REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR.
Solicitud Nº 0020
En el día de hoy dieciséis (16) de abril de dos mil quince (2015), siendo las once de la mañana (11:00am), se traslado el tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la circunscripción judicial del estado Zulia; y se constituyo acompañado del apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PDVSA Petróleo S.A, abogado Alexis Chirinos, titular de la cedula de identidad Nº 13.210.356, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 114.125, a objeto de practicar la Inspección Judicial solicitado por el apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PDVSA Petróleo S.A, abogado Alexis Chirinos en solicitud Nº 0020 que cursa por ante tribunal. Seguidamente el tribunal una vez constituido en el inmueble ubicado en Campo Verde, Sector Tía Juana, avenida 03, casa Nº 16 en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia; procede a notificar al ciudadano Eduardo José Fernández Serrano; titular de la cedula de identidad Nº 12.079.145, En este estado el tribunal procede a dejar constancia de los particulares mencionados en la solicitud respectiva, los cuales son los siguientes: Primero: Se sirva dejar constancia del lugar donde se encuentra constituido a los fines de realizar la Inspección Judicial: El tribunal se encuentra constituido en el inmueble ubicado en Campo Verde, Sector Tía Juana, avenida 03, casa Nº 16 en el Municipio Autónomo Simón Bolívar del Estado Zulia. Segundo: Se sirva dejar constancia de la identificación de las personas que habitan el bien inmueble y bajo que condiciones o circunstancias se encuentran los ocupantes que están en el bien objeto de lo presente Inspección Judicial. El inmueble se encuentra ocupado por la familia Fernández, identificados de la siguiente manera: Eduardo José Fernández Serrano, titular de la cedula de identidad Nº 12.079.145, Cassandra Vanesa Zambrano Alfonso, titular de la cedula de identidad Nº 15.552.767 y sus hijos menores de edad Fernández Zambrano. En este estado el ciudadano Eduardo Fernández manifiesta que esta ocupando el inmueble en las siguientes condiciones: El inmueble me fue asignada en el año 2005, por mi relación laboral en la empresa PDVSA. Tercero: Se sirva a dejar constancia de conformidad en su apreciación de las condiciones físicas del inmueble objeto de la presente inspección judicial: Se trata de un inmueble de dos (02) plantas, la planta de arriba se esta constituida por tres (03) habitaciones, dos (02) salas sanitarias, sala, comedor y cocina; y en la planta de abajo una (01) habitación de servicio y una (01) sala sanitaria, y en cuanto a sus condiciones físicas se pudo observar que las mismas se encuentran en regulares condiciones de limpieza y mantenimiento; En este estado presente el apoderado judicial de la empresa PDVSA ya identificado, expuso: En relación al particular cuanto no considero suficiente lo expuesto en los particulares anteriores y solicito se de por terminado el presente acto. Siendo las doce y diez minutos de la tarde se da por terminado el presente acto Enmendado “a” “el” en “los” valen tachado “seno” “no” no vale. Termino, se leyó y conformes firman.-
La Jueza Titular
Abg. Mariaelvira Reina Hernández
El apoderado judicial de la empresa PDVSA
El Notificado
La Secretaria
Abg. Liliana Duque Reyes