REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción diez (10) de febrero de dos mil quince (2015).-
204º y 155º
ASUNTO Nº OP02-L-2012-000121
Visto que se declaró concluida la Audiencia Preliminar en fecha 29 de enero de 2015 y vencido como se encuentra el lapso de cinco (05) días sin que la parte demandada haya consignado escrito de contestación de la demanda, se ordena remitir el presente Asunto Nº OP02-L-2012-000121, constante de cuatro (4) piezas, la No. 1, constante de doscientos cincuenta y cuatro (254) folios útiles; la No. 2, constante de trescientos sesenta y cuatro (364) folios útiles; la No. 3, constante de trescientos veintitrés (323) folios útiles; y, la No. 4, constante de cuatro (4) folios útiles, al Tribunal de Juicio del Trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese Oficio de Remisión. Cúmplase.-

LA JUEZA


Dra. ELIDA SUAREZ VELASQUEZ.



LA SECRETARIA.







ESV/scj.-