REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS
Cabimas, 29 de Enero de 2015.
204° y 155°

Asunto: VP21-L-2014-000684.

Parte Actora: ENRIQUE JOSÉ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.995.212 domiciliado en el Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia.

Apoderados Judiciales de
La Parte Actora: ANDREINA QUINTERO DUQUE, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 124.160.


Parte Demandada: IRANIAN INTERNATIONAL HOUSING COMPANY, CA, domiciliada en el Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia.

Apoderados Judiciales
de la Parte Demandada: JUAN ALVARADO, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 139.444.



Motivo: ENFERMEDAD PROFESIONAL Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, veintinueve (29) de enero de dos mil quince (2.015), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a dicha audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,