ACTA DE TRANSACCIÓN
EXPEDIENTE N° VP01-L-2013-001469
PARTE ACTORA: JESUS ALBERTO GARCIA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ALFREDO GARCIA ROJAS
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA VISER, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ADOLFO ROMERO y JESUS TUDARES
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, Martes 11 de Agosto de 2015, siendo las 2:00 p.M., comparecieron por ante este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, el ciudadano JESUS ALBERTO GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-10.440.180, parte actora en el presente procedimiento, su apoderada judicial, abogada, GLENNYS URDANETA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 98.646; el ciudadano OSCAR RIOS, titular de la cédula de identidad N° V-3.584.065, en su carácter de Presidente de la demandada CONSTRUCTORA VISER, C.A., sus apoderados judiciales abogados, ADOLFO DE LA TRINIDAD ROMERO y JESUS ENRIQUE TUDARES RIOS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 34.131 y 40.786, respectivamente. Seguidamente se da inicio a la audiencia, y luego de deliberar ambas partes con la Jueza sobre la pretensión del actor, voluntariamente y libres de apremio, con el objeto de dar fin al presente proceso judicial, vista que la Mediación de la Jueza, fue positiva alcanzando un acuerdo, han decido celebrar una Transacción Judicial, de conformidad con los extremos del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en los términos que de seguidas se exponen: PRIMERO La parte demandada, ofrece como pago total de los derechos reclamados en el libelo de la demanda, la cantidad de SETENTA Y DOS MIL BOLIVARES EXACTOS ( Bs. 72.000,00); cantidad ésta que propone pagar de la siguiente manera: (i) La cantidad de CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 52.500,00) mediante cheque de gerencia a la orden del accionante, que se compromete a cancelar el día hábil viernes 21 de agosto de 2015, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial; más la cantidad de SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 7.620,37), que tiene consignada a su favor el ciudadano JESUS ALBERTO GARCIA, en el procedimiento de oferta real de pago contenido en el expediente N° VP01-S-2015-000189, en el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial; y la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 12.000,00) el día hábil viernes 21 de agosto de 2015, a la orden de la abogada GLENNYS URDANETA..- SEGUNDO: La parte actora con la debida asistencia jurídica de su apoderada judicial, declara que acepta como pago de los derechos laborales reclamados en la demanda la cantidad ofrecida por la parte demandada de SETENTA Y DOS MIL BOLIVARES EXACTOS ( Bs. 72.000,00) y la forma de pago planteada. TERCERA: Ambas partes solicitan al Tribunal se sirva impartirle su Homologación a la presente Transacción y ordene el cierre definitivo del expediente. Seguidamente el Tribunal con vista a los términos manifestados y consignados de la Transacción celebrada por las partes, por cuanto los mismos no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, le imparte su Homologación, dándole efectos de cosa juzgada; en consecuencia por terminado el procedimiento, y ordena el cierre informático y archivo del expediente. Y así se decide.
Se deja expresa constancia que se hizo entrega a las partes de los medios probatorios promovidos en la oportunidad legal pertinente.-
Es todo, termino, se leyó y conformes firman,
LA JUEZA,

ABG. JHACNINI TORRES CHIRINOS

LA PARTE ACTORA
Y SU APODERADA JUDICIAL




EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.


EL SECRETARIO
ABG. CARLOS VALERA