REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca: 20 de Julio del 2015
Años: 205° y 156°
EXP: 1.623-2015
PARTE DEMANDANTE: MARITZA JOSEFINA GONZALEZ DE GUEDEZ
PARTE DEMANDADA: JUAN RAMON GUEDEZ
ABOGADA ASISTENTE: DEDSI LISCANO
ASUNTO: DIVORCIO 185-A
Visto el escrito presentado por los ciudadanos MARITZA JOSEFINA GONZALEZ DE GUEDEZ y JUAN RAMON GUEDEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-11.430.046 y V-9.619.466, respectivamente, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio Dedsi Liscano, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 208.047, donde manifiestan que se han reconciliado, retomando su vida en común; este Tribunal homologa el desistimiento planteado conforme lo previsto a los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se da por terminado el presente asunto y se acuerda el archivo del mismo. Cúmplase.-
El Juez:
Abg. Luís Rafael Alejos Pineda.-
El Secretario:
Abg. Richard Alexander Valera Q.
LRAP/bm