REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR.
DESPACHO DE MEDIDA Nº 5384
En el día de hoy cuatro (04) de Febrero de 2015, siendo las diez y treinta minutos de la mañana se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa PDVSA, ubicada en Tia Juana del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de DIVORCIO, seguido por la ciudadana JUDITH RAMONA MARTINEZ FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad N° V-9.758.462, en contra del ciudadano MARIO LUIS QUIROZ CORONEL, titular de la cédula de identidad N° V- 7.861.307. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el tribunal al ciudadano JHON COBO, titular de la cedula de identidad N° 16.988.136, en su condición de recepcionista de la sede donde se encuentra constituido el tribunal, quien expone: Cumplo con informarle al tribunal que en esta sede de PDVSA ubicada en Tía Juana del Municipio Simón Bolívar no se están recibiendo notificaciones de medida de embargo sino en la sede PDVSA Patria Grande ubicada en Ciudad Ojeda del municipio Lagunillas del estado Zulia. En estado presente la apoderada judicial de la parte actora, abogada en ejercicio MARISOL ESCOBAR MILANO, inscrita en el inpreabogado bajo el número Nº 31.203, expuso: Vista la información del funcionario de PDVSA, pido a este juzgado se sirva remitir el despacho de medida al juzgado de la causa, por cuanto este tribunal no tiene jurisdicción para ejecutarla en el municipio Lagunillas. Siendo las once y quince minutos de la mañana, se dio por terminado el presente acto. Terminó se leyó y conformes firman.
ABOG. MARIAELVIRA C. REINA HERNANDEZ
JUEZA TITULAR
LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
ABOG. LILIANA DUQUE REYES
SECRETARIA