REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, veintinueve (29) de septiembre de 2014. Años 203º y 155º.- En virtud de que el Abogado Andrés Virla Villalobos, quien suscribe el presente auto, quedó designado con todo el cumplimiento de las formalidades de Ley para el cargo de Juez Temporal de este Tribunal, a partir del día diez (10) de julio de 2014, procede a abocarse al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, vista la anterior diligencia, presentada por la ciudadana LILIA MARGARITA RINCON DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 105.496, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio PEDRO BLANCO, inscrito en el Inpreabogado con el número 14.942, en la cual da cumplimiento a lo requerido por éste Tribunal mediante auto de fecha veinticuatro (24) de marzo de 2014, se admite la presente solicitud cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que la ciudadana LILIA MARGARITA RINCON DE GONZALEZ, solicita se le declaren suficientes los derechos que tienen ella, sus hijos, ciudadanos TERESITA DE JESUS GONZALEZ RINCON, INGRIS DE LA COROMOTO GONZALEZ DE BLANCO, MERLE MARILIN GONZALEZ RINCON y DANIA DE FATIMA GONZALEZ DE EKMEIRO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad números 7.686.479, 4.517.522, 5.067.139 y 7.632.187, respectivamente y de este domicilio, y los ciudadanos ARNALDO JOSE GONZALEZ PEREZ, AARON HERIBERTO GONZALEZ PEREZ y JEAN CARLOS GONZALEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad números 13.361.367, 12.407.928 y 16.740.869 respectivamente y del mismo domicilio, como Únicos y Universales Herederos del causante HERACLIO ANTONIO GONZALEZ TORREALBA, quien era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 1.612.484, y falleciera en fecha primero (1°) de abril de 2013, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Al respecto, la parte solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) copia certificada del acta de defunción del causante y copia simple de su cédula de identidad; 2) copias certificadas de las actas de nacimiento de los hijos del causante, y copias simples de sus cédulas de identidad; 3) copia certificada del acta del matrimonio celebrado entre el causante y la solicitante; 4) Justificativos de Testigos evacuados ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fechas dieciséis (16) de octubre de 2013 y diez (10) de marzo de 2014; en consecuencia, y con fundamento en las referidas documentales, dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo dispone el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos LILIA MARGARITA RINCON DE GONZALEZ, TERESITA DE JESUS GONZALEZ RINCON, INGRIS DE LA COROMOTO GONZALEZ DE BLANCO,
MERLE MARILIN GONZALEZ RINCON, DANIA DE FATIMA GONZALEZ DE EKMEIRO, ARNALDO JOSE GONZALEZ PEREZ, AARON HERIBERTO GONZALEZ PEREZ y JEAN CARLOS GONZALEZ PEREZ, como únicos y universales herederos del causante HERACLIO ANTONIO GONZALEZ TORREALBA, antes identificados. Devuélvanse las presentes actuaciones en original a la parte solicitante y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Asimismo, se ordenan expedir las copias certificadas solicitadas. ASI SE DECIDE.-
EL JUEZ TEMPORAL
ANDRES ALBERTO VIRLA VILLALOBOS
LA SECRETARIA
Abog. VERONICA BRICEÑO MOLERO