REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción, quince (15) de julio de dos mil quince (2015).
205º y 156º
ASUNTO: OP02-L-2015-000070
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 07 de julio de 2015, y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda por el Abogado STEFANO DAZZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.739, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, en consecuencia, se ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2015-000070, constante de setenta y cinco (75) folios útiles, al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZA.
DRA. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA
ESV/icm.-