ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-000359
PARTE ACTORA: JOSE GUERRA, RUBEN BARAJAS y JOSE MONTILLA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Adolfo Romero
PARTE DEMANDADA: PROTEBECA, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Fernando Atencio
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,22 de Abril de 2015, siendo las 10:35 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOSE GUERRA, RUBEN BARAJAS, JOSE MONTILLA y PROTEBECA, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de diez mil quinientos Bolívares (Bs. 10.500,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregados en este acto a los ciudadanos extrabajadores, arriba mencionados cada uno, por una cantidad de tres mil quinientos Bolívares; (Bs.3.500.00) a través de cheques girados en contra de la Institución Financiera B.O.D. de los cuales se dejan copias simples para ser agregados al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. La parte demandada consignó instrumento poder en copia simple el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

El Secretario

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes