REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO
Maturín, 03 de agosto de 2015
205º y 156º

ASUNTO: NP11-G-2015-000051

Vista la demanda de CONTENIDO PATRIMONIAL, interpuesta por los ciudadanos Asdrúbal José Acevedo, Carlos José Moya Granado, Oneida Mercedes Gómez, Julián Hostia Hernández, Joanna Guevara Rodríguez, Gladys Josefina Espinoza, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-12.653.101, V-15.787.211, V-14.967.655, V-25.737.194, V-18.267.205 y V-10.838.035, respectivamente, asistidos por los abogados Jenny Gallardo, Besaida Pérez y José Campos, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nrls 174.000, 166.457 y 147.815, respectivamente, contra las ciudadanas LISBETH JOSEFINA ANIBAL y ROSA FRANCO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.156.507 y V-10.833.874, respectivamente, quienes pertenecían al Consejo Comunal Constituyente III como voceras de la Unidad Administrativa y Financiera y Comunitaria y Comité de Vivienda y Hábitat, respectivamente; este Tribunal se declara competente para conocer de la presente demanda de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad prevista en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva, se ADMITE la referida demanda cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 ejusdem.

En consecuencia, se ordena citar a las ciudadanas LISBETH JOSEFINA ANIBAL y ROSA FRANCO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.156.507 y V-10.833.874, respectivamente, así como notificar al Coordinador de Misión Ribas en el estado Monagas, Presidente de Fundacomunal - Monagas, Presidente (a) del Servicio Autónomo Fondo Nacional del Poder Popular (SAFONAPP), Presidente (a) de FONDEMI, Defensor (a) del Pueblo en el estado Monagas, Fiscal en materia Contencioso Administrativo del estado Monagas, Ministro (a) del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales, Procurador General de la República, este ultimo de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para que una vez que conste en autos las citaciones y notificaciones debidamente practicadas se proceda a fijar por auto separado la fecha y hora para que tenga lugar la audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el articulo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.


Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en el estado Delta Amacuro, en Maturín, a los tres (03) días del mes de agosto de dos mil quince (2015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Jueza,

MARVELYS SEVILLA SILVA
El Secretario Temporal,

CESAR MILLAN PRADO

En la misma fecha, siendo las tres y veinte de la tarde (3:20 p.m.), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se ordenó su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
El Secretario Temporal,

CESAR MILLAN PRADO


MSS/CMP/rl.-