REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Lara (Carora)
Carora, 7 de enero de 2015
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL: KP11-P-2015-000011
ASUNTO: KP11-P-2015-000011


Revisado como ha sido el Escrito Fiscal donde solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en contra de PEREZ ALVARADO JUAN DANIEL C.I 20.500.235, por la comisión del delito de PERTURBACION DE LA TRANQUILIDAD PUBLICA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 numeral 4.

En el referido escrito, señala las circunstancias de modo, tiempo y lugar de cómo ocurrieron los hechos y que del resultado de la investigación observa que lo ajustado a derecho es la solicitud de Sobreseimiento, por cuanto no existen elementos de convicción que haga presumir que el investigado PEREZ ALVARADO JUAN DANIEL C.I 20.500.235, haya cometido el hecho o participado en el mismo, tampoco existe posibilidad razonable de agregar nuevos datos ala investigación que les permita solicitar enjuiciamiento fundado, razón por lo que solicita el Sobreseimiento denla Causa.

Este Tribunal al analizar el contenido de las actas, considera que no se determinó la participación del Investigado PEREZ ALVARADO JUAN DANIEL C.I 20.500.235, siendo imposible incorporar nuevos elementos a la investigación para determinar la responsabilidad, coincidiendo de esta forma con el Ministerio Público.



DECISION

Por los elementos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Nº 11, de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en contra de PEREZ ALVARADO JUAN DANIEL C.I 20.500.235, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300.4 del COPP, y ordena el archivo del presente expediente, se deja constancia que en la presente causa no se realizo audiencia, por considerar que el motivo del sobreseimiento se encuentra comprobado en las actas. Se ordena el Archivo del expediente. Notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.

EL JUEZ DE CONTROL Nº 11

ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
LA SECRETARIA