REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO
Maturín, Dieciséis (16) de Septiembre de 2014.
204º y 155º

ASUNTO: NP11-G-2014-000144

Visto la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el abogado LIBERACE DANIEL ARTIAGAS OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.453.740, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 130.908, actuando en nombre propio, contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, este Tribunal se declara competente para conocer de la presente querella de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Estatuto de la Función Pública; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad prevista en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva, en atención a lo establecido en el artículo 101 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se ADMITE el referido recurso cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 ejusdem.

En consecuencia, se ordena las notificaciones de los ciudadanos: Director Ejecutivo de la Magistratura y del Procurador General de la República , a los fines de notificarle sobre la admisión del presente recurso contencioso administrativo funcionarial y al último de los nombrados, para que dé contestación dentro de los Quince (15) días de Despacho siguientes de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, vencidos como se encuentren los Quince (15) días hábiles a que se refiere el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, más seis (06) días continuos que se le conceden como término de la distancia, una vez que conste en autos su notificación; igualmente se le solicita al Director Ejecutivo de la Magistratura remita los antecedentes administrativos del ciudadano LIBERACE DANIEL ARTIAGAS OLIVEROS, ampliamente identificada, dentro de los diez (10) días de hábiles siguientes y en caso de no remitir los mismos, podrá ser sancionado por el tribunal con multa entre cincuenta (50) y cien (100) unidades tributarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en concordancia con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Asimismo a los fines de notificar al Director Ejecutivo de la Magistratura y al ciudadano Procurador General de la República, se comisiona amplia y suficientemente al Coordinador del Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio del Área Metropolitana de Caracas.-

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en el estado Delta Amacuro, en Maturín, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre de Dos mil Catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza,


MARVELYS SEVILLA SILVA
La Secretaria Temporal,


NILJOS LOVERA SALAZAR

En la misma fecha, siendo las dos y treinta y tres de la tarde (02:33 pm.), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se ordenó su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
La Secretaria Temporal,


NILJOS LOVERA SALAZAR











MSS/NLS/cm*-
ASUNTO: NP11-G-2014-000144