ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-000711

PARTE ACTORA: CINTHIA PAOLA DELGADO MONTILLA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada Loreney Gotopo y Rodolfo Hayde, Inpreabogados, Inpreabogado N° 198.774 y 30.883 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: COMERCIALIZADORA R.W. NORTE II, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada Olenka Skrzypczak, Inpreabogado N° 60.197.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 20 de Julio de 2015, siendo las 11:01 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los apoderados judiciales abogados Loreney Gotopo y Rodolfo Hayde en representación de la demandante y COMERCIALIZADORA R.W. NORTE II, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada la apoderada judicial abogada Olenka Skrzypczak, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga en este acto la cantidad de veinte mil bolívares (Bs. 20.000,00) en cheque corriente de la cuenta N° 0108-0297-19-0100062522 de Comercializadora R.W Norte I, C.A. en el BBVA Banco Provincial, cheque N° 00002143, a la orden de Cinthia Delgado. Con este pago se dan por satisfechos los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, indemnización por terminación de la relación de trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador, vacaciones fraccionadas 2015, bono vacacional y utilidades. Declara la demandante que nada queda a deber la demandada ni por cestos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo. Se regresa a las partes los escritos de pruebas y los respectivos anexos consignados en la audiencia preliminar.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: