REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS
Cabimas, 29 de septiembre de 2014.
204° y 155°


Asunto: VP21-L-2014-000465.

Parte Actora: YILDA JOSEFINA MARTÍNEZ DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 10.206.789 domiciliado en el Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia.

Apoderados Judiciales de
La Parte Actora: No se constituyó apoderado judicial alguno.


Parte Demandada: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA.

Apoderados Judiciales
de la Parte Demandada: ANA KHARINA LEON DE BRUNO, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 60.711.



Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, veintinueve (29) de septiembre de dos mil catorce (2.014), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada por medio de su apoderada judicial la abogada en ejercicio ANA KHARINA LEON DE BRUNO, tal como se desprende de documento poder presentado en esta audiencia, el cual se agrega a las actas respectivas, de igual forma se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a dicha audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,