ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001250
PARTE ACTORA: ZOLEMIL FERYENY PAEZ CASTRO
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: LEANY INCIARTE ALMARZA
PARTE DEMANDADA: GYNOPHARM DE VENEZUELA, C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Bernardo Pisani
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,31 de Julio de 2015, siendo las 10:29 AM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ZOLEMIL FERYENY PAEZ CASTRO y GYNOPHARM DE VENEZUELA, C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de Un millón setecientos veintisiete mil ochocientos setenta y nueve Bolívares con setenta y ocho céntimos (Bs. 1.727.879,78) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, a través de cheques girados en contra de la Institución financiera BBVA BANCO PROVINCIALL signados bajo los números: 03951559 y 035951534 de los cuales se dejan copias simple para ser agregados al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes