N° DE ASUNTO NP11-L-2014-000778
PARTE ACTORA: OPSCAR GUERRA PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.396.790 y de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YANITZA SANCHEZ Y OTROS inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro 56.481 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DE MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MILAGROS VERACIERTA Y OTROS inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 125.830 de este domicilio.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 13 de abril de 2015, comparecieron por ante este Tribunal la Abg. YANITZA SANCHEZ, en su carácter de Apoderada Judicial del demandante y la Abg. MILAGROS VERACIERTA en su carácter de Apoderada Judicial de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA, identificados todos en el encabezamiento de la presente acta y a los fines de llegar a un acuerdo en la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, a manera transaccional y en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguiente y la empresa ofrece pagar al ciudadano OSCAR GUERRA PINTO la suma única y definitiva de CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES, (Bs. 130.000), el cuál será consignado por ante la OCC de esta Coordinación del Trabajo el día 13-05-15 En este acto el trabajador y su Apoderado manifiestan que aceptan el monto ofertado y están totalmente satisfecho con la reclamación que se sustanció en la presente causa, señalando que no tiene nada más que reclamar por los conceptos de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos y de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente, una vez que conste, en el expediente dicho pago. Expídase por secretaria las copias solicitadas y acordadas y entréguesele a los peticionarios. Se deja constancia que se entregan las pruebas.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. José L. Adrián Mata
La Apoderada del demandante
La Apoderada de la Alcaldía

La Secretaria(o)


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).