REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 29 de Septiembre de 2014
204º y 155º Sentencia Nº. 255-2014
Recibido la anterior solicitud de la Unidad de Recepción y distribución de Documentos del Poder Judicial del estado Zulia, Signada con el Nº TM-MO-2065-2014 y en aplicación a la Resolución No. 2009-0006 de fecha 18/03/2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, mediante la cual atribuye a los Juzgados de Municipios el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de Jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia Civil, Mercantil, Familia sin que participen niños y adolescentes, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio y en cualquier otro de semejante naturaleza, se le da entrada y por cuanto la presente no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley, se admite cuanto ha lugar en derecho.- Ocurre el ciudadano MARCELO JESUS SANTANA BRACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nroº V-6.266.133 y de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio y de este domicilio HENDRICK ABRAHAM GARCIA RODRIGUEZ inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 189.962, para solicitar sean declarados a el y a las ciudadanas ANA ANGELA BRACHO DE SANTANA, MARIA ANGELA SANTANA BRACHO y MAGDELIN CHIQUINQUIRA SANTANA BRACHO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de cónyuge e hijos de MARCELO DE JESUS SANTANA BLANCO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-2.156.009 y tenía su domicilio en el Municipio Libertador del Distrito Capital, quien falleció el día veintisiete (27) de Octubre del año 2013. El solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Acta de defunción; 2) Copias de cedulas de identidad 3)Actas de Nacimiento 4) declaración de testigos evacuados por ante el Tribunal Quinto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Maracaibo, Jesus Enrique Lossada Y San Francisco De La Circunscripcion Judicial Del Estado Zulia; por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el articulo 937 del código de Procedimiento Civil, este tribunal declara suficientes los derechos que tienen las ciudadanos MARCELO JESUS SANTANA BRACHO, ANA ANGELA BRACHO DE SANTANA, MARIA ANGELA SANTANA BRACHO y MAGDELIN CHIQUINQUIRA SANTANA BRACHO, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nrosº V-6.266.133, V-3.566.413, V-6.266.134 y V-10.798.109 como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante MARCELO DE JESUS SANTANA BLANCO. ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar solicitud. Expídanse las copias solicitadas. Devuélvanse. Entréguense-
La Juez,
Abog. MARIA IDELMA GUTIERREZ V.
El Secretario,
Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
En la misma fecha se expidieron las copias, se devuelve constante de treinta y cinco (35) folios útiles y se dejo copia certificada para formar solicitud Nº 1348-2014.-
El Secretario,
Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
MIGV/GGU/ia.
|