REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción, cuatro (04) de agosto de dos mil quince (2015).-
205º y 156º
ASUNTO: OP02-L-2015-000145
Visto que concluida la prolongación de la audiencia preliminar en fecha 23 de julio de 2015, y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda por la representación Judicial de las partes demandadas, en consecuencia, se ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2015-000145, al Tribunal de Juicio competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio respectivo. Cúmplase.-
LA JUEZA
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.
LA SECRETARIA.
GMC/jmf.-