JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. La Asunción, diez (10) de agosto de dos mil quince (2015).
205° y 156°
Visto el oficio N° 26112-15 de fecha 27-07-2015, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, mediante el cual remite copia certificada de la homologación impartida en fecha 18-06-2015, en el expediente N° 11.338-12 (nomenclatura de ese Tribunal), contentivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN) sigue BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A. contra JORGE KAMISO WOAQUIL, al acuerdo celebrado entre las partes en fecha 16-06-2015, a través del cual -entre otras cosas- en el particular Quinto el demandado desiste de todos los recursos de apelación que hubiere interpuesto en el presente proceso, siendo expresamente aceptado por la parte actora, solicitando se oficie a este Juzgado Superior a fin de que sean recabados dichos recursos, específicamente los expedientes 8330 y 8337; este Tribunal Accidental, por cuando la causa principal fue homologada tal como consta de las copias certificadas recibidas, en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al tribunal de la causa, a los fines legales consiguientes. Asimismo, por cuanto de las actas procesales se desprende que existe duplicidad de foliatura en los folios 09 al 16, 25 al 29, 40 al 95, 112, 116, y 157 al 165 de la primera pieza, y en los folios 01 al 10 del cuaderno de copias certificadas; se ordena testar o anular las mismas; en consecuencia en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, se deja constancia de los folios enmendados y testados. Líbrese Oficio.
El Juez Superior Accidental,
Abg. Roberto Calvarese Wagenknecht
La Secretaria,
Abg. Cecilia Fagundez Paolino
Exp. Nº 08337/12
RCW/CFP/iss.
En esta misma fecha (10-08-2015), se dio cumplimiento al auto que antecede, se remitió el expediente Nº 08337/12, constante de de dos (2) piezas, la primera con ciento sesenta y ocho (168) folios útiles y cuaderno de copias certificadas con doce (12) folios útiles, con oficio Nº . Conste,
La Secretaria,
Abg. Cecilia Fagundez Paulino
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