REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Maracaibo, 29 de Octubre de 2014
204° y 155°
Causa No. 7C-S-3040-14 Decisión No.1571-14
Se registró en la presente solicitud de EXHUMACION DE CADAVER, presentada por el ciudadano IRIA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.805.336, este Juzgado para decidir observa:
Ha solicitado la ciudadana IRIA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.805.336, autorización para que se haga efectiva la exhumación del cadáver de la persona que en vida respondiera al nombre de LISANDRO FERNANDEZ, quien se encuentra inhumado en el CEMENTERIO MUNICIPAL FAMILIAR LA GUAJIRA, siendo que la misma requiere con urgencia la exhumación del cadáver del difunto antes identificado para ser trasladado a San José, Municipio Mara, razón por la cual se hace procedente lo solicitado en tal sentido se acuerda LA EXHUMACION para ser INHUMADO dentro de las instalaciones del Cementerio de San José, Municipio Mara. Y ASI SE DECLARA.
Por los fundamentos antes expuesto este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de la practica de exhumación del cadáver que en vida respondiera al nombre LISANDRO FERNANDEZ, quien se encuentra inhumado en el CEMENTERIO MUNICIPAL FAMILIAR LA GUAJIRA. Regístrese. Notifíquese.-
LA JUEZ SEPTIMO DE CONTROL,
DRA. PATRICIA NAVA QUINTERO EL SECRETARIO
ABOG. DIEGO RIERA
En la misma fecha se registro la presente solicitud bajo el No. 1571 -14.
EL SECRETARIO
ABOG. DIEGO RIERA
PNQ/lc
Causa No. 7C-S-3040-14.-
Asunto VP02-P-2014-048598