ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001889
PARTE ACTORA: ESNEIRA DE LOURDES ALVARADO VALBUENA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Joana Carruyo
PARTE DEMANDADA: REENCACUCHADORA JBM C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Alfonso Hernández
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,9 de Diciembre de 2015, siendo las 12:03 PM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen ESNEIRA DE LOURDES ALVARADO VALBUENA y la REENCACUCHADORA JBM C.A en su carácter de parte demandada y actora respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de trescientos mil Bolívares (Bs.300.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados a la ciudadana extrabajadora en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera BANCO SOFITASA signado bajo el numero: 63452048 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes