REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 14 de Agosto de 2015.-
205° y 156°

Vista la diligencia de fecha 13-08-2015, suscrita por el abogado Luís Gabriel Romero, identificado en autos, mediante la cual solicita se decrete medida de prohibición de enajenar y gravar, sobre el cincuenta por ciento (50%) de los deberes y derechos de un inmueble constituido por una casa propiedad de la parte intimada, y consecuencialmente, se deje sin efecto la medida de embargo preventivo decretada en el presente procedimiento; para lo que habilita los días y las horas necesaria para proveer la referida solicitud; este Tribunal acuerda en conformidad con lo solicitado, en consecuencia, ordena revocar la Medida Preventiva de Embargo, decretada en fecha 20-01-2015, y, ordena librar oficio al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a fin de que remita el despacho de embargo enviado a ese Juzgado mediante oficio Nº 0970-15.211, de fecha 20-01-2015, en el estado en que se encuentre.
Ahora bien, se le advierte a la parte solicitante que sobre la medida de prohibición de enajenar y gravar, este Juzgado, proveerá, una vez conste en auto, las resultas del despacho de embargo solicitado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de esta Circunscripción Judicial. Líbrese oficio.Cúmplase.-
LA JUEZA TEMPORAL,


Abg. ADELNNYS VALERA CARRILLO
LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abg. OSMARY LÓPEZ M.
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.- Conste
LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abg. OSMARY LÓPEZ M.
Expediente Nº 25.007.
AVC/FVV/oclm.