REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 17 de abril de 2015
204° y 156°
Recibida la anterior solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, presentada por la ciudadana ALEXANDRA KARINA DUARTE ATENCIO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-15.939.431, domiciliada en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia. Désele entrada. Numérese. En consecuencia, este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho, en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2009-0006 de fecha 18/03/2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, se tramitará por este Organo Jurisdiccional. Ahora bien, solicita la ciudadana ALEXANDRA KARINA DUARTE ATENCIO, antes identificada, que le sean declarados los derechos que tiene en común ella, su madre y su hermano, ciudadanos GLORIA DE JESUS ATENCIO VERA y GENRY ALEXANDER DUARTE ATENCIO, venezolanos, mayores de edad y de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nos: V-3467.603 y V-13.879.384, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante GENRY ALEX DUGARTE SARCOS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.929.730 y de este domicilio, fallecido en fecha 21 de julio del 2014, en Jurisdicción de la Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Simón Bolivar, Estado Zulia. La solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Acta de defunción del causante, GENRY ALEX DUGARTE SARCOS, signada con el No.03, año 2014, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia General Rafael Urdaneta, Municipio Simón Bolivar, Estado Zulia, en fecha 31 de julio de 2014. 2) Acta de Matrimonio del causante GENRY ALEX DUARTE SARCOS Y GLORIA DE JESUS ATENCIO VERA ; 3) Copias certificadas de las partidas de nacimiento de los hijos GENRY ALEXANDER DUARTE ATENCIO y ALEXANDRA KARINA DUARTE ATENCIO 5) copias de las cédulas de identidad del causante y de los herederos.6) Justificativo de testigos evacuado por ante la Notaría Pública Novena del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 29 de enero de 2015. Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante, este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud y en consecuencia, DECLARA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos del causante GENRY ALEX DUGARTE SARCOS, antes identificado, a los ciudadanos. GLORIA DE JESUS ATENCIO VERA, ALEXANDRA KARINA DUARTE ATENCIO y GENRY ALEXANDER DUARTE ATENCIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-3.467.603, V-13.879.384 Y V-15.939431. ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales a la solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que repose en el archivo del Tribunal. Se ordena expedir por Secretaría tres (3) juegos de copias certificadas solicitadas. Expídanse.
LA JUEZA TITULAR
XIOMARA REYES
EL SERETARIO ACCIDENTAL
BORIS JEREZ
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