REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, Veintitrés (23 ) de Enero de Dos Mil Quince (2015)
204º y 155º
ASUNTO: VP21-L-2014-000291
Partes Actoras: JOSE DANIEL PRIETO MARIN, JOEL JOSE RODRIGUEZ OLIVAR y ENDER JOSE VILORIA PORTILLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro V-13.978.593 , V-10.207.836 y V-24.142.578 domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.-
Abogados Asistentes
De la parte actora.-
JUAN ALVARADO, JOSE MELEAN Y JOSE VASQUEZ , Abogados en ejercicio, procuradoras de trabajadores , inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 139444, 85327 Y 169895
Parte Demandada:
PG CONSTRUCCIONES ,C.A., domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.-
Abogado Apoderado
De la parte Demandada
CESAR EIZAGA, TOMAS FERMIN, USMAEL FERMIN , NICASO FERMIN Y MARYEL MEDINA Abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 110056 , 107092, 63981, 6729 y 145637
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros conceptos Laborales.
Hoy, Veintitrés (23 ) de Enero de Dos Mil Quince (2015)siendo las 10:30 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la PROLONGACION de la Audiencia Preliminar, comparece el abogado en ejercicio TOMAS FERMIN, en su carácter de Apoderado Judicial de LA EMPRESA DEMANDADA PG CONSTRUCCIONES, C.A ,lo cual consta en actas, no compareciendo ninguna de las parte actoras Ciudadanos JOSE DANIEL PRIETO MARIN, ni JOEL JOSE RODRIGUEZ OLIVAR , ni ENDER JOSE VILORIA PORTILLO, ni por si ni por intermedio de apoderado alguno, por lo cual se le concedió un lapso de 15 minutos de espera: transcurrido los cuales se hizo el anuncio de ley compareciendo solamente el abogado en ejercicio TOMAS FERMIN, en su carácter de Apoderado Judicial de LA EMPRESA DEMANDADA PG CONSTRUCCIONES, C.A ,lo cual consta en actas, no compareciendo ninguna de las parte actoras Ciudadanos JOSE DANIEL PRIETO MARIN, JOEL JOSE RODRIGUEZ OLIVAR , ENDER JOSE VILORIA PORTILLO, ni por si ni por intermedio de apoderado alguno. Seguidamente se da inicio a la Audiencia pautada para el día de hoy, se constituye este Tribunal bajo la dirección del Ciudadano Juez JAIRO SILVA RUIZ, quien declaró abierto éste acto , y constató la incomparecencia de las partes demandantes Ciudadanos JOSE DANIEL PRIETO MARIN, JOEL JOSE RODRIGUEZ OLIVAR ,ENDER JOSE VILORIA PORTILLO, ni por si , ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que por medio de la presente acta y de conformidad con lo previsto en el 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,