto, que le daba la impresión de que algo pasaba porque las veía raras pero les preguntaba y ellas decían que nada pasaba, además que el sr Benito iba mucho a su casa sobre todo los fines de semana, que este le había obsequiado regalos y que le llevaba chuchearías a sus hijas, que su hija le manifestó que Benito las había amenazado y que había abusado de las dos que las había violado. Todo esto se adminicula con lo dicho por las victimas y por lo dicho por el ciudadano Orlando Granadillo y Carlos Villalobos en cuanto a las características del inmueble donde se produjeron los hechos y lo manifestado por Orlando Granadillo cuando este se quedaba afuera del cuarto viendo televisión mientras el Sr Benito abusaba de sus hijas y que en principio fueron ante este ciudadano por la enfermedad de su pequeño hijo. Lo dicho se adminicula con lo que manifestaron los ciudadanos: Carlos Villalobos y Orlando Granadillos, además de lo referido con las victimas.
LA TESTIMONIAL DEL CIUDADANO (SE OMITE IDENTIDAD) “ella me coto yo inmediatamente le dije vamos a plateárselo a tu papa y me dijo que no se lo contó por miedo que le fuera hacer algo a su hermano, cuado eso el hermano era tratado por el” “cuando nosotros nos regresamos conseguimos a la hermana llorando y en eso ella nos cuenta que a mi también me quiso hacer lo mismo o se lo hizo¿Qué le contó ……………..? RESPUESTA: Cuando eso el día antes fuimos hasta el mojan cuando ella me contó al otro día antes de irse a su casa me contó antes de que vos y yo lleguemos a mayores quiero contarte algo y le dije que te pasa ella me dice que a mi me violo un señor y yo qué señor no me quería decir y le dije tus padres lo saben, me dijo no, no lo saben no le quiero contar porque el me tiene amenazada diciéndome que se va a meter con mi hermano a echarle brujería a su hermano pa que el se muriera PREGUNTA: ¿Como se llama esa persona que la había violado? RESPUESTA: El señor aquí presente, ella me dijo que es Benito Ortiz que vive en san benito al lado de la iglesia, le dije que le contara a sus padres en ese entonces le dije vamos pa que le cuentes y ella le empezó a contar no quería pero le dije mejor deciselo. PREGUNTA: ¿En que lugar el Señor Benito abusaba de ella? RESPUESTA: En su casa supuestamente en un cuarto que tiene aparte no he ido a su casa ella me dice que le prendía el televisor a papi me metía en un cuarto, me tapaba la cara, me quitaba la ropa e incluso me dormía.: …………………, estaba llorando contándonos lo que le paso a ella también y dice que no dijo nada por miedo.¿Que razones te indicó ella de porque no quería contarle a sus progenitores? RESPUESTA: Porque él la amenazaba que si ella contaba algo le iba hacer algo a sus padres incluso ella me contó cosas que le pasaban cuando quería hablar, cuando le pasaba algo a sus padres y se echaba para atrás porque el le dijo que a ellos le iba a pasar algo. PREGUNTA: ¿tu señora cuando hablo contigo que te dijo ella de esa situación sexual que mantuvo con el señor benito por varios años? RESPUESTA: Ella me contaba que a ella su papa la llevaba para allá porque su hermano estaba mal y decía que quería tratarlo y decía su papa que era como su papa y a ella y a le lo metieron aparte y allá era donde le hacia las cosas que le hacia. PREGUNTA: ¿Que eran las cosas que le hacían, que detalles te dio………….? RESPUESTA: Ella decía que cuando eso le tapa sus ojos la dormía, ella era una niña no sabia nada o no tenia conocimiento de todo eso ella lloraba cuando le hacia las cosas que le hacia ella lloraba porque no sabia las cosas, le hacia el amor ella era inocente y el la amenazaba. PREGUNTA: ¿Hasta que edad te dijo que le hacia esas cosas? RESPUESTA: Que ya como a los 15 o 16 años era cuado tenia mas conocimiento y fue cuando entendió las cosas que le estaba haciendo y le sacaba el cuerpo, cuando decía que tenia que seguir yendo para allá ya ella tenia conocimiento y decía que no podía seguir con eso y me decía que ya le iba a contar a sus padres y el la amenazaba y la esperaba cuado estudiaba en las misiones o a veces la buscaba su papa dice que casi siempre se lo encontraba por el camino y el le decía que quería estar con ella, porque estaba enamorado de ella, incluso me decía yo por es señor lo que sentía era asco.
El ciudadano Carlos Villalobos es novio de ………., el relata como ella antes de ponerse a vivir con el decide confesarle sobre lo que a ella le había pasado desde que era una niña, de cómo el ciudadano Benito Ortiz había sido el culpable de haber abusado de ella y como este la amenazo para que no dijera nada ya que de lo contrario podía pasarle algo a su hermanito y hasta sus propios padres a través de brujerías para que ellos se murieran así mismo que ella le dijo que eso sucedía en la casa de ese señor en un cuartito aparte dejando que su padre viera televisión mientras el se encerraba con ella donde le tapaba la cara la desnudaba e incluso la dormía, que cuando ella quería decir a sus padres algo a estos les pasaba algo y por miedo se echaba para atrás, que el Sr. Benito era como un padre para su papa el Sr. Orlando, que igualmente presencio que al contarle ……….. a sus padres lo sucedido igualmente ……………… también llorando relato lo sucedido. Todo esto se adminicula con lo dicho por las victimas y por lo dicho por el ciudadano ………………………….. y la Ciudadana …………………...
Testimonial del ciudadano (SE OMITE IDENTIDAD) quien expuso lo siguiente: “fue como un padre para mi y llego a la casa nosotros teníamos a uno de los muchachitos enfermito me dijo para tratarlo porque lo veía mal, la mama acepto y dijo que tenia que llevarlo una de las muchachitas pero tenia que ser señorita, lo lleve al sitio donde el señor vive fuimos cinco, seis, o siete veces, entonces había que seguir llevándolo porque había que hacerle trabajos, con mi hija, el señor me dejaba dentro de la casa me ponía un televisor, cómodo y yo me quedaba ahí, al rato salía me decía bueno ya tráelo la próxima semana y así era sucesivamente y los días pasaban y la mama decía que porque había que seguir llevándole y el decía que había que seguir haciéndole el tratamiento, con el tiempo mi hija tuvo un novio y se fue con el muchacho la madre se puso brava y al día siguiente se aparece con el novio llorando con el muchacho y el muchacho me dice que tenia que hablar conmigo me dice su hija no le ha querido decir nada pero resulta ser que me contó me dijo que era niña que no podía hacerlo si no contaba lo que le paso y dijo que el señor le hizo esto y esto, le dije mija porque no hablaste y me dijo que porque el señor lo tenia amenazada, la madre se fue furiosa fuimos a hasta su casa, el señor nos dice que pasa y la mama le dio su cachetada y le dijo no tuviste el valor de decirme y le dijo yo soy consciente y voy a reconocer lo que hice, llegando a la casa consigo a la otra hija abrazada con ella llorando y me dijo papa me hizo lo mismo que a……… y fue cuando pusimos el caso en polimara, es todo”.¿Que le dijo el señor benito para que llevara a su hija a hacerse los baños? RESPUESTA: El muchachito lo teníamos mal supuestamente un mal de ojo y como el señor es espiritista y había que llevarlo una muchacha que fuera señorita.: ¿Nunca se dirigió a ese cuarto a ver que le hacia a ………….? RESPUESTA: No porque el señor para nosotros era muy pana, el iba a la casa y cenaba teníamos confianza. PREGUNTA: ¿Después de esos 7 días cuantas veces más llevo a su hija a casa del señor benito? RESPUESTA: Bastante tiempo como 20 veces mas. ¿Cuando llevaba a kely a esa casa observaba en qué lugar la colocaba? RESPUESTA: En el cuarto donde tiene sus santos. PREGUNTA: ¿Llego a observar donde el le hacia los baños? RESPUESTA: aparte en el cuarto. PREGUNTA: ¿Después que salía kely de esos baños como la observaba? RESPUESTA: Mojadita, un poco asustadita, pensaba que era los baños pero nunca me dijo nada ¿que hizo usted como padre? RESPUESTA: Yo llore ese día cuando me dice, pero me cuenta fue el marido de ella. PREGUNTA: ¿también llevo a sus otras dos hijas? RESPUESTA: Nunca, pero la hubiese podido llevar, a ella la llevo porque toda la vida ha sido delgadita, porque el me dice que esta enfermita y confié en el.¿Su hija kely fue alguna vez novia del señor benito? RESPUESTA: Una vez me dijo el que estaba enamorado de ella y le dije que no te lo puedo aceptar y me dijo bueno esta bien. ¿Cuando confronta al señor benito él manifestó que iba a responder? RESPUESTA: Si el dijo que si estaba consiente de lo que había hecho y que estaba dispuesto a responder cuando llego a la casa es que veo a la otra llorando ¿Igualmente refiere de que hasta los 17 u 18 años amenazaba a kely, como la amenazaba? RESPUESTA: Le dijo que si hablaba le hacia un trabajo a la madre o a su hijo. ¿Cuanto tiempo se tardaban en ese cuartito? RESPUESTA: Como media hora en el baño y como media hora en el altar. ¿Tenia fe ciega espiritual en el señor benito? RESPUESTA: Si porque el me conocía desde pequeñito yo era como su hijo, en la casa si hacíamos almuerzo le guardábamos a el primer plato a benito, una fiestecita el colaboraba con las fotos. ES TODO.
El ciudadano ……………………………… relata como progenitor de las victimas en principio que el Sr. Benito Ortiz era como su padre y que acudió a el para que curara a su hijo de “mal de ojo”, así mismo que el se quedaba en la casa viendo televisión mientras su hija ……….. en su momento y luego ………………… eran llevadas por el Sr Benito al cuarto de atrás donde el también en ocasiones anteriores había recibido “baños” o “despojos” dijo igualmente que en ese cuarto donde estaban los santos se demoraban como media hora, que llevo a su hija ……….. en principio 7 días y después como 20 veces mas que después de los baños la veia asustadita , que a ……………….. la llevo por que estaba muy flaquita y que el Sr. Benito le manifestó que estaba enamorado de …………………. diciéndole este que no se lo podía aceptar, que en su casa se le guardaba el primer plato para comer al Sr Benito, que ante el llego su hija …………….. y su novio Carlos Villalobos y esta le contó lo que el Sr Benito le había hecho y diciéndole que no se lo había comentado por miedo ya que la tenia amenazada y que cuando llego a su casa consiguió igualmente a su otra hija …………… diciéndole que le hizo lo mismo que a ………………... Todo esto se adminicula con lo dicho por las victimas y por lo dicho por el ciudadano ………………………………. y ………………………………….
La testimonial del ciudadano (SE OMITE IDENTIDAD) “fui llamado, porque soy amigo de benito hace desde el año 46 lo conozco y no le he conocido ninguna falta a él, vine a apoyarlo porque no tengo nada que conocer de el que haya tenido errores, nos conocemos desde el año 46 nos conocemos porque el vende chicha y yo cepillado, es todo”.¿Indíquele al Tribunal Qué es de ………………y …………………? RESPUESTA: Son nietas.¿Indíquele al Tribunal tiene conocimiento porque sus nietas están denunciando al señor benito? RESPUESTA: No tengo conocimiento de eso, no sabia nada de eso, de lo que esta pasando con el. PREGUNTA: ¿Indíquele al Tribunal si tiene conocimiento si su hija o yerno llevaron al hijo menor para la casa del señor benito a realizarle unos baños? RESPUESTA: No tengo conocimiento de eso. PREGUNTA: ¿Indíquele al Tribunal si en alguna oportunidad observo cierto interés por el señor Benito hacia sus nietas? RESPUESTA: Nunca lo vi, no tuve conocimiento de eso. PREGUNTA: ¿Es decir que en ningún momento observo situación irregular cuando el señor benito iba a casa de su hija con sus nietas? RESPUESTA: Si lo vi llegar pero nunca tuve conocimiento de cual era el interés de el. PREGUNTA: ¿Indique si sabe porque sus nietas están denunciando al señor benito? RESPUESTA: No tuve conocimiento de eso, no me comunicaba con ninguno de ellos ni con la mama ni con el papa. PREGUNTA: ¿La mama de sus nietas como se llama? RESPUESTA: Maria González. PREGUNTA: ¿Actualmente las Trata? RESPUESTA: Nos tratamos. PREGUNTA: ¿Cuando fue la última vez que hablo con ellas? RESPUESTA: Por un problema de mi hija menor, hace 34 años que estuve en junta con ella. PREGUNTA: ¿Cuantos años hace que usted no ve a su familia? RESPUESTA: Muchos años. PREGUNTA: ¿Vive actualmente con algún hijo? RESPUESTA: vivo Solitario. PREGUNTA: ¿el señor benito donde lo conoce? RESPUESTA: Ahí en el sector la lata ahí nos conocimos. PREGUNTA: ¿El es su amigo? RESPUESTA: Amigo y nos tratamos como hermano. PREGUNTA: ¿Cuanto tiempo hace que no lo veía? RESPUESTA: Siempre nos veíamos todos los días nos vemos siempre. PREGUNTA: ¿En donde se ven? RESPUESTA: En la calle o pasa por la casa, ¿Siente amor por esas dos nietas? RESPUESTA: No lo siento porque ellos tampoco sienten de mí. PREGUNTA: ¿Porque esta usted hoy aquí? RESPUESTA: con el papa nunca tuve amistad. PREGUNTA: ¿Estuvo presente cuando el señor benito abusaba de estas dos niñas? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Estuvo presente cuando el señor benito le hacía la limpieza de despojo a estas dos señoritas? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿tenia conocimiento que su yerno Orlando Granadillo llevaba a sus dos nietas a la casa del señor benito? RESPUESTA: Tampoco tengo.
El ciudadano ……………………………… manifiesta que el no sabia que sus nietas estaban denunciando al Sr. Benito Ortiz que el tiene una amistad con este desde 1.946, que se tratan como hermanos que no tiene conocimiento de que su nieto fuera llevado a realizarle baños, que vive solitario, que no siente amor por esas nietas ya que ellas no sienten de el, que no estuvo presente cuando se abuso de sus nietas, en fin dicha testimonial no aporta ningún elemento que sirva como prueba que pueda enervar lo manifestado en el juicio mucho menos adminicularse.
Testimonio del Oficial Actuante (SE OMITE IDENTIDAD), quien expuso lo siguiente: “mi actuación como tal fue que yo llegue, se me comisiono al llegar al sitio de la inspección técnica en la vivienda en el acta esta especificado en que condiciones se encontraba el sitio, había un sitio donde el ciudadano tenia santos en un cuartito aparte, estaba hecho como en lata, su cama se encontraba en la sala, aparte de la entrevista que tuve con el ciudadano quien permitió hacer la inspección del sitio, es todo”. PREGUNTA: ¿Conjuntamente con quien la practicó? RESPUESTA: con Albin Méndez. PREGUNTA: ¿Aparece en el acta su firma? RESPUESTA: Si PREGUNTA: ¿ratifica su firma? RESPUESTA: Claro que si. PREGUNTA: ¿indique la fecha en que la practico? RESPUESTA: Es la misma fecha que se manifiesta en el acta 28.07.2011 cual fue el lugar donde se dirigió a practicar el acta? RESPUESTA: Sector los Eses Parroquia Tamare Municipio Mara PREGUNTA: ¿Al momento de entrar especifique las características de la vivienda? RESPUESTA: Al principio tomamos como punto de referencia como una iglesia que estaba por allí y tomamos las fijaciones fotográficas de la vivienda parte frontal, lateral, interna, donde dormía el ciudadano y la parte donde aparentemente había ocurrido el hecho y su santuario. PREGUNTA: ¿Indique las Características del santuario? RESPUESTA: Había santos, velas PREGUNTA: ¿Esa pieza donde se encontraba ese altar estaba dentro de la vivienda o estaba a un lado? RESPUESTA: Al salir a la parte trasera tenía el cuartito pequeño donde tenía su altar. PREGUNTA: ¿Habían camas? RESPUESTA: No en ese momento no, habían mesas, estaban los santos, habían botellas de liquido, no se que liquido, velones, flores, la cama estaba en la sala PREGUNTA: ¿Que distancia hay entre ese cuarto a esa vivienda? RESPUESTA: Esta a unos escasos metros, no esta separada, la habitación donde tenia el altar es como abrir la puerta del fondo y ahí mismo esta el altar. PREGUNTA: ¿en ese pequeño cuarto que usted dice que vio en la parte de atrás observo si tenía ventanas? RESPUESTA: Tenia una sola entrada y salida. PREGUNTA: ¿no se acuerda si observo ventanas? RESPUESTA: No de verdad que no, ahora estoy recordando es que tenemos varios casitos que son así por violación, recuerdo que tenía una ventana de color gris, con marco de madera. PREGUNTA: ¿Se recuerda si estaba cerrada o abierta? RESPUESTA: Debió estar cerrada y era de lata lisa.
De la presente testimonial quedó acreditado para el Tribunal que efectivamente, realizo la Inspección Técnica En: Sector los Eses Parroquia Tamare Municipio Mara, tomo como referencia la iglesia de San Benito, realizada el 28-07-2011, reconociendo como suya la firma que suscribe la inspección, ratificando en sala el texto íntegro de la misma, del contenido testimonial del funcionario antes identificado, encontramos la relación sucinta que narra sobre actuaciones de investigación realizadas en el presente proceso narrando una ilustración genérica del cuarto donde se suscitaron los hechos, manifestando que dentro de este había un santuario o altar con velas e imágenes y que tenia una ventana. Dicha testimonial se adminicula con lo dicho por las victimas por lo dicho por el funcionario Albin Mendez y por la testimoniales de Orlando Granadillo.
Testimonio del Oficial Actuante ALBIN MENDEZ, quien expuso lo siguiente: “cual se describió en la inspección, donde aparecían una habitación que funge como un altar ya que no había objetos que presumía que era habitación solo un altar, donde se presumía se trabajaba de brujería ya que había varias imágenes, se describió todo el sitio y la vivienda, se recolecto un punto de referencia que fue la Iglesia San Benito y nos retiramos del lugar, es todo”.
¿Descríbame el sitio donde realizó esa inspección técnica? RESPUESTA: Era una cerca delimitada de alambre de púa de color de madera, fuimos al patio, le explicamos el motivo de porque estábamos presentes y no colocaron negativa, es una vivienda de bloque color rojo, la puerta era de lamina, al ingreso visualizamos el lugar donde s presumía se cometió el hecho había escaparate, un altar, ventana, el altar donde habían varias imágenes, velones, piso rustico de color gris, techo de laminas de zinc PREGUNTA: ¿Esa habitación que es un altar estaba dentro de la vivienda o fuera de la vivienda? RESPUESTA: Nos enfrascamos en describir la vivienda al ingresar a mano izquierda estaba PREGUNTA: ¿hay acceso desde el interior o hay que entrar por fuera a ese cuarto? RESPUESTA: No, esta la sala, al final de la vivienda, es como la ultima habitación, estaba del interior. PREGUNTA: ¿Tomo fotografías de eso? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Dentro de la vivienda se encontraba el cuarto del altar? RESPUESTA: La vivienda era como aislado, el sitio era más que todo para trabajo. PREGUNTA: ¿Que tipo de imágenes habían allí? RESPUESTA: Maria Lionsa, la virgen del carmen, varios indios. PREGUNTA: ¿Le consta que se practica brujería en esa habitación? RESPUESTA: Si, por las imágenes. PREGUNTA: ¿Como se llama el propietario del inmueble? RESPUESTA: Es el señor Benito.¿Habían otras viviendas? RESPUESTA: La mas cercana era la iglesia de san benito que queda al frente. ¿conjuntamente con quien? RESPUESTA: Con Audio Acosta PREGUNTA: ¿De cuantos cuartos constaba la vivienda? RESPUESTA: Describimos que fue una habitación y que nos enfrascamos mas en el cuartito donde se presumía que allí se había cometido el hecho. PREGUNTA: ¿Cuando entran a la vivienda que observan? RESPUESTA: La sala, como una habitación debe ser donde dormía el señor benito, luego nos dirigimos hacia el sitio. PREGUNTA: ¿Ese sitio donde refiere que esta el altar esta detrás de la vivienda aparte o conforma la vivienda? RESPUESTA: Es la misma vivienda pero queda al ladito. PREGUNTA: ¿Esta en la parte de adentro de la vivienda? RESPUESTA: De adentro no sino de a un costado.¿Puede manifestar que objetos visualizaron dentro de la vivienda? RESPUESTA: Muchas imágenes, velones, ramas, un altar especifico, donde están las imágenes, velones.¿Recuerda alguna ventana? RESPUESTA: Si sobre todo del lado del altar que funge como ingreso de ventilación.
De la presente testimonial quedó acreditado para el Tribunal que efectivamente, realizo la Inspección Técnica En: las eses de tamare el 28-07-2011, reconociendo como suya la firma que suscribe la inspección, ratificando en sala el texto íntegro de la misma, del contenido testimonial del funcionario antes identificado, encontramos la relación sucinta que narra sobre actuaciones de investigación realizadas en el presente proceso narrando una ilustración precisa del cuarto y de la casa en donde se suscitaron los hechos, manifestando que en dicho cuarto se encontraban muchas imágenes, velones, ramas, un altar así como una ventana, en dicho cuarto se presumía que se trabajaba con la brujería, que dicho sitio tiene como referencia la Iglesia de San Benito. Dicha testimonial se adminicula con lo dicho por las victimas y por lo dicho por Orlando Granadillos y el funcionario Audio Acosta.
La Testimonial de la Dra. GERALDINE BRICEÑO, Psicóloga Experta adscrita al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica del Estado Zulia, expuso en la evaluación concluí que para ese momento había indicadores significativos de patología mental dando una reacción depresiva y sugiriendo tratamiento especializado, es todo”.
PREGUNTA: ¿Explique los resultados en el caso específico de (SE OMITE IDENTIDAD)? RESPUESTA: Los indicadores emocionales establece que presento estado anímico de tristeza en relación a la situación vivida, hubo una negación de recordar ciertos hechos, habían ideación suicidas, todos estos indicadores arrojaron que estaba en un estado depresivo en relación a lo que había vivido. PREGUNTA: ¿Al momento de realizar la evaluación, que específicamente le manifestó en el área sexual? RESPUESTA: Ella me refirió que su primera monarquía fue a los 11 años y que había indicio sexual en relación a la situación vivida solamente me refirió eso a pesar de que tenia una relación de noviazgo no me refirió que tuviera relaciones sexuales con el. PREGUNTA: ¿Como la observo a ella? RESPUESTA: la note triste preocupada ante lo sucedido, indicadores de tristeza, depresión, ante una situación que la tenia bajo un estado depresivo, si nos vamos a esa edad el estado de depresión que no le permitía tomar decisiones relacionarse afectivamente hacia el área social.¿Como fueron los indicadores de la personalidad de (SE OMITE IDENTIDAD)? RESPUESTA: Su actitud fue aunado a estos sentimientos fue introvertida, a la defensiva, se evidencio cierta ideación suicida ideas de tristeza que giraron en torno a la situación. PREGUNTA: ¿sentimiento no deseado? RESPUESTA: Exactamente el no querer recordar, suprimo esa información para que no me cause daño. PREGUNTA: ¿Cuando hable de que tiene ideas suicidas a consecuencia de que indicador tiene estas ideas, que pudo originar esa depresión? RESPUESTA: Una situación que le genere tensión puede llevarlo a esto si no esta bien manejado, y caigo otra vez en esa etapa de adolescencia de amenazas puede llevar a cabo a un estado de depresión PREGUNTA: ¿Según sus conocimientos científicos y sus máximas de experiencia (SE OMITE IDENTIDAD) mintió sobre lo que vivió, lo que le expreso? RESPUESTA: No, considero que no, si hubiese sido así lo reflejo en el informe. PREGUNTA: ¿Que conclusiones le llevo a usted la evaluación de (SE OMITE IDENTIDAD)? RESPUESTA: Concluí que había indicadores de patología mental y estado de reacción depresiva. PREGUNTA: ¿Y el diagnostico y recomendaciones? RESPUESTA: reacción depresiva y sugerí intervención especializada. PREGUNTA: ¿Con esa evaluación solo se determina esa estado anímico de la victima? RESPUESTA: Si hay enfermedad mental trastornos de la niñez hasta trastornos sicóticos esta reacción depresiva abarca estado anímico tiene que ver con signos y síntomas que durante un tiempo prolongado me permite ver que existe este estado depresivo por eso concluyo que si había indicadores de patología mental. ES TODO.
PREGUNTA: ¿Pueden pasar años y es detectable? RESPUESTA: Si, si es una persona con características controvertidas puede tener ansiedad por el mismo hecho de que yo me guarde todo esta situación puede generar en mi muchas cosas que a la final que cierta situación haga que lo exprese de manera inadecuada. ES TODO.
Con el análisis de la testimonial del MÉDICO FORENSE GERALDINE MAYELA BEUSES BRICEÑO, quedó acreditad que fue quien suscribió el RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL, el día 16-12-2011 y reconoció su contenido y firma y dejo por sentado que, practicó examen medico legal a (SE OMITE IDENTIDAD) donde de acuerdo a los resultados arrojados se concluyó que para el momento que se realizo la evaluación el diagnostico encontró indicadores significativos de patología mental, dando una reacción depresiva, los indicadores emocionales establecieron que presento estado anímico de tristeza en relación a la situación vivida, hubo una negación de recordar ciertos hechos, había ideación suicida, todos estos indicadores arrojaron que estaba en un estado depresivo en relación a lo que había vivido, producto de amenazas y estado de tensión durante un tiempo vivido que le permite ver que existe estado depresivo y que puede ser detectado con los años, y que en dicho informe no miente ya que lo hubiera detectado.
La Testimonial de la Dra. MARIA DI PAOLA CARRILLO, expuso:
“en relación al RECONOCIMIENTO MEDICO FORENSE A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD): Al examen ginecológico se aprecia: Genitales externos normales, himen de forma anular de bordes festoneado. Desgarro antiguo, cicatrizada en hora seis, según las agujas del reloj. Sin lesiones ni huellas de haberlas recibido. Examen ano-rectal estado de los pliegues normales. Tono del esfínter conservado. Conclusión Desfloración antigua motivo por el cual no puedo precisar fecha de consumación y ano rectal normal; y en relación al RECONOCIMIENTO MEDICO FORENSE A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD) en cuanto al examen se aprecia Genitales externos normales, himen de forma anular de bordes festoneado, desgarros antiguos cicatrizados en hora tres, siete y nueve, según las agujas del reloj, fecha de la ultima regla 18.07.2011, sin lesiones ni huellas de haberlas recibido, examen ano-rectal estado de los pliegues normales, tono del esfínter conservado. Conclusión, desfloración antigua motivo por el cual no puedo precisar fecha de consumación, ano rectal normal, es todo”. “para el día 16.12.2011 realice evaluación psicológica a la ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD) de 18 años de edad donde de acuerdo a las técnicas utilizadas en la evaluación concluí que para ese momento había indicadores significativos de patología mental dando una reacción depresiva y sugiriendo tratamiento especializado, es todo”.
En relación al RECONOCIMIENTO A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD): ¿Explique con sus máximas de experiencias y sus conocimientos que significa para usted el numeral dos que se refiere a himen de forma anular de borde festoneado. Desgarro antiguo cicatrizada en hora seis según las agujas del reloj? RESPUESTA: las características del himen son contorneadas cuando habla desgarro antigua cicatrizado en hora 6 tiene un desgarro antiguo mas de 8 días. PREGUNTA: ¿Cuando exista una relación sexual consumada que haya ocurrido sin el consentimiento entre 6 o 5 años antes del momento que se realizo la medicatura cual seria las conclusiones? RESPUESTA: Va a depender del tiempo que hayamos hecho el examen. PREGUNTA: ¿Si se hizo el 22.07.2011 y ocurrieron los hechos 5 años atrás cual seria las conclusiones? RESPUESTA: Para hablar desfloración antigua mas de 8 días ya es desfloración antigua. Ahora bien, en relación al RECONOCIMIENTO MEDICO FORENSE A LA CIUDADANA (SE OMITE IDENTIDAD): PREGUNTA: ¿En el numeral dos cuando dice himen de forma anular con bordes festoneado, desgarros antiguos, cuando se refiere cicatrizado en hora 3, 7 y 9 puede tener un indicador por la hora? RESPUESTA: Lo que puede pasar en base a la constitución de ese himen, a lo mejor hubo un solo desgarro porque es más elástico, tiene más soltura, es más grueso y solo sede un solo sitio, va a depender de la constitución, si es más joven, más delgada, pero nos va a permitir ver si es violación o no. PREGUNTA: ¿Con respecto a las conclusiones cuando dice desfloración antigua podemos determinar que ocurrió hace más de 8 días? RESPUESTA: Cuando es mayor de 8 días puede ir de 8 días a años, por eso no se puede confirmar la data a diferencia que si es reciente podemos decir si tiene 3 o 4 días tiene menos de 8 días, desfloración antigua va desde 8 días mayor de eso. PREGUNTA: ¿podríamos decir que el desgarro de un himen se clasifica antes de los 8 días reciente y después antiguo, en el caso de que se produzca una penetración hace 10 o 15 años ese rasgo permanece independientemente de que la persona no haya tenido otra relación sexual? RESPUESTA: Después que se produce ese desgarro queda por el transcurrir del tiempo, si solo tuvo un contacto sexual donde tuvo la desfloración esa desfloración no se va a borrar, cicatriza el desgarro. PREGUNTA: ¿No puede decir el tiempo pero si que sucedió? RESPUESTA: Si exactamente. ES TODO.
En la testimonial de la Dra Maria Di Paola se manifiesta que las victimas presentaban indicadores de desgarro o desfloración antigua de mas de 8 días que luego que se produce queda por el transcurrir del tiempo, que esa desfloración no se borra, además en ambas victimas diagnostico ano rectal normal, lo dicho por la forense se adminicula con lo relatado por las victimas en cuanto al tipo de acciones sexuales que fueron ejecutados en contra de ellas. Dicha testimonial se adminicula por lo dicho por la Dra Geraldine Beuses cuando refiere que en el caso de ………. había indicadores de significativos de patología mental dando una reacción depresiva y sugiriendo tratamiento especializado.
Con la Testimonial de las victimas (SE OMITE IDENTIDAD), quedo acreditado, que el acusado BENITO ORTIZ FONSECA, cometió acciones que por su misma naturaleza causaron un daño profundo y continuado a ambas, que dichos hechos se suscitaron en su casa, en un pequeño cuarto cercano donde había un altar con santos y velas en donde empezó a los 10 años con tocarle los senos y besar todo su cuerpo incluyendo sus partes bajas, que el la hacia desvestir y la acostaba en el piso del cuarto, antes de eso le daba un bebedizo que la hacia sentir mareada y con el cuerpo adormecido que estaba como dormida, que luego le colocaba un trapo en la cara y no veía lo que le hacia hasta que hubo un momento cuando tenia 15 años que pudo voltear la cara y ver como la penetraba, que cuando esa penetración fue realizada por primera vez sintió un dolor insoportable y una molestia y que entre los 12 y los 15 años fueron muchas veces que ocurrió, que como tres veces por semana, que perdió la cuenta del total de veces que fue abusada, que además le practicaba sexo oral en sus genitales que para realizar dichos actos la amenazaba con que su hermanito se podía morir, que también abuso de ella como 5 veces en la casa de su mama, donde la hacia cerrarla y la amenazaba y tenia que dejar que hiciera esas cosas, igualmente con …………….. a quien a los 10 años la tocaba la manoseaba, la acostaba en el piso le quitaba la ropa, que era lo mismo para las dos hermanas. Hechos estos que manifiestan como kely sufrió una serie de acontecimientos a lo largo de varios años donde paso por etapas en su desarrollo de niña a adolescente, etapas estas donde Benito Ortiz abuso sexualmente de ella en principio con besos y tocamientos en sus partes intimas para pasar con el tiempo a penetrarla vaginalmente utilizando la excusa de la santería o brujería para manipular su ingenuidad de una forma reiterada a través de las amenazas diciéndole que le podía pasar algo a la salud de su hermano si no se dejaba abusar, igualmente con poder influir hacia su padre y su madre con sus supuestos dones espirituales. Asi mismo con ……….. donde se utiliza el mismo modus operandis en principio, entre estos, el mismo envolvimiento por su “dominio de la santería”, la misma forma de proceder acostando a la niña en el piso, tapándole el rostro con un trapo, dándole besos, para luego penetrarla todo esto en el mismo cuarto con imágenes y velones que ambas describen o relatan de manera exacta, dentro de su domicilio ubicado en: …………………… Tal y como se desprende del.- ACTA DE INSPECCIÓN TÉCNICA SUSCRITA POR LOS FUNCIONARIOS: AUDIO ACOSTA, Oficial adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Municipio Mara del Estado Zulia, de fecha 28-07-2011, suscrita por los funcionarios AUDIO ACOSTA Y ALBIN MENDEZ, la cual fuera ratificada en Sala de Juicio por los referidos funcionarios.
Tal afirmación se desprende de los contestes realizados por las victimas quienes a las preguntas realizadas manifestaron:
en el caso de ………:, entonces el empezó a tocarme los senos eso me beso todo el cuerpo , ”, “ con el tiempo me acosaba me decía cosas como que si decía algo tu hermano se puede morir y a mis papas le podía pasar algo si hablaba, yo tenia miedo y por eso callaba”, ,” yo entre iba cumpliendo los 12 años el señor me dice que me acueste que me quite toda la ropa y me da algo de beber yo me puse mareada no era la misma estaba como dormida, me dijo que me acostara en el piso del cuarto, me puso un trapo en la cara, yo no veía lo que me iba a hacer, cuando me acosté en el piso yo sentí molestia en mi parte y mi cuerpo no me respondía el solo me decía que me quedara tranquila que el no iba a hacer nada y yo inocente creí eso, pero el dolor era grandísimo”, ¿Los primeros años 11, 12, 13,14, hasta los 18, durante esos años abusaba de ti EL SEÑOR Benito? RESPUESTA: Si, hacia eso durante varios días hasta los 18 que pude tener esa fuerza de enfrentar lo que estaba pasando y hablar., los Primeros días el me tocaba, me acostaba en el piso y me tapaba la cara pero a los 15 que pude voltear la cara vi lo que en realidad hacia que me penetraba. después que abusaba de ti que te decía? RESPUESTA: Me amenazaba que no dijera nada por que mi hermanito podía morir.¿Como se llama tu hermana? RESPUESTA: ……………..o. PREGUNTA: ¿Ella te refirió que edad tenía cuando el señor Benito empezó a abusar de ella? RESPUESTA: 10 años me dijo que la tocaba, la manoseaba. PREGUNTA: ¿Te recordaras cuantas veces fuiste abusada por el señor Benito? RESPUESTA: Perdí la cuenta. PREGUNTA: ¿Que te contó ……………………… que le hacia el señor Benito? RESPUESTA: Lo mismo que a mi, la tocaba, le quitaba la ropa, la acostaba en le piso lo mismo que me hacia a mi.¿Estuviste algún momento enamorada del señor Benito Ortiz? RESPUESTA: Nunca, siempre sentía asco de el, que me mirara, que me tocara nunca sentí algo. ES TODO.:¿Que edad tenias cuando te realizo tu primer tratamiento? RESPUESTA: 11 años. ¿Describe como era el cuarto donde te realizaba los baños? RESPUESTA: Tenia un altar con bastantes santos velas y tenia una silla el cuarto era muy oscuro. : ¿Luego que realiza o que penetra la primera vez te revisaste tus partes? RESPUESTA: Si me las revise porque fue un dolor insoportable y ahí fue donde me di cuenta. Indica que edad tenía …………….. cuando tu papa la lleva a casa del señor Benito? RESPUESTA: 10 años. ¿Describe los tocamientos y cuantas veces fueron? RESPUESTA: Tres veces a la semana que mi padre me llevaba el me hacia quitar toda la ropa me tocaba los senos me besaba el cuerpo. Manifestaste que viste la penetración a los 15 años, antes de esos 15 años sentiste algún tipo de penetración o dolor? RESPUESTA: Si lo sentía, sentía esa molestia y pude sentir sus partes. PREGUNTA: ¿Cuantas veces entre los 12 y 15 años aproximadamente? RESPUESTA: No lo se fueron muchas veces. PREGUNTA: ¿Entre los 12 y 15 años hubo sexo oral? RESPUESTA: En mis genitales si. ¿En que sitio recuerdas tú aparte de ese local que estaba anexo a la casa que otros sitios hubo tal penetración? RESPUESTA: En la casa de mi mama, aprovechaba que mi familia no estaba y me hacia cerrar la casa y me amenazaba y tenia que dejar que hiciera esas cosa. PREGUNTA: ¿Solo esos dos sitios? RESPUESTA: Si en casa de mi mama fueron 5 veces que el me hizo eso. ¿Esos bebedizos fue en principio? RESPUESTA: Desde el primer día de los 11 años, que mi cuerpo estaba como adormecido.
En el caso de ……………………: : “vengo porque ese señor abuso de mi yo quiero que él pague por lo que me hizo a mi y a mi hermana”, “mi papa que lo esperara ese señor me llevo a un cuartito que tiene detrás de su casa separado, ese señor me dijo que me acostara y me dijo quítate la ropa, antes de eso me fumo un tabaco y me dio algo de tomar y me tapo la cara con un trapo, no sentía nada en ese mismo instante el abuso de mi,” “veces al otro día me llevo a un cuartito donde tiene su altar el agarro se sentó en una silla y ahí me empezó a besar y de ahí Salí y no fui mas”, “me senté al lado de ella le conté que ese señor había abusado también de mi le conté que me había hecho lo mismo”, Y que edad tenias cuando el señor benito abuso de ti? RESPUESTA: A los 10 años abuso de mi. ¿Dónde te encontrabas o dónde te llevo a hacerte lo que te hizo? RESPUESTA: A un cuartito que tiene al fondo de su casa. PREGUNTA: ¿Viste lo que el te hizo? RESPUESTA: No. PREGUNTA: ¿Lo que te hizo te lo hizo sentada o acostada? RESPUESTA: En el piso. PREGUNTA: ¿Cuando te coloco el trapo estabas desnuda? RESPUESTA: si. PREGUNTA: ¿Que bebida te dio? RESPUESTA: Algo malo. PREGUNTA: ¿Cuando dices que abuso en que forma lo hizo? RESPUESTA: El uso una cremita y me la hecho ahí después abuso de mi. PREGUNTA: ¿El señor Benito penetro su pene dentro de tu vagina? RESPUESTA: si. ¿Cuantas veces el señor benito abuso de ti? RESPUESTA: Una vez y la otra me beso y mas nada. PREGUNTA: ¿La segunda vez fue al día siguiente? RESPUESTA: Si. ¿Después que eso ocurre ya tu dices que denuncias cuando tenias 15 años de edad, habías tenido relaciones sexuales anteriormente de que ocurrieran eso hechos con el señor benito? RESPUESTA: No, yo tenia un noviecito pero eso se termino cuando cumplí 15. PREGUNTA: ¿Hasta que tuviste 15 años fue con el señor benito únicamente? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Cuántas veces fuiste a la casa del señor benito? RESPUESTA: Dos. PREGUNTA: ¿Esas dos veces quien te acompaño? RESPUESTA: Mi papa. PREGUNTA: ¿Que recuerdas de ese momento, sentiste algo diferente en tu parte genital, te amenazo? RESPUESTA: No, sentí algo que me estaba echando ahí y abuso de mi. PREGUNTA: ¿Como abusaba de ti? RESPUESTA: Yo estaba acostada y el encima mió. PREGUNTA: ¿Que pasaba? RESPUESTA: Abuso de mi. PREGUNTA: ¿Ese abuso viene dado por introducir el pene en tu vagina? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Cuantas veces? RESPUESTA: Una vez. PREGUNTA: ¿En ese acto el abuso se da por que introduce su pene en tu vagina cuantas veces en el mismo acto? RESPUESTA: Tres veces. PREGUNTA: ¿repetidas veces? RESPUESTA: Si. PREGUNTA: ¿Luego de ahí que hiciste? RESPUESTA: Salir pa fuera me vestí rápido quería salir corriendo me dijo no pa que te echéis el baño. PREGUNTA: ¿Sentiste algún líquido en tus genitales? RESPUESTA: Si.
Importante en el presente caso, traer a colación el criterio del tratadista Jairo Parra Quijano, con lo que respecta a la valoración del testimonio de la víctima y nos ilustra en el siguiente sentido:
“Testimonio del ofendido: Es tema pacífico que la presunción de inocencia pueda ser desvirtuada por el testimonio único de la víctima … No sería ciencia aquello que sólo tiene tino para estudiar determinadas cuestiones y que tienden de antemano rechazar in límine algunas, porque no tiene la estructura para juzgarlas y valorarlas, dándole valor probatorio o negándoselas, pero previo estudio, todas las ciencias auxiliares y todos los excedentes extralegales son suficientes, para poder afirmar que cualquier medio probatorio puede ser juzgado para saber si del mismo se puede o no extraer la certeza objetiva que se persigue conseguir con el proceso (…) El testimonio de la víctima es por cierto muy especial, porque se supone que el funcionario (juez), tiene que estudiar una síntesis que requiere ponderación y buen juicio, que es la que nace entre la imparcialidad (testimonio) y parcialidad (víctima, supuestamente interesada en que se sancione a quien acusa). Hay que ser cauteloso. A la víctima de un delito no se le puede vender la idea de que por no existir, sino su versión, no es posible investigar el hecho, como si ella fuera la culpable de la poca cantidad de pruebas. Inclusive muchas veces la cantidad no significa buena calidad en la prueba recaudada. Debemos valorar su versión para saber si crea la certeza objetiva suficiente para poder condenar al señalado. (…) Las Cortes de modelo acusatorio en muchas determinaciones sobre el particular, han estimado que cuando esta clase de declarantes ostenta ponderación, coherencia y razonada, resulta suficiente para informar el convencimiento del juzgador sobre la responsabilidad del acusado”
Debe señalarse entonces que el testimonio de las víctimas (SE OMITE IDENTIDAD), recibido durante el juicio oral, una vez realizado el correspondiente análisis permitió a este Juzgador determinar con plena certeza y sin lugar a dudas los hechos sufridos, de modo que los mismos quedaron perfectamente concatenados con el resultado emitido por los exámenes de las profesionales forenses La Testimonial de la Dra. GERALDINE BRICEÑO, Psicóloga Experta adscrita al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica del Estado Zulia, expuso en la evaluación concluí que para ese momento había indicadores significativos de patología mental dando una reacción depresiva y sugiriendo tratamiento especializado, es todo”., los indicadores emocionales establecieron que presento estado anímico de tristeza en relación a la situación vivida, hubo una negación de recordar ciertos hechos, había ideación suicida, todos estos indicadores arrojaron que estaba en un estado depresivo en relación a lo que había vivido, producto de amenazas y estado de tensión durante un tiempo vivido que le permite ver que existe estado depresivo y que puede ser detectado con los años, y que en dicho informe no miente ya que lo hubiera detectado. Así mismo la Testimonial de la Dra. MARIA DI PAOLA CARRILLO, se manifiesta que las victimas presentaban indicadores de desgarro o desfloración antigua de mas de 8 días que luego que se produce queda por el transcurrir del tiempo, que esa desfloración no se borra, además en ambas victimas diagnostico ano rectal normal, lo dicho por la forense se adminicula con lo relatado por las victimas en cuanto al tipo de acciones sexuales que fueron ejecutados en contra de ellas.
Con la Testimonial de las victimas (SE OMITE IDENTIDAD), quedo acreditado, que el acusado BENITO ORTIZ FONSECA, cometió acciones que por su misma naturaleza causaron un daño profundo y continuado a ambas, que dichos hechos se suscitaron en su casa, en un pequeño cuarto cercano donde había un altar con santos y velas en donde empezó a los 10 años con tocarle los senos y besar todo su cuerpo incluyendo sus partes bajas, que el la hacia desvestir y la acostaba en el piso del cuarto, antes de eso le daba un bebedizo que la hacia sentir mareada y con el cuerpo adormecido que estaba como dormida, que luego le colocaba un trapo en la cara y no veía lo que le hacia hasta que hubo un momento cuando tenia 15 años que pudo voltear la cara y ver como la penetraba, que cuando esa penetración fue realizada por primera vez sintió un dolor insoportable y una molestia y que entre los 12 y los 15 años fueron muchas veces que ocurrió, que como tres veces por semana, que perdió la cuenta del total de veces que fue abusada, que además le practicaba sexo oral en sus genitales que para realizar dichos actos la amenazaba con que su hermanito se podía morir, que también abuso de ella como 5 veces en la casa de su mama, donde la hacia cerrarla y la amenazaba y tenia que dejar que hiciera esas cosas, igualmente con ……………a quien a los 10 años la tocaba la manoseaba, la acostaba en el piso le quitaba la ropa, que era lo mismo para las dos hermanas. Hechos estos que manifiestan como kely sufrió una serie de acontecimientos a lo largo de varios años donde paso por etapas en su desarrollo de niña a adolescente, etapas estas donde Benito Ortiz abuso sexualmente de ella en principio con besos y tocamientos en sus partes intimas para pasar con el tiempo a penetrarla vaginalmente utilizando la excusa de la santería o brujería para manipular su ingenuidad de una forma reiterada a través de las amenazas diciéndole que le podía pasar algo a la salud de su hermano si no se dejaba abusar, igualmente con poder influir hacia su padre y su madre con sus supuestos dones espirituales. Asi mismo con ……….. donde se utiliza el mismo modus operandis en principio, entre estos, el mismo envolvimiento por su “dominio de la santería”, la misma forma de proceder acostando a la niña en el piso, tapándole el rostro con un trapo, dándole besos, para luego penetrarla todo esto en el mismo cuarto con imágenes y velones que ambas describen o relatan de manera exacta, corroborando y ratificando con ello la existencia del delito como consecuencia del abuso sexual, dichos por las victimas que adminiculados con las testimoniales de su propio padre , madre y novio demuestran de manera fehaciente que la conducta del ciudadano Benito Ortiz se subsume dentro del Abuso Sexual a niña y a Adolescente y de las amenazas toda vez que sus acciones quedaron evidenciadas con el decir de las testimoniales en el juicio cuando manifestaron los hechos que se suscitaron dentro del cuarto para practicas de santeria en la casa de Benito Ortiz..
Sobre el asunto la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, dejó establecido su criterio sobre su valor probatorio, en la sentencia N° 179, de fecha 10-05-2005, con ponencia del Magistrado Héctor Manuel Coronado Flores, expediente C04-0239:
"El testimonio de la víctima o sujeto pasivo del delito tiene pleno valor probatorio, considerándosele un testigo hábil. Al no existir en nuestro proceso penal el sistema legal o tasado en la valoración de la prueba, no se produce la exclusión del testimonio único, aun procediendo de la víctima, ello en tanto no aparezcan razones objetivas que lleven a invalidar las afirmaciones de ésta o susciten en el Tribunal una duda que le impida formar su convicción al respecto".
Al respecto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, quiere dejar asentadas las siguientes consideraciones:
Resulta necesario determinar que se entiende por VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, a los fines de verificar si los hechos que se consideran probados pueden ser considerados como Violencia de Género, y en este sentido conforme a lo dispuesto en la Convención sobre la Eliminación de todas la Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en su Artículo 1 se entiende como “discriminación contra la mujer” “…toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer…sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera…”.
Por su parte y de manera más especifica la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém Do Pará), dispone en su Artículo 1 relativo a la Definición y Ámbito de Aplicación de la misma textualmente lo siguiente: “Para los efectos de esta Convención debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.
En este sentido en el Artículo 2 de la misma Convención al momento de enumerar las conductas que se pueden considerar como violencia contra la mujer dispone en su literal “b”: “que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar…”.
La Organización Mundial de la Salud (OMS), define la violencia como “el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona, un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daño psicológico, trastorno del desarrollo o privaciones”.
En este marco la Asamblea General de las de las Naciones Unidas, en el año 1993, definió la violencia de género como: “Cualquier acto o intención que origina daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a las mujeres. Incluye las amenazas de dichos actos, la coerción o privación arbitraria de libertad, ya sea en la vida pública o privada”.
Desde esta perspectiva, podemos afirmar que la violencia de género, a diferencia de otros tipos de violencia, se presenta como una agresión a los Derechos Humanos, cuya expresión practica y objetiva es el trato indigno y como cita LORENTE “una conducta que supone una doble acción: la continuidad propia del trato y el ataque a la dignidad como valor superior de la persona, lo cual conlleva que previamente se la ha restado significado a ese derecho fundamental”.
En nuestra legislación dichos Instrumentos Internacionales han sido desarrollados por la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual en su exposición de motivos expresa: “…Con esta Ley se pretende dar cumplimiento al mandato constitucional de garantizar, por parte del Estado, el goce y ejercicio irrenunciable e interdependiente de los derechos humanos de las mujeres, así como su derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad, sin ningún tipo de limitaciones…”
Del análisis que hace este Tribunal con relación a los elementos probatorios recepcionados en el debate oral y privado llevado a cabo, luego de culminar con la recepción de todas pruebas, de conformidad a lo previsto en el Artículo 80 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida de Violencia y de los Artículos 22, 181 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal, y teniendo como norte el Articulo 13 ejusdem, por remisión expresa del Articulo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida de Violencia y luego de razonar lo dado por acreditado para el Tribunal, a través de la recepción de las pruebas ofertadas por las partes, tal y como lo expresa el Doctrinario Tulio Chiossone, en su Manual de Derecho Procesal Penal, citado por el Autor Juvenal Salcedo Cárdenas en su texto Los Indicios Son Pruebas, el cual dice: “…en el derecho venezolano el indicio es siempre un hecho, y la presunción un proceso mental que tiene como punto de partida el hecho indiciario; Estas presunciones son de las denominadas hominis, porque son deducidas por medio de un razonamiento del Juez, en oposición a las presunciones legales que son las establecidas por el legislador y son de juris et de jure, por lo general (…) la presunción es la conclusión a la que se llega después que se ha hecho el razonamiento lógico-critico, habiendo partido de un hecho conocido, debidamente probado (lo sabido, el hecho indicador) y por inducción-deducción, aplicando las reglas de la experiencia, de los conocimientos científicos y de la lógica , se ha estructurado en un indicio y se llega a un hecho desconocido (por saber, desconocido); Se parte del hecho indicador probado, se llega al indicio y se concluye presumiendo (presunción) que se cometió un hecho punible, y, o, y quien fue el autor…”, en atención a lo antes explanado el Tribunal estima que quedó comprobado lo siguiente:
En el presente juicio el delito que se pretendió atribuirle al acusado es el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA CONSUMADO (CON PENETRACIÓN VAGINAL), AMENAZA y ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CONSUMADO (CON PENETRACIÓN VAGINAL), en perjuicio de las ciudadanas (SE OMITE IDENTIDAD).
Ante los hechos que quedaron comprobados, y del análisis que hace este Juzgado Especializado en Funciones de Juicio, con relación a los elementos recabados en el debate Oral y Privado llevado a cabo y actuando de conformidad a las reglas de los Artículos 181 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal (vigente), y teniendo como norte el Articulo 13 ejusdem, quedó acreditado la participación activa del acusado BENITO ORTIZ FONSECA, de la siguiente forma: ABUSO SEXUAL A NIÑA CONSUMADO (CON PENETRACIÓN VAGINAL), AMENAZA y ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CONSUMADO (CON PENETRACIÓN VAGINAL), en perjuicio de las ciudadanas (SE OMITE IDENTIDAD).
Por lo que al ser valorados los anteriores Testimonios a los cuales el Tribunal les da total valor probatorio, ya que acreditan la preexistencia de los hechos denunciados y las circunstancias señaladas por las victimas. Una vez que se han valorado las Testimoniales, las documentales y habiendo quedado acreditado que la conducta ejecutada por el Acusado Benito Ortiz , guarda necesariamente una relación de causalidad entre la conducta positiva del agente y el resultado típicamente antijurídico, por lo que nos encontramos ante la comisión de un hecho punible que cuya conducta se subsume dentro del tipo ABUSO SEXUAL A NIÑA Y ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE Y AMENAZA, que a continuación se definirá:
ABUSO SEXUAL:
Artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Abuso Sexual a Niños. Quien realice actos sexuales con un niño o participe en ellos, será penado con prisión de uno a tres años.
Si el acto sexual implica penetración genital, anal u oral, la prisión será de QUINCE a VEINTE años.
Si el culpable ejerce sobre la víctima autoridad, guarda o vigilancia, la pena se aumentará en una cuarta parte.
Artículo 260 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Abuso Sexual a Adolescentes. Quien realice actos sexuales con adolescente, contra su consentimiento, o participe en ellos, será penado conforme el Artículo anterior.
Agravante genérica contenida en el Artículo 217 ejusdem: Constituye circunstancia agravante de todo hecho punible, a los efectos del cálculo de la pena, que la víctima sea niño, niña o adolescente.
Podemos concluir entonces que lo reprochable de la conducta del adulto que mantiene relaciones sexuales con una niña o adolescente, es que con dicho acto se corrompe a la misma, porque aun cuando medie su consentimiento el mismo se encuentra disminuido desde el punto de vista psíquico y de esta manera lo entendió el legislador y lo ha destacado pacifica y reiterada la Jurisprudencia de nuestro máximo Tribunal de Justicia.
Ahora bien, el bien jurídico protegido en el delito de abuso sexual, como se indico ut supra no es solo la Libertad Sexual de la niña, por tener un consentimiento disminuido, sino que por otra parte atenta contra Las Buenas Costumbres y el Buen Orden de las Familias, y aunque parezca que no se encuentra adaptado a nuestra realidad social, no podemos obviar que la Institución de la Familia es la célula fundamental de nuestra sociedad, y de esta forma hemos pactado los ciudadanos convivir al considerar nuestra carta magna en su articulo 75 a la familia como la asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las persona, asumiendo el Estado el compromiso de proteger dicha Institución.
Permitir que un adulto sostenga relaciones sexuales con una niña, contravendría nuestras propias costumbres y de esta forma se fomenta el incremento del auge delictivo y el deterioro de nuestra sociedad, ya que aumentará el número de embarazos precoces, el desmembramiento de las familias, ya que una niña aun no ha alcanzado su capacidad plena, sino que por el contrario como lo señaláramos ut supra, se encuentra durante una etapa en la que atraviesa por una crisis de identidad, y ante esta situación el legislador impone a los operadores de justicia, encontrándonos en condición de garantes de legalidad y de justicia dentro de un Estado Social de Derecho sancionar estas conductas por resultar reprochables e inaceptables.
Es importante indicar que con delitos de esta naturaleza se lesionan los derechos a la Integridad Personal, que comprende integridad física, síquica y moral, el derecho a una salud sexual y reproductiva, el derecho a ser informado y educados, de acuerdo a su desarrollo, en salud sexual y reproductiva para una conducta sexual y una maternidad y paternidad responsable, sana, voluntaria y sin riesgos, así como el derecho al Honor, Reputación, Propia Imagen, Vida Privada e Intimidad Familiar.
En el caso que nos ocupa la conducta desplegada por el acusado consistió en aprovecharse de la situación de vulnerabilidad de las victimas quienes se encontraban en un estado de indefensión ya que el mismo padre las ponía en sus manos, y bajo circunstancias religiosas y esotéricas engañarlas darles a beber algún tipo de “toma alucinógena o adormecedora” para desnudarlas besarles sus partes intimas para sostener el acto sexual con amenazas y no deseado, con la sola intención de satisfacer su apetito sexual, valiéndose para ello de su fuerza masculina, así como también de la amenaza a cual las sometió, además de taparles el rostro con un trapo, y que en medio del sufrimiento ocasionado a las victimas …………………………. en ningún momento desistió del acto, produciendo de esta forma el aberrado acto sexual, y lo que con el testimonio de las victimas queda sustentado por haberlo expresado en reiteradas oportunidades sin contradicciones ni variables, quienes debido al factor sorpresa no contaron con las herramientas para afrontarlo de manera adecuada, lesionando igualmente a su grupo familiar donde el era visto como un padre para el sr Orlando Granadillo, circunstancias estas que han sido tomadas en consideración por este Juzgador para aplicar criterios de proporcionalidad en relación a la magnitud del daño causado.
Lo que permite concluir a este Juzgador que existe la comisión de un hecho punible como lo son los delitos de: ABUSO SEXUAL A NIÑA CONSUMADO (CON PENETRACIÓN VAGINAL), AMENAZA y ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CONSUMADO (CON PENETRACIÓN VAGINAL), los cuales fueron ocasionados por el acusado BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA.
Por lo que en consecuencia no habiendo la Defensa presentado una tesis veraz durante el Debate Oral y Público, y que las pruebas recepcionadas fueron concluyentes y determinantes y que la versión del Ministerio Publico, logro desvirtuar la presunción de inocencia del Acusado BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA , por cuanto de manera fehaciente, coherente y certera a través de las Testimoniales de las víctimas (SE OMITE IDENTIDAD), la testigo ciudadana ERAINA HERNANDEZ, el testigo ciudadano (SE OMITE IDENTIDAD), el testigo (SE OMITE IDENTIDAD) los funcionarios AUDIO ACOSTA Y MENDEZ ALBIN, Oficiales adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Municipio Mara del Estado Zulia, la de las Médicos forenses GERALDINE MAYELA BEUSES BRICEÑO, PSICOLOGA EXPERTA ADSCRITA AL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS FORENSES DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS SUB-DELEGACION MARACAIBO, y del Médico forense Dra. MARIA DI PAOLA CARRILLO, MEDICO Experta adscrita al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica del Estado Zulia y de las Documentales incorporados al debate y tal y como lo establece el Código Orgánico Procesal Penal, produjeron la convicción a este Tribunal de la autoría del Acusado BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA, de la comisión de los delitos de: ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en los artículos 259, en su primer aparte, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y el delito de AMENAZA, establecido en el artículo 41 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; cometido en perjuicio de la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD); y por el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el artículo 259 en su primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y el delito de AMENAZA, establecido en el artículo 41 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; cometido en perjuicio de para aquel entonces la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD).
PENALIDAD
Habiendo quedado demostrada la responsabilidad penal del ciudadano BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA cometido en agravio de la victima (SE OMITE IDENTIDAD) de NUEVE (09) años de edad para el momento de la denuncia este Tribunal pasa a realizar el cómputo de la pena aplicable en el presente caso:
El delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA (vía vaginal) de conformidad con el articulo 259 primer aparte de la Ley Orgánica Para La Protección De Niños Y Adolescente, prevé una pena corporal de QUINCE (15) a VEINTE (20) AÑOS de prisión, siendo el termino medio de DIECISIETE (17) AÑOS CON SEIS (6) meses de prisión, conforme a lo dispuesto en el artículo 37 del Código Penal Vigente, sin embargo, al haber ocasionado los hechos un daño considerable a la víctima y a su grupo familiar, lo cual quedo evidenciado tanto de las declaraciones de los mismos, como lo declarado por los expertos y experticias incorporadas al juicio, se estima que atendiendo al principio de proporcionalidad de las penas, y lo previsto en el agravante genérica contenida en el Articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, la pena debe aplicarse en su limite máximo, es decir, VEINTE (20) AÑOS DE PRISION. Así mismo en virtud de tratarse de dos victimas, en este caso se aplica el contenido del artículo 99 del Código Penal, aumentándose la mitad de la pena, siendo de diez (10) años. Por ABUSO SEXUAL A adolescente (vía vaginal) de conformidad con el articulo 259 primer aparte de la Ley Orgánica Para La Protección De Niños Y Adolescente, prevé una pena corporal de QUINCE (15) a VEINTE (20) AÑOS de prisión, en la humanidad de (SE OMITE IDENTIDAD) de 12 años de edad. En cuanto al delito de Amenaza, previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, considera quien suscribe que el mismo se subsume dentro del calificativo del Abuso Sexual ya que dichas acciones se cometieron de forma reiterada con la función de cometer el acto sexual con penetración, es decir, se agregaría la mitad de la segunda pena es decir 10 años entonces tendríamos la pena aplicable de TREINTA (30) AÑOS que se considera en definitiva que es la pena a imponer en la presente causa, y las accesorias contenidas en el artículo las accesorias de ley contenidas en el artículo 16 del Código Penal, consistentes en inhabilitación política; y sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que está termine, la cual se cumplirá ante la primera autoridad civil del municipio donde reside.
El principio de proporcionalidad se aplica a los fines de imponer la pena en su limite máximo, atendiendo a principios elementales de justicia, y con fundamento en el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al ser por definición un estado democrático social de derecho y de justicia, siendo justo que la aplicación de las penas sea proporcional a la magnitud del daño causado, siendo como ha sido un principio clásico del derecho penal, consagrado universalmente desde el siglo XVIII, y formando parte de la mayoría de la constituciones del mundo como parte de la equidad y la justicia, y sobre el cual César Beccaria (1764) en el texto “De los Delitos y de las Penas”, ya señalaba la necesidad de la exacta distribución de las penas, teniendo éstas que estar proporcionadas de acuerdo al daño social que el delito haya ocasionado.
Sobre este principio Montesquieu, también en su obra “Del espíritu de las leyes”, se refiere a la necesidad de la proporcionalidad que debe existir entre el daño ocasionado por el delito y la pena que ha de aplicar el Estado: “la libertad es favorecida por la naturaleza de las penas y su proporción”.
Pero el antecedente más remoto y que ha servido de inspiración a todos los ordenamientos jurídicos es el clásico aforismo latino, de cómo ULPIANO define la justicia “Justicia est constans et perpetua voluntas jus suum cuique tribuendi”.
En nuestra legislación penal, el principio de la proporcionalidad rige en las disposiciones referentes a los títulos: III de la aplicación de las penas; IV de la conversión y conmutación de penas; V de la responsabilidad penal y la circunstancias que la extinguen, atenúan y agravan; así mismo en la parte especial en relación a las penas aplicables a ciertos delitos, y es teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto que este Juzgador estima que la pena aplicable tomando en consideración el profundo daño ocasionado a las víctimas es que se impone la pena en su limite máximo. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos ante expuestos, Este Juzgado Segundo Especializado en Funciones de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en Audiencia Oral y Reservada efectuada el día de hoy, dando cumplimiento a los principios rectores y de las garantías previstas en el Código Orgánico Procesal Penal para la realización de un Juicio Previo y un Debido Proceso, así como también observando las formalidades de Ley, previstas para la realización de este acto y en aras de lograr la finalidad del proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Adjetiva Penal; apreciando los alegatos y las pruebas incorporadas válidamente en el Juicio Oral y Privado por las partes, según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 83 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y analizadas las probanzas presentadas ante este Tribunal en forma Unipersonal, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: CONDENA al ciudadano BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA,……………….. por la comisión de los delitos de: ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en los artículos 259, en su primer aparte, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y el delito de AMENAZA, establecido en el artículo 41 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; cometido en perjuicio de la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD), y por el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el artículo 259 e su primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y el delito de AMENAZA, establecido en el artículo 41 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; cometido en perjuicio de la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD), a cumplir la pena de TREINTA AÑOS (30) AÑOS de Prisión, luego de la aplicación del articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en su termino superior en virtud de la agravante y de haber subsumido el art. 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia dentro del referido art. 259, la cual quedaría en VEINTE (20) AÑOS DE PRISION, más la incorporación del concurso real de delitos en la segunda victima, con el aumento de la pena de la mitad del tiempo correspondiente a la pena del otro, es decir DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, quedando la pena a cumplir en TREINTA (30) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 69 ordinales 2° y 3° de la ley especial de género en concordancia con el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: Se ACUERDA la medida de PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD en contra del ciudadano BENITO FELIMON ORTIZ FONSECA, ………………... TERCERO: Se CONFIRMAN las medidas de protección y seguridad establecida en los ordinales: 5°, 6° y 13° del artículo 90 de la Ley especial de Género, referidas a: ORDINAL 5°: Prohibición para el presunto agresor de acercarse a la víctima, en su lugar de trabajo, de estudio y residencia. ORDINAL 6.-Prohibición para el presunto agresor, de realizar por si mismo o por terceras personas, actos de persecución, intimidación o acoso en contra de la víctima de autos o algún integrante de su familia y, ORDINAL 13° No cometer nuevos hechos de violencia. CUARTO: Se DESIGNA como centro de Reclusión del Penado el CENTRO DE ARRESTOS Y DETENCIONES PREVENTIVAS DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO (RETEN DE CABIMAS); comisionándose para el traslado del acusado de autos has el referido Centro de Arrestos al Instituto de Policía del Municipio San Francisco, ordenándose su posterior traslado una vez que se verifique que centro penitenciario puede ingresar al referido acusado, para lo cual se libraran las respectivos oficios, así como los exámenes médicos exigidos para su ingreso. QUINTO: Se EXONERA a las partes del pago de las costas procesales a tenor de lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que establece la garantía de la gratuidad de la Justicia por parte del Estado. SEXTO: Se ACUERDA que una vez vencido el lapso legal que establece el artículo 110 de la Ley especial de Género se remitirá la causa al departamento de alguacilazgo a los fines de que sea distribuida al Tribunal de Ejecución que el corresponda conocer. Es todo. Terminó, se leyó y conformen firman.
EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
ABG. GUILLERMO JOSÉ INFANTE LUGO
LA SECRETARIA
ABG ANGELINE VILLALOBOS LEON
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