ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-002070
PARTE ACTORA: MARISOL VERONICA CAMPOS
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ANDY MUÑOZ BRICEÑO
PARTE DEMANDADA: COMERCIAL AMAYA & FRONTEN, C.A., PEDRO AMAYA y DIANA FROTEN
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: Emidio Rivera
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,19 de Febrero de 2015, siendo las 9:22 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos MARISOL VERONICA CAMPOS, COMERCIAL AMAYA & FRONTEN, C.A., PEDRO AMAYA identificado con la cedula de identidad: V-22.470.139 y DIANA FROTEN identificada con la cedula de identidad numero: 9.744.331 en su carácter de parte actora y co-demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La PARTE demandada ofrece la cantidad de veintidós mil Bolívares (Bs.22.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregados a la ciudadana extrabajadora de la siguiente manera: el día de hoy la cantidad de doce mil Bolívares (Bs.12.000,00) en efectivo y la cantidad restante es decir la cantidad de diez mil Bolívares (Bs.10.000,00) para el día lunes 16 de Marzo de 2015 a las 11:00 a.m. por ante el tribunal. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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